Guía de ATA para hostelería y comercio

Medidas y condiciones necesarias para reabrir tu negocio en la fase 1

Más de la mitad de las provincias españolas están desde este lunes en la fase 1. ATA ha elaborado una guía con todas las medidas que deben poner en marcha  los comercios y establecimientos de hostelería para reabrir en esta etapa.
Medidas y condiciones necesarias para reabrir tu negocio en la fase 1

Media España entró este pasado lunes en la fase 1 de la desescalada.Un segundo paso cargado de incertidumbre que, sin embargo,  ha devuelto la esperanza a algunos negocios que ven cada vez más cerca la vuelta a la nueva normalidad

Un total de 11 comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla y algunas provincias o áreas sanitarias, pasaron a la fase 1 del plan para la transición hacia la nueva normalidad, que contempla una desescalada  y una reactivación económica, con un ritmo diferente en cada provincia o isla, en función de la situación sanitaria y epidemiológica.

El 60% de los comercios de proximidad, que se encuentran localizados en las áreas donde ayer comenzó esta etapa, levantaron la persiana. Por su lado, sólo lo hicieron el 30% de los hosteleros,con el aforo de las terrazas permitido al 50%, según informó la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Eso sí, hay que tener en cuenta que hay provincias que todavía están en fase 0 y tampoco pueden abrir los comercios de centros comerciales. “Muchos autónomos están aún adaptando sus locales y sus protocolos de actuación para atender a sus clientes con las máximas medidas de seguridad”, aseguró Lorenzo Amor, presidente de ATA.  

Sin embargo, y para aquellos negocios de hostelería y comercio que hayan abierto o vayan a reabrir sus puertas, ATA ha preparada una guía para su vuelta a la actividad. Estas son las novedades, cambios y medidas que deben adoptar.

Reapertura de terrazas de hostelería y restauración

Los establecimientos de hostelería cuya provincia haya pasado a la fase 1 sólo pueden abrir la terraza con un aforo del 50%, además de servir comida a domicilio y para recoger en el restaurante.

Después de casi dos meses cerrados, los hosteleros cuyo negocio está ubicado en provincias que hayan pasado a la fase 1, podrán abrir en las siguientes condiciones: I) limitándose al cincuenta por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal; II) manteniendo la distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas; III) si el establecimiento de hostelería y restauración obtuviera permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza al aire libre, se podrán incrementar el número de mesas siempre en proporción e incrementando también proporcionalmente el espacio peatonal; IV) ocupación máxima de diez personas por mesa o agrupación de mesas; y V) la mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.

Las medidas de higiene están muy presentes en la reapertura. Por supuesto, se debe limpiar y desinfectar el equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro. Para ello, se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso.

En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.

En ese sentido, se eliminan productos de autoservicio: servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros: prioridad de monodosis desechables. Además, se debe evitar el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares. Ah, y la vajilla, cristalería, cubertería, mantelería y demás elementos se debe almacenar en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.

También se debe poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida En cuanto a los aseos para clientes, la ocupación máxima es de una sola persona, salvo que esta precise asistencia. Como es lógico, se tienen que limpiar como mínimo seis veces al día.

Además, como llevan informando desde que comenzó la pandemia, debe evitarse en lo posible el dinero en efectivo. Pero tampoco hay que olvidarse del datáfono, el cual se tiene que desinfectar tras cada uso.

En cuanto a los trabajadores, deben tener permanentemente a su disposición geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón. Además, cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se debe asegurar que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

Tampoco podemos olvidarnos de que el control horario hay que seguir cumpliéndolo. Por ello, el fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas (o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida). En esta línea, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de las condiciones de trabajo se modificarán para garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre los trabajadores.

Asimismo, los centros deberán realizar los ajustes en la organización horaria necesarios para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no. También se debe poner especial atención en la ventilación y la limpieza de zonas comunes de trabajadores y superficies de contacto más frecuente: véase teléfonos, cocinas, pomos de puertas…). Para ello, recomiendan utilizar desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquier desinfectante con actividad virucida. ¿Y los uniformes o ropa de trabajo? Pues bien, se procederá al lavado y desinfección diaria de la ropa de trabajo, uniformes y prendas de vestir, de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados.

Reapertura del comercio minorista

Según ATA, el porcentaje más alto de aperturas lo encontramos en los negocios de peluquerías y centros de estética que ya están entre el 73% y el 75% de aperturas de media en toda España. Sólo del 15% al 18% de las inmobiliarias en el territorio español abrieron ayer .

Entre los que pudieron proceder a la reapertura al público se encuentran los establecimientos y locales comerciales minoristas y las actividades de servicios profesionales. Eso sí, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: I) menos de 400 metros cuadrados; II) fuera de centros comerciales, salvo que tenga acceso directo e independiente desde el exterior; III) reducción al 30% el aforo total en los locales comerciales, garantizando una distancia mínima de dos metros entre clientes y, si no es posible, solo podrá permanecer un cliente; IV) establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Cabe recordar que estos requisitos no son de aplicación a los establecimientos y locales comerciales minoristas que permanecen abiertos desde el 14 de marzo, los cuales podrán continuar abiertos, pudiendo ampliar la superficie útil de exposición y venta hasta 400 metros cuadrados.

Asimismo, pueden proceder a la reapertura al público, pero con cita previa los concesionarios de automoción, las estaciones de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta. También pueden reaperturar los mercados y mercadillos no sedentarios al aire libre, con preferencia los productos de alimentación y de primera necesidad, siempre que así lo decida el Ayuntamiento correspondiente, con un máximo del 25% de los puestos habituales y una afluencia inferior al 30% del aforo habitual, si bien puede ampliarse la superficie normalmente habilitada para paliar las limitaciones.

También hay que recordar que no se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo casos estrictamente necesarios y con limpieza y desinfección inmediata. Y, por supuesto, las medidas de higiene y ventilación para funcionar son básicas. Por ello, se debe limpiar al menos dos veces al día, para la cual se podrá realizar una pausa en la apertura, preferiblemente a medio día.

Los trabajadores deben estar muy concienciados con la reapertura, pues la distancia entre vendedor y cliente debe ser de un metro cuando haya elementos de protección o barrera y de dos cuando no los haya. Eso sí, entre los puestos de los mercados o mercadillos no sedentarios al aire libre y los viandantes será siempre de dos metros.

Por su lado, las peluquerías, los centros de estética y fisioterapia tienen un funcionamiento diferente. Y es que su trabajo exige el contacto. Por ello, el servicio no permite el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal y se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un cliente y otro.

En cuanto a las medidas de higiene de los clientes en el interior de locales, mercados y mercadillos no sedentarios al aire libre, el cliente estará el tiempo estrictamente necesario, se señalará con marcas la distancia de seguridad de dos metros, se podrá a disposición del público geles hidroalcohólicos y se prohibirán los “productos de prueba”. Sin embargo, en los establecimientos del sector textil y de arreglo de ropa los probadores se utilizarán por una sola persona y después de cada uso se limpiarán y desinfectarán Por ello, si el cliente se prueba una prenda y no la compra, ésta debe ser higienizada.