Jubilación activa: P. Jubilación con el autónomo en activo

En base al RDL 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores mayor edad y promover el envejecimiento activo, publicado en BOE nº 65,de 16 marzo de 2013.
Jubilación activa: P. Jubilación con el autónomo en activo

La entrada en vigor es el 17 de Marzo de 2013, y con vigencia indefinida.

Se regula la compatibilidad del disfrute de la Pensión de Jubilación, en su modalidad contributiva, con la realización de cualquier Trabajo por Cuenta Propia (AUTONOMO) o por Cuenta Ajena del pensionista.

APLICACIÓN:

  • Se aplicará a todos los Regímenes de la Seguridad Social, sean a J. Completa o a Tiempo Parcial.

INCOMPATIBILIDAD:

  • Régimen de Clases Pasivas (normativa específica)
  • Puestos de Trabajo o Alto Cargo en el Sector Público.
  • Jubilación Anticipada o Jubilación Parcial.

REQUISITOS:

1-. Haber cumplido la Edad Ordinaria de Jubilación:

  • Tener 67 años sin requisito de cotización, o bien, 65 años y 38,5 años cotizados. (art. 161)
  • Aplicación Paulatina de 65 años a 67 años de edad, desde el 2013 al 2027. (D.T. 20ª)

2-. SOLO se aplicará a quienes tengan derecho a la pensión completa (100%).

CUANTÍA:

  • El 50% de la Pensión que le toque en el reconocimiento inicial más las revalorizaciones menos los complementos a mínimos.
  • Cuando finalice el contrato o el autónomo cese su actividad, se restablecerá el 100% de la Pensión (incluyendo el complemento a mínimo, si tuviera derecho).

COTIZACIÓN:

  • La Empresa y el Trabajador (=Pensionista) cotizarán solo por Incapacidad Temporal (IT) y por Contingencias Profesionales.
  • Se añade una Cuota de Solidaridad del 8% (6% a cargo de la empresa y 2% al trabajador). Esta cuota no computará para las prestaciones.

MANTENIMIENTO DE EMPLEO:

  • No se han debido de haber adoptado decisiones extintivas improcedentes en los 6 meses anteriores a dicha compatibilidad.
  • Esta limitación surte efectos a partir del 17/03/2013, y para puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción.