En Castilla y León

Nuevas subvenciones para los autónomos que contraten jóvenes

Aumentar la plantilla puede suponer un reto para muchos autónomos Por eso, la Junta de Castilla y León ha puesto en marcha una serie de planes para facilitar la contratación especialmente dirigida a jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SGJ). Se trata de dos líneas de subvenciones dirigidas a los contratos de formación y aprendizaje. También a los de empleo estable.

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Nuevas subvenciones para los autónomos que contraten jóvenes

196.922. Este es el número de autónomos con los contaba Castilla y León a finales de marzo (según datos de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos -ATA-) y que a partir de ahora y hasta el 15 de octubre pueden solicitar alguna de las dos subvenciones que ha puesto en marcha la comunidad para fomentar el empleo joven. Se trata de dos subvenciones que fueron publicadas en su Boletín oficial el pasado 6 de abril y que buscan, por un lado, ayudar a la contratación y, por otro lado, fomentar el empleo joven en la Comunidad.

Las ayudas están enfocadas a la contratación de jóvenes que tengan más de 16 años y menos de 25 años y que estén dentro del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SGJ) -iniciativa europea que busca facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo- pero en distintas modalidades:  formación y aprendizaje y empleo estable por cuenta ajena.

1.-  Subvención para los autónomos que realicen un contrato indefinido

Los autónomos castellano leoneses que hayan contratado o quieran contratar a un trabajador de forma indefinida podrán beneficiarse de esta ayuda, siempre y cuando la persona contratada sea joven y se encuentre dentro del SGJ.  Los plazos para poder presentar son los siguientes:

  • Los autónomos que hayan contratado entre el 1 de octubre de 2017 y el 6 de abril -fecha en la que se publicó el Boletín que recogía la subvención- tendrán dos mees computados desde el día siguiente al que se publicó la subvención.
  • Los autónomos que contraten a partir del 6 de abril tendrán dos meses desde la fecha de inicio de la contratación hasta el 15 de octubre; fecha límite para presentar la solicitud.

Los requisitos para los autónomos que quiera solicitar esta ayuda son: realizar contratos indefinidos ordinarios o indefinidos con cláusulas específicas de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en centro de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan las características para ser contratados. También es requisito tener menos de 100 trabajadores dados de alta en el momento de la solicitud.

Las subvenciones serán de 8.000 euros por contrato con un incremento de 500 euros en el caso de que el contratado sea una mujer, tal y como señala la web de Castilla y León que detalla la ayuda.

2.-  Subvención para los autónomos que realicen contratos de formación

Si el autónomo está interesado en contratar a un joven para que pueda realizar prácticas en su empresa podrá solicitar una subvención de 3.000 euros en el caso de que sea un contrato de formación y aprendizaje, y una subvención de 2.000 euros en contratos en prácticas formalizados a jornada completa. Los plazos para realizar la solicitud son:

  1. Los autónomos que contraten entre el 1 de octubre de 2017 y el 6 de abril de 2018 -ambos incluidos- tendrán dos meses desde el día siguiente al que se publique el boletín (a partir del 7 de abril).
  2. Los autónomos que contraten a partir del 7 de abril tendrán dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación hasta el 15 de octubre; fecha límite para presentar la solicitud.

Los autónomos interesados en presentar la solicitud deben cumplir los siguientes requisitos:

1.- Realizar contratos tanto de formación y aprendizaje como de prácticas para centro de trabajo de Castilla y León.

2.- La actividad formativa del contrato de formación deberá haber sido autorizada previamente por el Servicio Público de Empleo.

3.- Los contratos de prácticas deberán ser de jornada completa, pactándose la jornada antes del inicio del contrato y manteniéndose durante todo el periodo de la contratación subvencionada.

4.- El contrato deberá realizarse por escritos y tendrá que informarse de el a la oficina pública de empleo.

5.-  Se garantizará la estabilidad de la relación laboral subvencionada durante los siguientes periodos:

  • Dos años desde la fecha de inicio del contrato para la formación y el aprendizaje subvencionado
  • Un año desde la fecha de inicio del contrato en prácticas subvencionado.

6.- No se subvencionarán las contrataciones en caso de que la persona contratada haya tenido algún tipo de relación laboral con el solicitante seis meses anteriores a la fecha de inicio de la contratación.

7.- Tampoco se subvencionará las contrataciones que se formalicen con los de las sociedades mercantiles solicitantes, ni con quieres ostentes cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en dichas sociedades. Son excluidos también las contrataciones formalizadas con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado.

8.- Por último, tampoco se subvencionarán las contrataciones formalizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial de las previstas en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.