Hasta 26,67 euros al día

La mayoría de los autónomos todavía no saben que pueden deducirse sus comidas

A pesar de que la ayuda por manutención está en vigor desde 2018, muchos autónomos aún no saben que pueden deducirse cada día hasta 26,67 euros por sus comidas que hacen en bares y restaurantes. Según los asesores, existe una gran desinformación.

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La mayoría de los autónomos todavía no saben que pueden deducirse sus comidas

Son muchos los autónomos que se ven obligados a tener que comer fuera de casa casi a diario. Bien sea porque su trabajo les obligue a desplazarse para realizar un servicio o porque tengan su actividad diaria lejos de su domicilio, lo cierto es que el gasto por comidas se convierte en un importante coste de su actividad a final de mes. Y más aún si se olvidan de desgravarlo de sus impuestos a Hacienda.

La deducción por manutención para los trabajadores por cuenta propia lleva existiendo desde la entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomos en el 2018. La norma permite a los trabajadores autónomos desgravarse los gastos por dietas hasta 26,67 euros diarios si realizan la comida en un bar o restaurante, y hasta los 48,08 euros si comen en un local en el extranjero. Dichas cantidades pueden llegar a duplicarse, si por consecuencia del desplazamiento, tienen que dormir fuera, es decir, tienen que pernoctar.

Es decir, los autónomos pueden deducirse el desayuno, la comida y la cena todos los días hasta un máximo de 26,67 sin necesidad de que estén de viaje. Se trata de una ayuda fiscal por el coste de su manutención diaria. La cantidad sube a 48,08 euros si se encuentran por motivos de trabajo en el extranjero y se duplica si deben pernoctar dentro o fuera de España.     

Se trataba, además de una novedad para el colectivo de trabajadores por cuenta propia, de una medida con la que se reducía un poco más la brecha que existe en España entre asalariados y autónomos. Ya que, aparte de reconocer que los autónomos también tenían el mismo derecho que los trabajadores por cuenta ajena a manutención, establecía para ambos el mismo importe deducible. Sin embargo, y a pesar de que han pasado casi dos años, los trabajadores por cuenta propia desconocen aún este avance.

Para el asesor fiscal, Domingo Gallego, es incomprensible como muchos autónomos todavía no conocen esta deducción: “algunos profesiones sí que la solicitan. Pero es que otros muchos ni si quiera la conocen y por eso no se están deduciendo los gastos por comidas”. Todo ello, a pesar, de que lleva años en vigor y que se ha comunicado en multitud de ocasiones. “No sé como no pueden saber de ella, y eso que le hemos dado vueltas y la hemos anunciado muchas veces. Porque fue una novedades en su momento, pero ahora se ha quedado, incluso, obsoleta” dijo Gallego.

Según recordó este experto fiscal, la deducción por comidas fue un gran avance para el colectivo que fue difícil de alcanzar, porque la Administración tenían que encontrar la forma de que los trabajadores por cuenta propia pudieran demostrar, “de forma fehaciente”, que comían fuera de hogar. “Porque Hacienda siempre cree que los trabajadores por cuenta propia van a defraudar. Entonces tenía que buscar la manera de que el autónomo probase que había comido realmente fuera. Y no que hubiera comido en su casa y que luego, le hubiese dicho al dueño de un restaurante: ‘oye, hazme tal factura’ y realizar la desgravación” explicó.

Ésta es precisamente la razón por la cual la norma obliga, lo primero, a que la comida se realice en un establecimiento de restauración. Y, lo segundo, a que el pago se efectúe por medios electrónicos, es decir, con tarjeta, con el móvil a través del NFC, etc De ésta forma, cuando se produce el pago la Agencia Tributaria ya sabe todos los datos de la transacción: los datos de ambas partes, incluyendo el CIF, y el importe de la misma.

Es importante, recomendó Gallego, que la tarjeta que el autónomo utilice para realizar el pago, “sea suya y no la de algún familiar. Porque ahí es también cuando le pueden surgir dudas a Hacienda y empieza a pedir más información”.

Gastos por manutención vs gastos por comidas clientes

Otro de los problemas que tienen los autónomos para realizar la desgravación es el desconocimiento. Éstos tienen muchas dudas en cuanto a los requisitos que debe cumplir el gasto. Según la gestoría Infoautónomos, cuando la medida entró en vigor y la anunciaron “hubo bastante seguimiento y reacciones diversas sobre la iniciativa. Algunas escépticas sobre la medida y la mayoría dirigidas a clarificar cuáles eran los requisitos exactos para la deducción”. Dos años después de eso, aseguran que sus clientes “saben que se pueden deducir los gastos por dietas. Pero presentan dudas sobre los requisitos de deducibilidad, ya que estos varían en función de si es una comida con un cliente o una dieta”.

En ambos casos, el resultado es el mismo resultado para el trabajador por cuenta propia: un gasto por comida. Sin embargo, es importante distinguir cuando se produce uno y cuando otro, porque cada uno tiene un tratamiento fiscal completamente distinto.

Según la gestoría, mientras que las comidas con los clientes o proveedores son un gasto que los autónomos puede deducirse íntegramente. “Siempre que se tenga factura y que se pueda demostrar que realmente se han producido. Conviene anotar siempre en el dorso de la factura con quién se ha compartido la comida y guardar los emails donde se acordó la reunión, como prueba de que realmente el encuentro tuvo lugar”.

Sin embargo, la deducibilidad de las comidas que hace una autónomo cuando come solo están topadas. El importe que se pueden deducir por comida es de un máximo de 26,67 euros si el gasto se produce en España. O de 48,08 euros en el caso de que la comida se produzca fuera. Además, y aquí existe otra diferencia con las comidas con clientes, los autónomos no tienen que pedir factura. Basta, simplemente, con pagar con tarjeta y guardar el tique.

Por último, ambos tienen en común que el gasto deberá haberse producido en un establecimientos de restauración y hostelería y además deberán ser abonadas a través de medios electrónicos de pago.

Para solucionar las dudas

Por último, y para aclarar todas las dudas que puedan tener los trabajadores autónomos con la deducción de las comidas, el estudio jurídico, Ejaso, elaboró una guía con los cinco requisitos que debería cumplir los autónomos para poder deducirse, sin problemas, los gastos por manutención:

  1. La comida debe haberse producido durante el desempeño de la actividad. Es decir, durante los días que trabaje un autónomo. Por ejemplo, y lo más habitual, es que se produzcan de lunes a viernes.
  2. Los gastos deben ser por comidas en algún establecimientos de restauración y hostelería. No vale, por ejemplo, adquirir un plato preparado en un supermercado.
  3. El pago de la comida deberá realizarse siempre por un medio electrónico (tarjeta de crédito o débito, pago por móvil, etc.). La finalidad es que quede registrado de forma fehaciente el pago y que sea fácil para la Agencia Tributaria confirmar que el gasto declarado -con su correspondiente tique- es un gasto cierto y real.
  4. Es aconsejable que el autónomo guarde el tique y cumplir con los requisitos generales para la deducción del gasto.
  5. Tener en cuenta que la cantidad límite que se puede deducir el autónomo es la misma que la establecida para las dietas de los trabajadores: 26,67 euros diarios si el gasto se produce en España, o 48,08 euros si es en el extranjero. En el caso de que el autónomo pernocte, los límites suben a 53,34 euros y 91,35 euros respectivamente.