Los nuevos plazos de devolución del IVA a los autónomos entrarán en vigor en la declaración de octubre
La Agencia Tributaria confirmó a este diario que a partir de esta próxima declaración trimestral de IVA, los autónomos que cometan algún posible fallo podrán rectificarlo de forma más ágil. Esto significa que cualquier corrección de un error que perjudique al contribuyente y que se produzca desde octubre se hará bajo el nuevo modelo de rectificación y el trabajador por cuenta propia podría recibir la devolución del impuesto más rápido.
Hace un año que se aprobó la Ley 13/2023, que unifica los modelos de rectificación para corregir los errores que puedan cometer los autónomos y empresas al presentar sus declaraciones. Tras la entrada en vigor de esta normativa, se han ido poniendo en marcha las distintas órdenes que desarrollan los modelos de corrección para cada uno de los impuestos, entre ellos el IVA.
A partir de septiembre, como ya avanzó este diarió, se modificará el modelo de declaración trimestral o mensual del IVA y cambiará el método actual de corrección para este impuesto.
Por lo tanto, según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria, partir de esta próxima autoliquidación del tercer trimestre, los negocios podrían corregir fallos que hayan cometido al presentar este impuesto de forma más acelerada. Lógicamente, al tratarse de cambios que se producirán en la rectificación, "las correcciones surgirán después y los cambios se aplicarán a partir de este momento".
De este modo, tanto los errores a favor de Hacienda como aquellos a favor de los contribuyentes se corregirán a partir de octubre por un sistema único de autoliquidación. En caso de que el fallo compense al contribuyente, la devolución del impuesto se llevaría a cabo de manera más ágil. Por lo tanto, si un trabajador por cuenta propia olvidara de incluir una deducción en este próximo tercer trimestre, la podría rectificar más adelante y cobraría más rápido la diferencia.
La reducción del plazo se empezará a notar a partir del año que viene, con las rectificaciones de devolución
Para ilustrar el cambio que entrará en vigor a partir de la autoliquidación de octubre desde la Agencia Tributaria pusieron un ejemplo: imaginemos a un contribuyente que haya presentado su tercer trimestre y en el cuarto decida solicitar la devolución. La Agencia Tributaria tendrá seis meses como máximo para devolver el dinero. Hasta aquí, la diferencia entre el anterior sistema dual y el futuro modelo de autoliquidación no se notaría.
Sin embargo, imaginemos que en agosto de 2025, una vez solicitada la devolución, el contribuyente rectifica y solicita una devolución distinta, que podría ser por ejemplo porque se le olvidó de incluir algún gasto deducible que aumenta la cantidad de dinero a devolver. En ese caso el trabajador por cuenta propia haría una rectificación. "Aquí sí se notaría la diferencia. Con el sistema antiguo se podría tardar de dos a tres meses y con el nuevo de dos a tres semanas", explicaron fuentes de la Agencia Tributaria.
De hecho, apuntaron las mismas fuentes, "con el antiguo sistema el contribuyente es como si presentara un recurso, con todos los trámites que ello conlleva. Frente a esto, con el nuevo, basta con que presente una autoliquidación, rectificativa, pero a fin de cuentas una autoliquidación, que es mucho más ágil", apuntaron las mismas fuentes.
¿Cómo funciona el sistema de devolución de IVA a los autónomos?
El sistema que tiene establecido Hacienda para las liquidaciones de IVA que salen en negativo -a favor del contribuyente-, habitualmente se basa en la compensación. Es decir, si por ejemplo al trabajador por cuenta propia le sale el primer trimestre a devolver, puede guardar ese dinero y reducir la cantidad a pagar del siguiente trimestre.
En caso de que el autónomo encadene varios trimestres seguidos con declaraciones a devolver, Hacienda también da la posibilidad de solicitar la devolución del IVA. Esta solicitud se debe hacer sobre el cuarto trimestre del año, cuya fecha límite de presentación suele ser el 30 de enero.
Si el autónomo hubiera ido compensando durante todo el año 2024 y en el último cuatrimestre tuviera más de 50 euros pendientes de devolver, podría haber solicitado la devolución de este dinero a Hacienda. En este caso, según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, "el plazo para devolver el dinero no cambia. Necesitamos información de contraste para proceder a la devolución. En esa fase general en la que se comprueba la información, normalmente se apuran los plazos y la diferencia entre uno y otro sistema se notará menos".
La normativa marca que, una vez solicitada la devolución, Hacienda cuenta con seis meses para proceder al pago, tras haber revisado que la declaración es correcta. Sin embargo, donde realmente se va a notar el cambio con los nuevos modelos de autoliquidación rectificativa es cuando el autónomo haya solicitado la devolución y, una vez solicitada, más adelante quiera rectificarla. Esto último en caso de haber detectado cualquier error en la solicitud.