Falta un mes para que acabe la campaña

Los autónomos pueden pedir cita previa para realizar la declaración de la Renta presencial desde este jueves

A falta de un mes para que acabe la campaña de la Renta 2020, los autónomos ya pueden solicitar desde este jueves 27 de mayo cita previa para realizar su declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
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Los autónomos pueden pedir cita previa para realizar la declaración de la Renta presencial desde este jueves

Los autónomos y pequeños negocios que aún no hayan hecho su declaración de la Renta 2020, tienen hasta el 30 de junio para presentarla. Por ello, Hacienda abre el plazo, este jueves 27 de mayo, para pedir cita previa para hacer la declaración con apoyo presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Y a partir del 2 de junio, se empezará a asistir a los trabajadores por cuenta propia para la confección y presentación de todos sus documentos.

Según la Agencia Tributaria, en la anterior campaña se atendieron 316.000 declaraciones presenciales. No obstante, debido a las contingencias de la crisis sanitaria, la administración tuvo en cuenta la importancia que tiene este año la declaración presencial para determinados contribuyentes. 

Los distintos supuestos de percepción de prestaciones y ayudas para los autónomos y pequeños negocios, pueden llegar a suponer una dificultad a la hora de completar la declaración. Por ello, se  prevé reforzar la asistencia personalizada para apoyar, entre otros, a los afectados por cese de actividad, subvenciones y prestaciones o Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE).

Cabe destacar además que, cuanto antes se realice la declaración, antes se percibirá el dinero si sale a devolver. La Agencia Tributaria ya ha ingresado más de 3.700 millones de euros a 5,6 millones de contribuyentes con derecho a devolución un mes y medio después de haber empezado la campaña de la Renta. En total, hasta la fecha, se han presentado 10,3 millones de declaraciones, de las cuales 7,7 millones han sido a devolver.

Cómo pedir cita previa para realizar el IRPF presencial

Los autónomos que deseen hacer su declaración de la renta presencial pueden pedir cita previa a través de los distintos servicios que la Agencia Tributaria pone a su disposición:

- A través del portal web de la Agencia Tributaria, el trabajador por cuenta propia podrá concretar la cita previa accediendo con su NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.

- También se puede aplicar a través de la App móvil de la Agencia Tributaria. 

-  Asimismo podrá pedir cita por vía telefónica de lunes a viernes de  (de 9:00 a 19:00) a través de los teléfonos de atención personal: 901 22 33 44 o 91 553 00 71.

- Para cancelar su cita podrá también utilizar el teléfono automático, pero nunca para solicitarla: 901 12 12 24 o 91 535 73 26.

Se deberá concertar cita, desde el 27 de mayo al 29 de junio, por las vías indicadas anteriormente. 

El servicio de información general de la RENTA para los autónomos 

Por otro lado, como novedad, la Agencia Tributaria incorporó una nueva vía de asistencia a través del ‘Informador’ de la Renta. Se trata de una herramienta online que el autónomo puede encontrar en la web de la administración.

Gracias a ella, el trabajador por cuenta propia puede obtener información de los aspectos generales a tener en cuenta en su declaración: novedades de la campaña, servicios de ayuda, cómo identificarse, quién está obligado a declarar, opciones de tributación, contribuyente fallecido, declaración de inmuebles, deducciones por vivienda o familia numerosa, resultado de la declaración y cómo modificarla.

Los autónomos ya pueden realizar la Declaración de la Renta 2020 por teléfono

Además de la vía presencial, los autónomos que todavía no hayan confeccionado su declaración de la Renta por vía telemática a través del portal web de la Agencia Tributaria, tienen la oportunidad de hacerlo por vía telefónica, con la ayuda de un técnico de la AEAT. Gracias al ‘Plan Le Llamamos’, la Administración se pondrá en contacto con los trabajadores por cuenta propia y contribuyentes que soliciten, bajo cita previa, este servicio.

Desde el pasado 4 de mayo, los autónomos ya pueden solicitar la cita previa para acceder a este servicio. La administración recomienda tramitar la solicitud vía internet o mediante su servicio automático (902 121 224). De este modo, se concretará la fecha en la que el funcionario de la Agencia Tributaria llamará al trabajador por cuenta propia.

Asimismo, el contribuyente podrá elegir en qué tramo horario desea recibir la llamada (por la mañana o por la tarde) y el sistema automático le propondrá un día y una hora para la gestión de su declaración. En todo caso, la tesorería no comenzará a realizar las primeras llamadas hasta el 6 de mayo y dicho servicio se prestará hasta el último día de la campaña: el 30 de junio. El horario de llamadas será de lunes a viernes entre las 9 y las 20:30 horas y se enviará un mensaje de texto dos días antes cómo recordatorio.

¿Qué necesita aportar el autónomo para hacer su declaración vía telefónica?

Una vez obtenida la cita, la administración recomienda a los trabajadores por cuenta propia tener una serie de documentos a mano para realizar con facilidad y agilidad la tramitación de la declaración.

  • El número de referencia, para lo que el autónomo deberá disponer del DNI/NIE, su fecha de validez, de expedición o número de soporte.
  • Asimismo, deberá tener los datos de la casilla 5050 de la declaración de la Renta 2019. Dicha casilla corresponde con la ‘Base liquidable general sometida a gravamen’ y no con otra cantidad ni con el resultado de la declaración del 2019. Asimismo, este dato se puede obtener en la copia de la declaración o en el Documento de Ingreso o Devolución.

Asimismo, el organismo identificará en la llamada al contribuyente -o en defecto, al cónyuge-, con sus respectivos NIF y números de referencia.

¿Cuáles son los teléfonos para tramitar la Renta 2020 por teléfono?

Estos son los teléfonos que pueden utilizar los autónomos para cualquier información y tramitación de su cita para hacer la declaración de la Renta 2020:

  • 901 12 12 24 - 91 535 73 26 (servicio automático)
  • 901 22 33 44 - 91 553 00 71

Una herramienta le dice al autónomo cuánto va a tardar la Agencia Tributaria en devolverle la RENTA

Gracias a la herramienta oficial de la AET, los autónomos pueden conocer el estado de su declaración. Se trata de un mecanismo muy útil que permite conocer el estado de la RENTA y el proceso de devolución del dinero si sale a devolver.

El ingreso a devolver de la declaración de la RENTA puede ser un empujón para los autónomos que podrían estar atravesando situaciones económicas difíciles. Para que estos profesionales puedan conocer el estado de tramitación de la devolución de la RENTA pueden acceder al banner de la campaña 'Renta 2020: Avanzando contigo, de la página web de la Agencia Tributaria. Acto seguido, entrar a la opción de 'servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)'. Una vez ahí, habrá que identificarse con el certificado o DNI electrónico, a través del sistema Cl@VE PIN o con la referencia de la RENTA 2020. Una vez que la persona se identifique, el autónomo podrá saber en qué estado se encuentra su devolución de la RENTA.

Algunos de los resultados que pueden salir son: 

  • 'Su declaración se está tramitando'.
  • 'Su declaración está siendo comprobada'
  • 'Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted'.
  • Etc.

Cuanto antes se declare el IRPF, antes se recibirán las devoluciones 

Aunque el plazo para presentar el modelo 100, de declaración anual de IRPF, se extiende hasta el 30 de junio, los expertos recomiendan rendir cuentas con Hacienda cuanto antes para recibir también cuanto antes las devoluciones, en el caso de que las hubiera.

Tener que recibir o pagar dinero a Hacienda, depende fundamentalmente de tres aspectos: que los pagos a cuenta del IRPF sean superiores o inferiores al impuesto liquidado; que se puedan aplicar ventajas fiscales que disminuyan el impuesto a liquidar; o que se hayan obtenido ingresos no sujetos a retención que lo aumenten. Y es muy probable que, dada la mala situación del colectivo durante el pasado año, que es el que se va a declarar ahora, muchos contribuyentes tengan derecho a devolución.

Aunque no es habitual que Hacienda se retrase en las devoluciones, a veces, sucede. De hecho, la propia ley de IRPF  prevé dicha demora. En su artículo 103 explica que el ingreso de la devolución "se realizará en los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración. Y en el caso de que haya sido presentada fuera de plazo, los seis meses se computarán desde la fecha de su presentación". 

Y uno de los motivos más frecuentes de retraso de la Agencia Tributaria en la devolución del dinero al contribuyente es precisamente haber esperado a los últimos días para presentar la RENTA. Como es lógico, la Administración tardará más en hacer la devolución ya que la declaración se pondrá a la cola de todas las presentadas con anterioridad.

Próximas fechas clave para los autónomos con la Agencia Tributaria

Además de la campaña de la Renta 2020 vía telefónica, los autónomos tendrán hasta el 20 de mayo para presentar el Modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referente al pasado mes de abril.

Asimismo, éstas son algunas de las obligaciones tributarias a los que los autónomos tendrán que enfrentarse de cara al futuro:

Junio

- El próximo 2 de junio la Agencia Tributaria abre sus puertas para poder realizar la declaración de la Renta en sus oficinas. (Hasta el 30 de junio)

- Hasta el día 21 de junio: para presentar el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referente al pasado mes de mayo.

- Hasta el 25 de junio: finaliza el plazo para presentar la declaración de la RENTA y Patrimonio 2020 con resultado a ingresar a cuenta.

- Hasta el día 30 de junio: aunque no es recomendable dejar pasar tanto tiempo, los autónomos, y el resto de contribuyentes, tienen hasta el 30 de junio de 2021 para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2020. 

Julio

- Hasta el 20 de julio: esta es la fecha máxima que tienen los autónomos y pymes para volver a presentar de nuevo los mismos modelos que en enero y abril. El modelo 111 y el 115, correspondientes a retenciones de IRPF y alquileres del segundo trimestre de 2021, respectivamente. También modelo 349 para quienes hayan realizado operaciones intracomunitarias (hay que presentar el referente a junio de 2021 y a segundo trimestre de 2021). El modelo 303 de la autoliquidación del segundo trimestre de 2020. Además de los pagos fraccionados a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).

- Hasta el 30 de julio: para presentar el modelo 303 de autoliquidación de IVA.