Los autónomos tienen sólo hasta este próximo miércoles para domiciliar la declaración de la RENTA
Los autónomos que quieran domiciliar el pago de su RENTA tienen sólo hasta el próximo miércoles para presentar la declaración. Según el calendario de la Agencia Tributaria, el plazo general en el que terminan las presentaciones del IRPF es el 1 de julio. Sin embargo, si el contribuyente quiere que sea Hacienda quien le cobre directamente en la cuenta el resultado de su liquidación si ésta le sale a pagar, tendrá que presentar antes el modelo 100.
Este año, todos los autónomos sin excepción tienen que declarar sus rendimientos en la RENTA si estuvieron dados de alta en 2023. Aquellos que no lo hayan hecho todavía tienen, como norma general, todo el mes de junio para presentar sus impuestos. Pero, como ocurre con el resto de las autoliquidaciones, el plazo para declarar el IRPF con domiciliación termina cinco días antes.
Según explica la Agencia Tributaria, "el plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria depende del fin del plazo de presentación de cada modelo" En el caso de la RENTA, este plazo general suele ser todos los años el 30 de junio y el de domiciliación el 25. Sin embargo, las fechas pueden cambiar dependiendo de los días hábiles e inhábiles.
Los autónomos tienen hasta el miércoles 26 de junio para presentar la RENTA con domiciliación bancaria
Según la Agencia Tributaria, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración".
Esto es lo que ha ocurrido este año con la campaña de la RENTA. Como el día 30 de junio es domingo, se ha pasado el plazo de presentación al 1 de julio. Con el plazo para hacer la domiciliación bancaria ha ocurrido lo mismo.
Así, este año, los autónomos van a tener hasta el día 26 para presentar la RENTA si quieren que sea Hacienda quien les gire el cobro de su autoliquidación en plazo. De lo contrario, tendrán que ir ellos mismos a su entidad financiera o pagar a través de la sede de la Agencia Tributaria. Esta última opción supone un riesgo añadido de olvidar pagar el IRPF a tiempo, con los recargos y posibles sanciones que ello implica.
Domiciliar el pago no implica que la fecha de cobro sea distinta
Existen varias vías para presentar la declaración de la Renta, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Ahora bien, domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 26 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 1 de julio, último día de la Campaña de la Renta”.
Es decir, el hecho de que aquellas personas que quieran domiciliar el pago de la Renta tengan que presentar su declaración antes del 26 de junio, no implica que la Agencia Tributaria gire el cobro de la misma antes de tiempo.
Se elija la opción que se elija es importante asegurarse de disponer del dinero suficiente en cuenta para el día en que se realice el cargo. En caso de que, en el momento en que Hacienda gire el cobro y la entidad bancaria devolviera el pago, se entendería que la liquidación ha sido realizada fuera de plazo.
Plazos para solicitar el fraccionamiento de la RENTA con domiciliación
Los autónomos también tienen que tener en cuenta que, si no quieren pagar todo el importe de su liquidación de golpe, los plazos para solicitar y abonar el fraccionamiento pueden variar en caso de querer domiciliar estos pagos.
al y como publicó la Agencia Tributaria, si el autónomo quiera fraccionar la RENTA y domicilia el primer y segundo pago para que sea Hacienda quien se lo cobre en su cuenta, tendrá sólo hasta el 26 de julio para hacer su declaración.
En este caso, Hacienda pasará el primer cobro el 1 de julio -que es la fecha límite general- y el segundo el próximo 5 de noviembre.
Si al fraccionar la RENTA sólo se desea domiciliar el primer pago, las fechas serán las mismas, y el autónomo sólo tendrán hasta el 26 de junio para presentar la declaración con solicitud de fraccionamiento. Después tendrá la oportunidad de solicitar la domiciliación del segundo pago hasta el 30 de septiembre.
Por último, en caso de querer abonar directamente el primer pago pero domiciliar el segundo, el autónomo tendrá como el resto de contribuyentes hasta el próximo 1 de julio para presentar la declaración con solicitud de fraccionamiento.