Recomendaciones que podría seguir el Gobierno

Así afectarían las propuestas del Pacto de Toledo a la futura pensión del autónomo

El Pleno del Congreso ratifica las propuestas del Pacto de Toledo para la futura reforma de las pensiones. Éstas son las líneas maestras que podrían afectar a la pensión de los autónomos.

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Así afectarían las propuestas del Pacto de Toledo a la futura pensión del autónomo

Tras cinco años sin actualizar las recomendaciones, el Pacto de Toledo llegó por fin a un acuerdo el pasado mes de octubre para renovar veintiuna propuestas sobre la futura reforma de las pensiones, y que afectarán a la jubilación de miles de autónomos y asalariados.

La Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo acordó varias líneas maestras que el Ejecutivo debatirá con los agentes sociales y que podrían acabar convirtiéndose en norma próximamente. Algunas de las recomendaciones repercutirán en la pensión pública de los autónomos, y también en sus planes privados de ahorro.

Entre otras cosas, se podría modificar el método de cálculo para ampliar los últimos años que se tienen en cuenta para la pensión; recuperar el IPC como referencia para las revalorizaciones anuales de las pensiones o aumentar las penalizaciones y los incentivos para los autónomos que adelanten o retrasen su jubilación respecto a la edad legal.  

Según Fundación MAPFRE, estas líneas de actuación se pueden condensar en "dos compromisos principales: el primero de ellos con los pensionistas, que verán como sus pensiones se revalorizan con el IPC. El segundo con el propio sistema de pensiones, al que se pretende “limpiar” de gastos impropios que venía soportando y que suponían unos 20.000 millones de euros. Entre esos gastos se encuentran parte de las prestaciones no contributivas (de carácter asistencial), políticas de incentivos al empleo a través de reducciones de cuotas, políticas de apoyo a las familias o gastos de funcionamiento".

Posibles cambios para los futuros pensionistas autónomos

En su objetivo de fomentar la cultura del ahorro y la previsión social, la entidad resumió estas líneas en varios apartados importantes que podrían afectar al colectivo de pensionistas en general y los autónomos en particular. El primero de ellos, sería la revalorización de las pensiones vinculándolas al IPC.

Pensiones en base al IPC

Los pensionistas son uno de los sectores de población más perjudicados por las variaciones que la inflación ocasiona sobre el coste de la vida. Por ello, la revalorización anual de las pensiones en base al IPC real se presenta como el mecanismo que ha de servir para conservar el poder adquisitivo de las pensiones.

Posible elección de los mejores años de la vida laboral

Otra de las recomendaciones acordadas por el Parlamento y que interesan a los autónomos es que, finalmente se mantienen los 15 años como período mínimo de cotización para poder acceder a la pensión contributiva; también se mantienen los 25 años para calcular la base reguladora de la pensión a percibir. Algo importante a destacar es que se deja la puerta abierta a que asalariados y autónomos puedan elegir sus mejores años cotizados para hacer el cálculo final.

Al parecer, la Comisión consideró adecuado mantener en quince años el periodo mínimo de cotización necesario para acceder a una pensión contributiva de la Seguridad Social. También la progresiva ampliación de 15 a 25 años del periodo de tiempo utilizado para el cálculo de la base reguladora -que culminará en 2022- implica un reforzamiento de la contributividad del sistema de pensiones.

Además, se trasladó al Gobierno la importancia de evaluar, a la mayor brevedad posible,  la facultad de elección de los años más favorables en la determinación de la base reguladora de la pensión.  Según la comisión, esta solución puede resultar interesante en supuestos como el de personas que, a partir de una determinada edad y durante un largo periodo de tiempo, hayan experimentado una reducción significativa de las bases de cotización.

Acercar la edad real de jubilación a la legal

Además, en consonancia con las intenciones del Gobierno, parece que hubo acuerdo en el Pacto de Toledo en la necesidad de acercar la edad real de jubilación a la edad legal, que será de 67 años en 2027. Según el Gobierno, podría ayudar a lograrlo si se cambian los coeficientes reductores que se vienen aplicando cuando un autónomo pretende jubilarse anticipadamente, endureciéndolos en muchos casos para desincentivar el retiro antes de la edad marcada por la ley (ahora 65 años y 10 meses).  Al mismo tiempo, también se recomendaría incentivar más la jubilación demorada. 

Además, según la comisión, es necesario profundizar en la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación, siempre que dicha prolongación no esté motivada por una pensión insuficiente. Por ello, es probable que también se fomenten determinados mecanismos para compatibilizar la actividad profesional con la pensión, como la conocida jubilación activa, a la que pueden optar los autónomos.  

Sistema de cotización por ingresos reales

Asimismo, también se recomienda un sistema de cotización por ingresos reales para los autónomos, implantado de manera gradual, atendiendo a las particularidades del colectivo y acordado en el marco del diálogo social.

Cambios en el ahorro privado

Uno de los puntos más interesantes de esta nueva reforma se refiere a la decisión de dar un impulso a los planes de pensiones de empresa para aumentar la base de ahorro privado en España, muy por debajo de la media de los países vecinos de la Unión Europea. En nuestro país, sólo el 26% de la población en edad de trabajar está cubierta por un instrumento de previsión social privado.

De hecho, según UNESPA, la patronal de las compañías aseguradoras, es “absolutamente necesario que los sistemas obligatorios de pensiones (primer pilar) se complementen con unos sistemas profesionales de pensiones colectivos (segundo pilar) y con los productos adicionales individuales del tercer pilar”.

En España, actualmente, las aportaciones a Planes de Pensiones y PPA son deducibles en la base imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con unos límites y en función del volumen de sus rendimientos de trabajo y/o actividades económicas. Desde 2015, el límite de aportaciones es de 8.000 euros anuales de los cuales se podrá deducir un máximo del 30% de sus rendimientos de trabajo y/o actividades económicas. En el caso de que el cónyuge sin rendimientos de trabajo aporte al mismo plan, su límite será de 2.500 euros.

Sin embargo, el nuevo Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 aprobado por el Consejo de Ministros, contempla modificaciones en estos límites.

Modificaciones en los límites de deducción 

Entre las medidas propuestas en dicho Proyecto de Ley, se encuentra la creación de un fondo público de pensiones en el plazo de un año. Esta propuesta afecta directamente a los trabajadores por cuenta propia, dado que tiene como objetivo promover el ahorro que complemente la futura pensión, y está pensado especialmente para los trabajadores que no tienen acceso a planes de pensiones privados empresariales; como los autónomos o los empleados de muchas pequeñas y medianas empresas, o los trabajadores del sector público, entre otros.

Esta reforma pretende reducir los incentivos a los productos individuales rebajando el límite de deducción fiscal de 8.000 a 2.000 euros frente a los colectivos (empresariales cuyo límite aumenta de 8.000 a 10.000 euros. Algo muy relevante, ya que el tratamiento fiscal que reciben estos productos de ahorro es clave para fomentarlos.

Características de los planes de pensiones

Más allá del límite de deducciones, hay que tener en cuenta que con estos planes de ahorro privado no se podrá disponer en cualquier momento del dinero depositado en los planes de pensiones.  Se podrá retirar sin penalizaciones en caso de jubilación, incapacidad, dependencia o fallecimiento. Además, también se podrá percibir la prestación en los supuestos de enfermedad grave y desempleo de larga duración.

Sin embargo, recordaron desde Fundación MAPFRE, "la nueva ley 26/2014 que modifica la ley 35/2006 de IRPF permite la posibilidad de que, a partir del 1 de enero de 2025, se pueda disponer de las aportaciones y los rendimientos generados por dichas aportaciones cuando tengan más de 10 años de antigüedad, así como de los derechos consolidados existentes a 31 de diciembre de 2014".  

Una vez que el autónomo se jubile, podrá percibir el capital ahorrado en el Plan de Pensiones. Será ese el momento de realizar un análisis detallado sobre cuál es la mejor manera de percibir el dinero ahorrado: se puede cobrar en forma de capital -de golpe-, en forma de renta -mensual- o de forma mixta. Sin embargo, recomiendan desde Fundación MAPFRE, "en función del importe a cobrar, si es muy elevado, el tipo impositivo puede incrementarse mucho si incluimos esos rendimientos de trabajo en bloque en el mismo año. Por ello, la opción de cobrar el dinero en forma de rentas periódicas es una magnífica alternativa para diferir el impacto fiscal".

Calculadora de pensiones actualizada 

En todo caso, y hasta que entren en vigor estos cambios, Fundación MAPFRE también pone a disposición de los autónomos una herramienta para calcular fácilmente lo que cobrarán de pensión pública al retirarse.

Se trata de un simulador de pensiones, que permite calcular la prestación mensual aproximada que recibirá el trabajador por cuenta propia cuando se retire, teniendo en cuenta todos los datos y normas que determinan la jubilación actualizados a este año.

Así, al acceder al simulador, la herramienta solicita algunos datos relevantes para el cálculo de la pensión, como pueden ser la fecha de nacimiento o los años cotizados. Además ofrece la posibilidad al autónomo de señalar que trabaja por cuenta propia y así poder precisar cuál es la base por la que cotiza.