Cada beneficiario recibirá 1.500 euros

Boadilla del Monte destina tres millones de euros en ayudas a autónomos y pymes

El ayuntamiento de Boadilla del Monte ha puesto en marcha una línea de tres millones de euros para autónomos afectados por la pandemia. Cada beneficiario recibirá 1.500 euros y esta ayuda es compatible con otras subvenciones.

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Boadilla del Monte destina tres millones de euros en ayudas a autónomos y pymes

El ayuntamiento de Boadilla del Monte destinará tres millones de euros en ayudas económicas dirigidas a trabajadores autónomos y pequeños negocios, cuya actividad se haya visto afectada por el Estado de Alarma y los efectos posteriores. Ya sea por cierre temporal o por fuertes descensos en su facturación.

La convocatoria a estas ayudas se abrió el pasado día 1 de septiembre, y finalizará el próximo lunes día 21. La documentación puede presentarse tanto de forma presencial, acudiendo al Registro del Ayuntamiento, con cita previa, como a través de la página web del ayuntamiento de Boadilla del Monte.

Esta línea va dirigida tanto a personas físicas, como a microempresas con hasta cinco trabajadores, cualquiera que sea su forma jurídica, que hayan tenido que cerrar temporalmente sus locales de negocio o que hayan suspendido su actividad económica a raíz de la pandemia.

Desde el ayuntamiento avisaron además, que "únicamente se admitirá una solicitud por negocio o autónomo, independientemente del número de actividades económicas en las que estén dados de alta". Por lo tanto, en caso de darse una duplicidad de solicitudes, el ayuntamiento procederá a la anulación de ambas.

1.500 euros por beneficiario

Los trabajadores por cuenta propia recibirán 1.500 euros mediante un pago único. No obstante, cabe tener en cuenta que la concesión de estas ayudas se realizará hasta agotar los fondos de la línea, dotada con tres millones de euros y que las solicitudes se tramitarán por orden de llegada.

Tal y como recoge el ayuntamiento en su web, se procederá al pago del importe mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por cada solicitante en el certificado bancario. Sin embargo, no podrá realizarse el pago si el beneficiario no se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o bien si es deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Son compatibles con otras ayudas

Las ayudas que facilita para sus autónomos y pymes el ayuntamiento madrileño son compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones o entes públicos o privados, regionales, nacionales e internacionales.

Sin embargo, no lo son en el caso de las ayudas convocadas por el propio Ayuntamiento con motivo del estado de alarma como, por ejemplo, las ayudas para familias afectadas económicamente por el virus. Por tanto, en el caso de resultar beneficiario de dos o más ayudas municipales de este tipo, el autónomo deberá optar por una de ellas, renunciando a las demás.

Por su parte, las ayudas por nacimiento y manutención de menores de tres años y las becas para la adquisición de libros y material escolar, al no responder a la situación excepcional provocada por el Covid-19, sí son compatibles con estas ayudas.

Requisitos de acceso

  • Que la actividad económica se haya iniciado, como mínimo, a fecha 1 de enero de 2019.
  • Que el domicilio fiscal y el centro de trabajo en el que se desarrolla la actividad se encuentren en Boadilla del Monte.
  • Que la actividad económica realizada se haya visto directamente afectada por la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, bien por cierre temporal o por minoración ostensible de la actividad económica desarrollada. 
  • Que el promedio de sus beneficios de los meses de abril y mayo no haya superado los 2.000 euros.
  • Estar dados de alta y al corriente de pago en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente, así como con Hacienda, y no tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento en el momento de la presentación de la solicitud.
  • Los autónomos deben poder acreditar su afiliación desde, al menos, el 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de mayo de 2020, sin solución de continuidad; así como su empadronamiento en el municipio a fecha 1 de enero de 2019.
  • El resto deberán acreditar que estaban legalmente constituidos e inscritos en los registros correspondientes, así como dados de alta en el Régimen de Seguridad Social o Mutualidad que corresponda, en la fecha indicada.
  • En el caso de autónomos o empresas que tengan uno o más trabajadores a su cargo, deberán acreditar el número de personas adscritas. Además, una de las personas (en el caso de empresas con hasta dos trabajadores) y dos personas (en el caso de empresas con hasta cinco trabajadores) de las que se acrediten como personal adscrito, deberán estar empadronadas en Boadilla del Monte a 1 de enero de 2019.
  • No encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y revisadas las mismas, se publicará en la web municipal el listado de beneficiarios propuesto, de solicitudes denegadas y de solicitudes admitidas que, cumpliendo con los requisitos, deban aportar documentación adicional. Después de esta fase, el Ayuntamiento hará público el listado definitivo