Tienen que enviarlo a la Administración antes de seis meses

El acuerdo imprescindible que deben firmar los autónomos si quieren recibir el Kit Digital

Los autónomos, después de haber recibido la concesión del Kit Digital, deberán alcanzar en el plazo de seis meses un acuerdo con un agente digitalizador e informar  de ello a la Administración.

El acuerdo que deben firmar los autónomos que accedan al Kit Digital.
El acuerdo imprescindible que deben firmar los autónomos si quieren recibir el Kit Digital

Para acceder al Kit Digital es necesario que el autónomo y el agente digitalizador -es decir, la empresa que realizará el servicio– firmen un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Éste es un documento específico en el que se deberán detallar todos los aspectos de la operación. Dicho acuerdo deberá ser enviado a la Administración en un plazo máximo seis meses posteriores a la concesión de la ayuda. Su presentación será fundamental para poder cobrar este bono digital.

Los negocios pueden optar hasta 12.000 euros por la concesión de estas ayudas a la digitalización (el importe de la subvención varía en función del tamaño de la empresa). No obstante, los responsables de la actividad no reciben en su cuenta bancaria el importe concedido, si no que reciben un bono digital que, para hacerse efectivo, deberá ser la empresa o agente digitalizador que realice el servicio, el que justifique ese gasto. Para ello, previamente debe firmarse un acuerdo que debe cumplir con una serie de características.

El consultor y experto en subvenciones de la consultora de ayudas públicas FactorYdea, Miguel Herrero, explicó que la concesión del Kit Digital va unido a un proceso burocrático que deben realizar los dueños de los negocios. Ya que “una vez reciben esa resolución de que le han concedido el Kit Digital, tienen un plazo de seis meses para firmar un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con el agente o agentes de digitalización, que realizarán el servicio posteriormente” dijo.

De recibir el Bono Digital hasta ejecutarlo

De tal forma, que desde que se recibe la concesión de la ayuda a la digitalización, hasta que finalmente se empiezan a ver los resultados trascurre un periodo de tiempo. Herrera enumeró las fases que hay desde recibir la notificación de haber recibido el del Kit Digital, hasta su ejecución. Todas ellas pasan por la elaboración del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización: 

  1. De recibir el Bono Digital hasta ejecutarlo

1.- Elegir el agente digitalizador

Antes de comenzar a formular el Acuerdo es necesario que el autónomo y dueño de la actividad se haya puesto en contacto previamente con el agente digitalizador. Estas son las empresas homologadas por el Estado para ofrecer el servicio. Todos los agentes digitalizadores disponibles están en la web Acelerapyme.es.

En este sentido, el experto recordó “que el servicio que se quiera contratar del agente digitalizador debe estar incluido dentro de los objetivos del Kit Digital”. Es decir, debe solicitarse la adopción de una solución digital que aporte una mejora y nuevas funcionalidades a la actividad.

2.- Firmar un acuerdo mercantil con el agente digitalizador

Una vez que el autónomo ha escogido al agente digitalizador y tiene claro el servicio que desea contratar, ambas partes deben llegar a un acuerdo. Es importante destacar, que “primero deben formalizar un acuerdo privado. Esto es: firmar un contrato mercantil al uso, entre ambas empresas sobre el servicio que se va a realizar” dijo el consultor y experto en subvenciones de la consultora de ayudas públicas FactorYdea, Miguel Herrero

3.- Elaborar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización

Con el contrato mercantil sobre la mesa, el autónomo ya puede comenzar a preparar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Se trata de un documento que deberá detallar los principales puntos del acuerdo mercantil con el agente digitalizador.

Según Herrero, éste documento debe contener desde el tipo de proyecto que se quieren realizar, hasta el coste para mantener ese servicio y el importe de la subvención que se solicita para llevarlo a cabo.

4.- Enviar a la Administración el Acuerdo alcanzado

El Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización debe ser firmado por ambas partes y debe subirse a la plataforma de Red.es habilitada para ello. El documento debe ser enviado a la Administración en un plazo máximo de seis meses desde que se le concedió la ayuda al autónomo.

5.- Esperar por la validación

Con el Acuerdo subido a la plataforma, al trabajador por cuenta propia sólo le toca espera. “Las empresas puestas por la Administración para la validación y comprobación de esos acuerdos, serán quiénes den el okey final al documento y permitirán la ejecución de la ayuda” dijo Herrera. El experto comentó que luego será responsabilidad del agente digitalizador emitir una factura para justificar la concesión de la ayuda.

Un ejemplo del proceso de concesión del Kit digital

Para esclarecer todo este proceso, Herrera contó el caso de una empresa de entre 10 y 49 empleados a la que se le ha concedido el Kit Digital por el importe máximo de 12.000 euros. “Esta actividad se ha puesto en contacto con un agente digitalizador para solicitar un servicio de redes sociales que tiene un coste de 2.000 euros y para la creación de una página web de 2.000 euros” contó Herrerá.

De tal forma que, en el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización debe contar la realización de los dos proyectos, el coste de 2.000 euros de cada una y el descuento de los 4.000 euros del bono digital. “Le quedarían otros 8.000 euros disponibles para alcanzar otros acuerdos con otro agente digitalización para la contratación de otros servicios” dijo Herrero.

¿Qué contenido exige el Gobierno en el Acuerdo?

Por último, hay que destacar que el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización es una tramite obligatorio para todos los trabajadores por cuenta propia interesados en acceder al Kit Digital y que está regulado específicamente en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre. Es por ello, que el Gobierno exige que el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización contenga la siguiente información:

  • La identificación de las partes firmantes, con poder de representación suficiente.
  • La referencia al «bono digital» como derecho de cobro de la subvención concedida al beneficiario.
  • La referencia al código de identificación del Agente Digitalizador Adherido en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
  • La referencia al código de identificación de la solución de digitalización seleccionada en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
  • El coste total de la solución de digitalización contratada al Agente Digitalizador Adherido y la fecha de dicho contrato.
  • La prueba de conformidad del beneficiario de la oferta.
  • Las funcionalidades/características técnicas y precio publicados en la referencia del Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
  • El cálculo del coste total de la solución de digitalización.
  • El desglose de los conceptos subvencionables y sus importes, según se determinan en el artículo 19.
  • El importe que el beneficiario deberá abonar con fondos propios, incluyendo los impuestos aplicables.
  • El importe del «bono digital», como derecho al cobro de la subvención concedida, aplicable al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, calculado de conformidad con el artículo 20, con referencia expresa a la cesión de aquel en favor del Agente Digitalizador Adherido.
  • La forma de acreditación y calendario de pago para cada fase de la prestación de la solución de conformidad con los requisitos establecidos en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa para la Categoría de Solución de Digitalización.
  • El conjunto de obligaciones de las partes, entre ellas, el deber de colaboración del Agente Digitalizador Adherido con el beneficiario en el marco de la subvención concedida en la adecuada prestación de las soluciones de digitalización y en la justificación de la ayuda ante la entidad colaboradora.
  • El compromiso por ambas partes de cumplir y garantizar el principio de no causar daño significativo del artículo 11 y obligaciones adquiridas.
  • Las indemnizaciones que deban recibir las partes en caso de incumplimiento.
  • Las cláusulas aplicables a la resolución de posibles conflictos entre las partes.
  • Las cláusulas aplicables a la pérdida de la condición de Agente Digitalizador Adherido.
  • Las declaraciones responsables expresas, al menos sobre:
    • Que se ha formalizado contrato previo entre el beneficiario y el Agente Digitalizador Adherido.
    • Que no existe vinculación entre las partes de conformidad según se establece en el artículo 29.
    • Que el beneficiario no tiene la solución previamente instalada.
    • Que el beneficiario no ha recibido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso, que cubra el mismo coste subvencionable del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.