La subvención cubrirá parte de la inversión realizada en el último año

Nuevas ayudas para autónomos en Galicia: hasta 30.000 euros para los que abrieron negocios en 2020

La Xunta de Galicia ha publicado una nueva convocatoria con la que pretende cubrir las inversiones de los autónomos y pymes de la región que se crearon desde la pandemia. La cuantía de la subvención partirá de los 3.000 euros y podrá alcanzar los 30.000 euros.
Los autónomos gallegos ya pueden solicitar una nueva línea de ayudas de hasta 30.000 euros
Los autónomos gallegos ya pueden solicitar una nueva línea de ayudas de hasta 30.000 euros
Nuevas ayudas para autónomos en Galicia: hasta 30.000 euros para los que abrieron negocios en 2020

La Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de la Xunta de Galicia ha puesto en marcha la convocatoria de “Xempre Emprendemento”, una nueva línea de ayudas con la que los autónomos beneficiarios pueden recibir una subvención de entre 3.000 y 30.000 euros. Esta iniciativa, que ya ha sido publicada en el Diario Oficial de Galicia, cuenta con un presupuesto total de 2,8 millones. 

Tal y como explicaron desde la Administración regional, “el objetivo principal es apoyar las inversiones realizadas este año por autónomos, pequeñas y medianas empresas y entidades de economía social en equipación y eficiencia energética, entre otros”. Por ello, y hasta el próximo 4 de noviembre, los autónomos y pymes que hayan puesto en marcha su actividad a partir del 1 de enero de 2020, podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica de la Xunta.

La cuantía de la subvención dependerá de la inversión

La cantidad final que podrán recibir los autónomos que resulten beneficiarios dependerá de la intensidad de la inversión que se haya llevado a cabo. La cuantía mínima será de 3.000 euros, que corresponderá a la mínima inversión financiable (fijada en 5.000 euros), y podrá alcanzar los 30.000 euros, en aquellos casos en los que se haya llegado a la inversión máxima financiable (100.000 euros). 

Es decir, si un autónomo ha invertido 100.000 euros durante el periodo fijado -entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de la solicitud-, podrá recibir la cuantía máxima: 30.000 euros. En el caso de haber realizado una inversión de  5.000 euros, percibirá una subvención de 3.000 euros. La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes, en función del rango de inversión: 

  • Inversiones de entre 5.000 y 10.000 euros: la ayuda será del 60% de la inversión
  • Inversiones de entre 10.001 y 30.000 euros: la ayuda será del 50% de la inversión
  • Inversiones de entre 30.001 y 50.000 euros: la ayuda será del 40% de la inversión
  • Inversiones de entre 50.001 y 100.000 euros: la ayuda será del 30% de la inversión

Tal y como explicaron desde la Xunta, se cubrirán inversiones efectuadas en equipación informática, mejoras de la eficiencia energética, adquisición de mobiliario, reforma y/o habilitación de locales, o adquisición de equipos de segunda mano para el negocio, entre otros. Para poder percibir la subvención correspondiente, será imprescindible justificar los gastos mediante factura.

“Los bienes objeto de inversión deberán ser adquiridos en propiedad por la persona beneficiaria, admitiéndose expresamente las reformas de instalaciones en inmuebles alquilados. En caso de adquisición de los bienes mediante fórmulas de pago aplazado, estos deberán pasar a ser de propiedad plena de la persona beneficiaria antes del final del plazo de ejecución del proyecto, debiendo constar en este momento el vencimiento y pago de las cantidades aplazadas”, recoge la convocatoria.

Pueden solicitar las ayudas los negocios creados a partir de enero de 2020

No todos los autónomos de la comunidad autónoma pueden acceder a esta nueva línea de ayudas. En este caso, el objetivo de la Xunta de Galicia es dar liquidez a los negocios que menos tiempo llevan en activo en la región. Por ello, podrán beneficiarse de este programa aquellos trabajadores autónomos y pymes, incluidas las sociedades cooperativas y laborales que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2020 y que a día de hoy permanezcan en activo. 

“Se trata de otorgar liquidez a las iniciativas nacidas a partir de esa fecha, para poder contribuir a mantener su actividad, que ganen competitividad y manteniendo empleos de calidad”, explicaron desde la propia Xunta. En concreto, las subvenciones están destinadas a cubrir todas aquellas inversiones que hayan sido realizadas entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de la solicitud.

Para poder optar a la subvención, los autónomos y pymes deberán cumplir una serie de requisitos: 

  • Tener el domicilio fiscal en Galicia
  • Estar inscritos en los correspondientes registros administrativos de la comunidad autónoma
  • Haber presentado las cuenta anuales del último año en el Registro mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda
  • Haber iniciado su actividad económica en el periodo que transcurre entre el 1 de enero de 2020 y hasta la fecha de presentación de la solicitud
  • Tener capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones
  • No haber sido sancionados mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 4 de noviembre

Aquellos autónomos que cumplan todos los requisitos indispensables para participar en el programa de ayudas, deberán presentar la solicitud antes del próximo 4 de noviembre. Las solicitudes deberán realizarse obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Además de la documentación requerida durante el procedimiento, el autónomo deberá presentar una declaración responsable.

Es importante conocer que, en caso de que el presupuesto asignado no sea suficiente para pagar todas las ayudas solicitadas, “se aplicará como criterio de prioridad la fecha de presentación” y, en el caso de que se produzca coincidencia en la fecha de presentación entre dos o más solicitudes, la orden de prioridad vendrá determinada por la hora. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de un mes desde la presentación de la solicitud, sin que pueda exceder del 30 de diciembre de 2022.

A su vez, las subvenciones están sometidas al régimen de ayudas minimis, por lo que no podrán exceder los límites establecidos según el Reglamento (UE) número 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre. En concreto, la ayuda total de minimis concedidas a una única empresa no puede exceder los 200.000 euros durante tres ejercicios fiscales.