Tarifa Plana para autónomos con discapacidad

En base a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a Apoyo a Emprendedores y su Internacionalización, publicada en el BOE nº 233, de 28 de septiembre de 2013, se añade la Disposición Adicional Trigésimo Quinta al RDL 1/1994 del TRGSS.
Tarifa Plana para autónomos con discapacidad

La entrada en vigor es el 29 de Septiembre de 2013, y queda de la siguiente forma:

A partir del 10 de Octubre del 2015, se puede Contratar a Trabajadores por Cuenta Ajena, en base a la Ley 31/2015, de 9 de septiembre.

Para los Nuevos AUTONOMOS con DISCAPACIDAD = ó + 33%.

Requisitos

Periodo: Máximo 60 meses ( 5 años )

Nuevos Autónomos:

Discapacitados ( = ó + 33% )

No haber estado de Alta como Autónomo en los últimos 5 años.

Se puede Contratar a Trabajadores (desde el 10/10/15)

Reducción

Bonificación

80%

50%

12 meses siguientes

48 meses siguientes

50

(año 2016 = 50 €)

(desde el 10/10/15)

133

(año 2016 = 133,07 €)


En ambas opciones, ha de tenerse en cuenta lo siguiente:

  • Se entiende por Discapacitado aquel que tenga una minusvalía igual o superior al 33%.
  • Se podrán acoger a las Bonificaciones/Reducciones de la Tarifa Plana de los Autónomos sin Discapacidad, siempre y cuando el cómputo total de las mismas no supere el plazo máximo de 60 mensualidades (5 años).
  • Se aplicarán también a los Socios Trabajadores Discapacitados de Cooperativas de Trabajo Asociado que se encuentren dentro del RETA.
  • Se amplía a las personas Víctimas de Terrorismo y de Violencia de Género.