Podrían cometer hasta dos tipos de infracción

Los autónomos podrán recibir estas sanciones si incumplen la desconexión digital de sus empleados

Los autónomos que tienen empleados a su cargo deben respetar la desconexión de sus trabajados. De lo contrario, podrían estar cometiendo hasta dos infracciones distintas, ambas sancionables.
Los autónomos podrán recibir estas sanciones si incumplen la desconexión digital de sus empleados
Los autónomos podrán recibir estas sanciones si incumplen la desconexión digital de sus empleados

Los autónomos que tienen empleados a su cargo deben tener en cuenta que incumplir el derecho a la desconexión digital de sus empleados es una infracción regulada por ley y que puede implicar sanciones muy elevadas. Según la normativa actual, los negocios no pueden obligar ni forzar a que el trabajador, fuera del horario laboral, esté permanentemente hiperconectado o persistentemente pendiente del correo electrónico, WhatsApp, chat o llamadas telefónicas de la empresa o relacionadas con ella.

Un ejemplo de ello, es la sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que en febrero de este año señaló que ignorar el correo electrónico en época de vacaciones no justifica un despido disciplinario. Además, según explicó Luis San José, abogado laboralista del despacho AGM abogados, "la falta de diseño e implantación de un protocolo de desconexión digital en el ámbito laboral, y la falta de realización de acciones que fomenten una nueva cultura de respeto empresarial al tiempo de descanso del trabajador, vulnera e infringe ese nuevo derecho al “desenganche digital”, regulado el  artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores  y los artículos 87 y 88 de la Ley de Protección de Datos y garantía de los Derechos Digitales".

Esto, según explican los expertos consultados, ha llevado a la Inspección de Trabajo a la aplicación de sanciones de diversa índole.

Dos sanciones que podrían recibir los autónomos por incumplir la desconexión digital de sus empleados

Según Luis San José, de AGM abogados, habría dos tipos de sanciones que se le pueden imponer a un autónomo o empresario por incumplir el derecho de sus empleados a desconectarse digitalmente: 

Un primer ejemplo de sanción, se puede encontrar en la falta o erróneo registro de la jornada; dado que, si se realizan trabajos y se contestan correos electrónicos o WhatsApp, fuera de horario, son minutos u horas que no están registradas en el obligado registro de jornada. Por ende, ese no registro está considerado como una infracción grave en materia de relaciones laborales. "Es importante destacar y tener presente que el derecho a la desconexión digital y el registro de la jornada de trabajo forman una pareja indisoluble que ha de ser tratada, en su conjunto, por la empresa para la elaboración del protocolo o código de desconexión digital", explicó Luis San José.

Así, esa irregularidad se puede situar en el art.º 7.5 de la Ley de Infracciones y sanciones del orden social (LISOS), que señala como infracción "la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo". Esto está considerado como infracción grave  y sus sanciones para la empresa pueden llegar a alcanzar desde los 751 euros hasta 7.500 euros. 

Un segundo aspecto donde se puede situar la infracción es en materia de prevención de riesgos laborales "ya que el descanso es indispensable al trabajo y debe de ser respetado siempre. Hay que tener presente que un uso excesivo del ordenador, del móvil o de cualquier aparato telemático, puede generar al trabajador altos niveles de estrés",  apuntó Luis San José. 

Según el experto, estas acciones empresariales frente al trabajador pueden ser también consideradas como una infracción grave en materia de prevención de riesgos laborales, regulada en el artículo 12.6 de la LISOS, deparando una sanción regulada en el artº 40.2, la cual podría alcanzar los 49.180 euros.