Tipos de retención. Actividades profesionales

En base al Real Decreto-Ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, publicada en el BOE nº 165, de 11 de julio de 2015.
Tipos de retención. Actividades profesionales

La entrada en vigor es desde el 12 de julio de 2015.

ACTIVIDADES PROFESIONALES

Tipo

Año 2016

GENERAL

15 %

REDUCIDO

(año de Inicio y en los 2 siguientes)

7 %

Rdtos Íntegros < 15.000 €

Suprimido

Nota: En Ceuta y Melilla, se aplicará un reducción del 50% de los tipos antes mencionados, con igual vigencia.