Una decisión controvertida del Gobierno

Los autónomos en insolvencia no están obligados a abrir un concurso de acreedores hasta marzo 2021

El Gobierno ha decidido impedir que los acreedores de un autónomo soliciten la apertura de un concurso hasta 2021. La medida pretende dar más tiempo a los negocios con deudas para que se recuperen.

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Los autónomos en insolvencia no están obligados a abrir un concurso de acreedores hasta marzo 2021

El Gobierno pretende proteger a los negocios con deudas a causa de la pandemia y que éstos no tengan que realizar un concurso de acreedores. Mediante la aprobación del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, el Ejecutivo elimina la obligación de poner en marcha un proceso concursal hasta el próximo mes de marzo de 2021, aunque el autónomo se encuentre actualmente sin posibilidad de hacer frente a sus deudas. 

La vicepresidenta y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, fue la encargada de anunciar esta medida -que ya recogía el Real Decreto-ley 3/2020- en el Consejo de Ministros del pasado 17 de noviembre: “en septiembre se aprobaron algunas medidas en materia concursal que ahora prorrogamos. En concreto, se extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración de concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes". Además, se prolonga hasta el 31 de enero el periodo en el que los jueces no podrán admitir a trámite las solicitudes de incumplimiento de convenios de acreedores y de acuerdos de refinanciación.

El objetivo que persigue el Ejecutivo es ofrecer un salvavidas a los pequeños negocios afectados por la emergencia sanitaria. Según explicó Calviño, “la crisis sanitaria del Covid-19 puede suponer que muchas empresas sufran una caída de sus ingresos que dé lugar, con carácter transitorio, como consecuencia de la situación excepcional al cumplimiento de las condiciones que normalmente reflejan una situación de insolvencia y que llevarían a entrar en alguna de las causas que exigiría solicitar el concurso de acreedores [...] Se trata, en definitiva, de apoyar a empresas solventes, permitiéndoles la refinanciación o reestructuración de su deuda”.

Sin embargo, los expertos encargados de la realización de estos concursos de acreedores no creen que la extensión de la medida sea la mejor forma de ayudar a los pequeños negocios. “Nosotros no estamos de acuerdo con las medidas en materia concursal aprobadas por el Gobierno”, afirmó Diego Comendador, presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC). Según explicó, la prohibición de solicitar concursos hasta el próximo 14 de marzo sólo está prolongando el cierre de empresas. “Esta moratoria está engañando a mucha gente, porque no se les explica con claridad que si tienen problemas de insolvencia lo que tienen que presentar es el concurso y acometer las soluciones cuanto antes” apuntó Comendador.

La extensión de los nuevos cambios

En concreto, y como explicó el presidente de ASPAC, los cambios extendidos en el procedimiento concursal afectan al modo en el que éste se inicia. En estos momentos, la Ley Concursal establece que un concurso de acreedores se puede abrir de dos formas: voluntariamente, es decir, el deudor -en estos casos sería el autónomo - abre el concurso porque identifica que no puede hacer frente a todas sus deudas; y a solicitud de los  acreedores – véase proveedores de un pequeño negocio - por el retraso en el pago.

Los cambios introducidos en Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, permiten que, por un lado, un autónomo que tiene conocimiento de su situación de insolvencia, y que en otras circunstancias estaría obligado en un plazo de dos meses a iniciar el concurso, no tenga que hacerlo hasta el próximo 14 de marzo de 2021. De la misma forma, impiden que los procedimientos concursales iniciados por los acreedores sean admitidos por los juzgados hasta el 30 de enero de 2021.

Según Comendador, se crea de esta forma una “protección hacia el negocio insolvente, porque prevalece la declaración del concurso voluntario”. Es decir, si un acreedor abre concurso ahora mismo, éste queda bloqueado en el juzgado, y si el deudor presenta el concurso, a partir del 14 de marzo, “éste prevalecería, y el concurso se iniciaría como voluntario, en vez de como necesario, lo cuál es más ventajoso para el autónomo con deudas”.

Los administradores califican la medida "como una huida hacia delante"

Para el presidente de la ASPAC, Diego Comendador, las novedades introducidas en materia concursal “no van a ser efectivas. El Gobierno ha hecho una huida hacia adelante . Es decir, no ha afrontado el problema ahora y lo ha retrasado hasta marzo”. Una dilatación a la hora de hacer frente a la situación económica de los negocios, que puede llevar a muchos al cierre, porque “los concursos que se realizarán en marzo serán, prácticamente todos liquidativos, puesto que los negocios han estado durante varios meses con problemas y sin haber acometido soluciones. Éstos llegarán exhaustos y sin recursos al procedimiento y lamentablemente tendrán que cerrar” detalló Comendador.

“Un autónomo no puede dejarse llevar porque tenga la protección del Estado, sino que tiene que moverse desde el primer momento en el que detecte que tiene problemas de liquidez, para intentar llegar a un acuerdo con sus acreedores. Antes, incluso, de la declaración. Pero es un paso que tiene que hacer cuando la actividad es viable. Sin embargo, lo que ocurre es que como muchos le tienen aversión al concurso, demoran su presentación y lo único que consiguen es disminuir sus posibilidades de supervivencia" apuntó el administrador concursal y presidente de ASPACT.

Por esa razón, animó a los negocios que se encontrasen con problemas de liquidez a presentar e iniciar un concurso. “Que ya no tenga la obligación, no significa que no tengan la devoción. Es decir, la necesidad de presentarlo. El proceso concursal es una herramienta para que los negocios puedan reestructurarse económicamente”, comentó Comendador. Que aludió al hecho de que había visto como empresas que tenían problemas económicos, habían vuelto a resurgir a través de un procedimiento concursal.

“La Ley Concursal no sólo regula la declaración del concurso, sino que prevé mecanismos preconcursales como: la homologación de acuerdo de refinanciación, el acuerdo extrajudicial de pagos,..., que pueden ser muy efectivos” reconoció. Por ejemplo, a través de estas herramientas un autónomo podría renegociar el alquiler de su oficina: “toda deuda que tenga un autónomo se puede negociar” aseguró el presidente de ASPAC.

Hacer un "triaje" a los negocios

En cuanto a qué mecanismos deberían implementarse para ayudar a los negocios con dificultades económicas, Comendador aludió al hecho de realizar un “triaje”, mecanismo que se utiliza para distinguir aquellos que funcionan de los que no, los salvables de los que es imposible reflotar. “Hay muchas empresas que están viviendo artificialmente gracias a los respiradores como los ERTE, los ICO, los cese… Y si se les quitaran, morirían”.

A su modo ver, las ayudas deberían enfocarse a los negocios que antes de la Covid-19 tenían resultados positivos y podían mantenerse por si mismos.

Las Administración debería condonar también las deudas

Por último, Comendador comentó la postura del Banco de España sobre que la Seguridad Social y Hacienda deberían condonar la deuda. “Entendemos que las administraciones no deberían tener los privilegios que tienen actualmente. En la mayoría de los países europeos no sucede esto” apuntó.

Además, explicó que son “partidarios” de que las deudas con la Administración se puedan perdonar, “porque son los primeros que conocen el estado de insolvencia del deudor. Ellos mismas tienen mecanismos para evitar que esta deuda se incremente”.