Obligaba a pagar el impuesto en el país del comprador

La UE retrasa hasta julio de 2021 el nuevo sistema de IVA para el comercio online

Todas las tiendas online tendrían que haber empezado el 1 de enero a pagar el IVA en el país de destino de la venta el producto, pero la Unión Europea ha retrasado la obligación. Todo apunta a que la modificación empezará aplicarse en julio de 2021, aunque la fecha podría aplazarse aún más.

autonomo-negocio-ecommerce-iva
La UE retrasa hasta julio de 2021 el nuevo sistema de IVA para el comercio online

La Unión Europea decidió retrasar hasta el próximo 1 de julio de 2021 la implantación del nuevo sistema de IVA para los ecommerce y que obliga a estos comercios, entre otras novedades, a tributar en el país de destino (y no en el de origen, como ocurre ahora). Sin embargo, la crisis ocasionada por el coronavirus ha impedido a las administraciones públicas de los Estados miembro asumir el cambio que requiere la Directiva (UE) 2017/2455 a tiempo y, finalmente, se ha aplazado la entrada en vigor de la normativa.

En 2017, el Parlamento Europeo dio luz verde a la Directiva que cambia completamente la forma en la que los negocios de venta de productos y servicios por internet operan. El objetivo de la norma es armonizar el tratamiento del impuesto en las operaciones intracomunitarias, es decir, entre los estados de la Unión Europea. Poniendo con ello fin a las desigualdades que esta forma de vender online estaba originando entre los países.

Actualmente, cuando una tienda online vende a un particular dentro de la UE, está obligada a aplicar el tipo impositivo de IVA que hay en su país de origen, con independencia del tipo que exista en el país de destino. Según explicó Fernando Matesanz, director de Spanish VAT Services Asociados, esta forma de operar está haciendo que “se generalicen las ventas por internet desde los países con tipos impositivos más bajos, en detrimento de los que los tienen más altos”. Además, aplicar un tipo u otro afecta al beneficio final que obtiene un negocio.

El experto puso como ejemplo que no es lo mismo aplicar a un producto que vale 100 euros, el IVA al 21% de España, que al 17,36% que tiene Bélgica, o el 14,53% de Luxemburgo, ni el 18,70% de Polonia. Para corregir esta desigualdad, la Directiva (UE) 2017/2455 establece, entre otra serie de cuestiones, la creación de un Sistema Común de IVA, que hará que las ventas de los negocios a particulares tributen por el país de destino. Sin embargo, Europa todavía está lejos de verlo.

Se podría atrasar incluso hasta 2022

Aunque la última decisión que se conoce de la Comisión Europea es que los cambios en materia de IVA para el ecommerce van a empezar a ser efectivos a partir del 1 de julio de 2021, lo cierto es que su aplicación podría retrasarse incluso hasta el 2022.

Desde la empresa especializada en el tratamiento de este tributo y que sigue la últimas novedades de la negociación, IVA Consulta, explicaron que una vez que se confirmó que se aplazaba la implantación de la Directiva (UE) 2017/2455 hasta el próximo mes de julio, “los Países Bajos sugirieron a la Comisión Europea que estudiase una nueva extensión”.

En concreto, la propuesta de los Países Bajos es que “la fecha más temprana de implementación a la que puede comprometerse es el 1 de enero de 2022. Sin embargo, hay un bloque de Estados miembros — compuesto por Austria, Bulgaria, Francia y Malta— que prefieren que la normativa se ponga en marcha el 1 de julio de 2021”.

Otras novedades que implica la normativa

Que las ventas tributarán en el país de destino no es la única novedad que la Directiva (UE) 2017/2455 recoge para el ecommerce. De hecho, la norma, que es extensa y complicada, establece otra serie de novedades en cuanto a tratamiento del tributo que hacen los negocios que operan online. “Son muchas reglas y afectan a distintos sectores y tipos de empresas”, aseguró Pablo Lujan, uno de los socios de IVA Consulta”. Lujan resumió los principales cambios que supondrán para los negocios que venden por internet la entrada en vigor de la normativa.

  •  Un umbral específico para los pequeños negocios

Hasta ahora, cuando un negocio vendía a otros países tenía que fijarse en el umbral de cada país, pues, por ejemplo, “si Alemania tenía un umbral de 100.000 euros, y hacía ventas de 100.001 euros tenía que pasar a repercutir IVA alemán, por debajo de esa cifra aplicaba IVA español. A partir de julio de 2021, ocurriría algo similar para los pequeños negocios que vendan online.

Según contó este experto, la UE ha unificado todos los umbrales a 10.000 euros. Es decir, todos los países de la Unión Europea tienen ese mismo umbral y los pequeños negocios que vendan a un país intracomunitario por debajo de los 10.000 euros podrán seguir pagando IVA español. Pero si superan esa cantidad, tendrán que empezar a pagar el IVA del país de destino.

  • Se simplifica la prestación del IVA

Para los ecommerce que tengan que tributar en el país de destino, la presentación del IVA se simplifica. “Se hará a través de un modelo de declaración y autoliquidación de ingresos en el país donde esté. En España éstos tendrán que rellenar un modelo más de la Agencia Tributaria”, señaló.

Se trata de una novedad realmente importante, pues antes los negocios que realizaban ventas online y que se veían obligados a tributar en el régimen de destino, tenían que ir a registrarse a dicho país para presentar el IVA. Lo que suponía tener que encontrar un asesor en el país de destino, que hablase ambos idiomas y que facilitase el pago del IVA.

  • Se suprime la actual exención de IVA para las importaciones de paquetes de bajo valor en la UE

“Antes, cuando un negocio importaba una mercancía de menos de 22 euros no había ningún tipo de liquidación aduanera. Y como por ahí entra mucha mercancía que no paga impuestos, la UE ha introducido esta modificación para que se paguen impuestos desde el minuto uno”, explicó Lujan.

La recaudación del IVA se puede transferir a los operadores postales, transportistas urgentes y agentes de aduanas en circunstancias específicas. “Esta novedad les supone una carga de trabajo más para ellos”, apuntó.

  • Se introducirán nuevos requisitos de mantenimiento de registros para vendedores y plataformas.

"A las plataformas que sean intermediarias les van a obligar, en algunos casos, a hacerse responsables de la compra de ese servicio y, con ello, de la carga de pago a la Administración. Pero esto sólo ocurrirá bajo algunas circunstancias, que no están nada claras en la norma”, comentó Lujan.

Hay aspectos que no están claros

A juicio de Lujan, hay aspectos de la Directiva que no están claros.“La forma de notificar cualquier error o aspecto con la Administración de país de destino no está definido. ¿Van a enviarme una carta o un email en esloveno? Son cosas que no están reguladas” denunció.

Por eso cree que el aplazamiento será beneficiosos, especialmente para ellos, los asesores. “Hemos estado todos estos meses trabajando con el covid-19, y casi no hemos tenido tiempo de aclarar la Directiva (UE) 2017/2455. Este margen de tiempo nos permitirá estudiarla con detenimiento porque, además, justo el 1 de enero también se hace efectivo el Brexit”.