Pueden anticiparse a la petición en la plataforma que ha creado ATA

Los autónomos con más de tres empleados deberían irse preparando ya para solicitar el Kit Digital en julio

El Gobierno abrirá en julio la convocatoria de ayudas del Kit Digital para autónomos que tengan entre tres y nueve empleados en plantilla. Ya pueden ir avanzando algunos pasos en plataformas como la de ATA. 

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La vicepresidenta del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño
Los autónomos con más de tres empleados deberían irse preparando ya para solicitar el Kit Digital en julio

Los autónomos que tengan entre tres y nueve empleados podrán solicitar en escasas semanas las ayudas del Kit Digital para impulsar la digitalización en sus negocios a través de distintas herramientas. El Gobierno lanzará durante el mes de julio -seguramente a mediados- esta segunda convocatoria de subvenciones para negocios con menos de diez trabajadores a su cargo, según confirmaron a este diario fuentes de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

Todavía no hay una fecha cerrada pero en "muy poco tiempo" los autónomos tendrán disponibles las bases reguladoras y activada la pasarela para tramitar su solicitud y cobrar estas ayudas europeas dirigidas al segundo perfil de beneficiarios, es decir, negocios con más de dos y menos de diez empleados en plantilla. Todos ellos podrán percibir hasta 6.000 euros de subvención en forma de 'bono' para gastar en una de las empresas inscritas como agente digitalizador y que les preste cualquiera de los servicios disponibles como, por ejemplo, crear una página web o implantar un programa de facturación digital.

Aunque todavía no esté abierta la convocatoria y, por lo tanto, no se conocen cuáles serán exactamente los requisitos, se espera que sean muy parecidos a los que se está exigiendo ahora mismo a los negocios de más de diez trabajadores, que tienen su convocatoria activa desde marzo. "La lista de gastos subvencionables y servicios que se pueden contratar van a ser los mismos. Lo que sí va a cambiar va a ser la cuantía que van a poder gastar los autónomos y quizás se adecúen algunas de las condiciones de acceso a la realidad de los beneficiarios, que tienen actividades mucho más pequeñas", explicó Elena Melgar, directora de proyectos de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Los autónomos pueden anticiparse e ir presentando su solicitud del Kit digital

La disposición publicada en diciembre que fijó las bases reguladoras generales para las tres convocatorias del Kit Digital que se van a ir lanzando hasta septiembre ya avisaba que el único criterio de concesión de estas ayudas será el orden de llegada de las solicitudes. Esto quiere decir que los autónomos que se anticipen y vayan gestionando los distintos trámites que ya se sabe que van a ser necesarios -como el alta en AceleraPyme- tendrán preferencia sobre los demás a la hora de acceder a estas ayudas.

ATA está colaborando como agente de intermediación en estas ayudas y tiene desde hace meses disponible una plataforma gratuita  con la que los autónomos pueden recibir asesoramiento y ayuda a la hora de hacer los trámites necesarios para acceder a estas subvenciones, antes incluso de que se abra la convocatoria. "Es muy recomendable acceder a través de un intermediario como la Federación, que presentará por el autónomo su solicitud y hará un seguimiento del proceso. Teniendo en cuenta que los recursos presupuestados para el Kit Digital en cada segmento son finitos, cuanto antes se tenga recabada toda la documentación y se hagan los trámites previos, antes se podrá hacer la solicitud y asegurar a la ayuda", apuntó la directora de proyectos de ATA.

Según estiman desde la federación, esta plataforma ya cuenta con 300 solicitudes de autónomos para la próxima convocatoria de julio -negocios de menos de diez empleados y más de tres- y 900 para la que se estima que se lanzara en septiembre -trabajadores por cuenta propia sin plantilla o con hasta dos trabajadores a su cargo-.

Con esta herramienta, ATA ayudará a los autónomos que lo necesiten a elegir al agente digitalizador que más les convenga en función de su tipo de negocio y sus objetivos "ya que hay cientos de empresas que ofrecen distintos servicios, y no todas ellas son las idóneas para el autónomo en cuestión. Además, hacemos seguimiento y control del proceso de solicitud en sus diferentes fases y estamos en contacto con ambas partes durante todo el proceso, por si surge algún problema entre el profesional y el agente",

¿Cómo acceder al asesoramiento gratuito de ATA para solicitar el Kit Digital? 

Para anticiparse a la apertura de la convocatoria e ir recabando toda la documentación y datos que serán necesarios, el autónomo sólo tiene que acceder a la herramienta que ATA ha puesto en marcha y pulsar en 'gestionar mi ayuda'.

Al acceder, habrá que seguir cuatro pasos donde se le requerirán algunos de sus datos. En la primera ventana, se solicitarán su nombre y apellidos, además del correo electrónico.

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En la segunda de las ventanas, la plataforma pedirá otros datos complementarios para verificar la identidad del autónomo y saber si puede o no acceder a las ayudas, como el nombre y tamaño del negocio, o si ha solicitado ayudas del minimis -uno de los requisitos que pueden dejar fuera a los solicitantes-.

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En la tercera de las fases sólo habrá que señalar si se está inscrito en AceleraPyme, el primer paso y una de las condiciones principales para poder solicitar estas ayudas. Si la respuesta fuera no, la plataforma derivará al autónomo a una guía de ATA para hacer el registro. Por último, habrá que indicar si se ha realizado el test de autodiagnóstico. Si, una vez más, la respuesta fuera no, la herramienta también redirigiría a una guía de la Federación para realizarlo.

Una vez hechos estos pasos, un asesor de ATA se pondrá en contacto con el autónomo para orientarle, resolver sus dudas y presentar su solicitud en cuanto se abra la convocatoria..

El primer paso para anticiparse a la convocatoria: alta en AceleraPyme y completar el Test

El primer paso que ya pueden ir cumplimentando tanto los autónomos con entre tres y diez trabajadores, como los que tienen entre dos y cero empleados a su cargo es la inscripción en la web AceleraPyme y realizar el test de autodiagnóstico habilitado en la página. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha puesto en marcha múltiples mecanismos para que los autónomos puedan digitalizarse, y una de estas herramientas es el autodiagnóstico, cuya realización es obligatoria para acceder a las ayudas del Kit Digital.

Para llevarlo a cabo únicamente deberán registrarse dentro de la propia plataforma con un correo electrónico y contraseña. Una vez completado dicho registro, podrán iniciar el test. El formulario tiene una duración estimada de 10 minutos y está compuesto por 13 sencillas preguntas en materia de digitalización.

La información que se le solicitará al autónomo se ha elaborado bajo los indicadores o estándares de digitalización a nivel Europeo como son DESI (Índice de la Economía y Sociedad Digital) y DII (Digital Intensity Index). El autodiagnóstico indicará el nivel de digitalización del negocio de ‘muy bajo’ a ‘muy alto’. Asimismo, este cuestionario muestra al autónomo los indicadores nacionales del resto de pequeños negocios analizados previamente. Gracias a esto, el emprendedor puede compararse con la media española y descubrir en que aspectos invertir para tener ventaja respecto a sus competidores.

Este es el enlace para que los autónomos cumplimentan su test de digitalización: https://acelerapyme.gob.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme

Una vez cumplimentado este test, los profesionales tendrán ya muy agilizados los trámites para poder solicitar los fondos. Sólo tendrán que esperar a que se abra su convocatoria según las fechas señaladas e iniciar su procedimiento de solicitud. 

¿En qué podrán gastar la ayuda los autónomos con entre tres y diez empleados?

Aunque todavía no están disponibles las convocatorias para el segundo y tercer segmento -autónomos sin plantilla y con hasta diez empleados- ya se sabe en qué van a poder gastar el dinero y cuánto podrán invertir en cada solución. En la siguiente tabla publicada en el Boletín Oficial del Estado, se detallan los conceptos y cuantías subvencionables.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)

Gastos no subvencionables

La orden que fijó en diciembre las bases generales para las ayudas del Kit Digital también precisó los gastos que no entran dentro de las ayudas. En general, "y para resumir, todos los costes que no sean soluciones o herramientas que implanten y mantengan los agentes digitalizadores homologados, no es subvencionable", apuntó Elena Melgar, directora de proyectos de ATA.

Un ejemplo de estos gastos que tendrá que asumir el autónomo y no podrá cubrir con las ayudas es el IVA y otros impuestos como el IRPF. "Ni los fondos Next Generation, ni en general nuestra ley de subvenciones permiten destinar ninguna ayuda a pagar estos impuestos. Entre otras cosas porque el IVA soportado, para los autónomos que no están exentos, se puede recuperar al 100% en la autoliquidación del trimestre que corresponda", añadió Melgar.

A continuación se detallan éste y otros gastos que la orden publicada en el BOE precisa expresamente como "no subvencionables".

  • Los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local.
  • Los intereses de las deudas
  • Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales
  • Los gastos derivados de procedimientos judiciales. 
  • Gastos financieros.
  • Gastos de infraestructura y obra civil
  •  Terrenos.
  • Hardwares
  • Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
  • Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, de gestoría o de similar naturaleza).

¿Qué requisitos tienen que cumplir los negocios para ser beneficiarios?

En cuanto a los requisitos, se espera que en las siguientes convocatorias sean similares a los que se han publicado para los actuales beneficiarios. Éstos serían:

  1. Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, donde se debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  2. No tener la consideración de empresa en crisis 
  3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  4. No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones. Tales como haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas; haber solicitado la declaración de concurso voluntario, ser insolventes o hallarse declarados en concurso; haber sido declarados culpables a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  5. No superar el límite de ayudas de "mínimis", que son todas aquellas subvenciones que por ser de baja cuantía no necesitan comunicar su concesión a la Comisión Europea. Este requisito de comunicar las subvenciones se realiza con el fin de comprobar si son compatibles con el mercado común.
  6. Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.