Un documento que regula las condiciones del trabajo

El contrato de prestación de servicios protege al autónomo frente a su cliente

El contrato de prestación de servicios protege de alguna manera al autónomo y establece desde los pagos hasta ciertas condiciones en el desarrollo de su trabajo. Estas son sus características y utilidades.

El contrato de prestación de servicios protege al autónomo frente a su cliente

Aunque muchos profesionales autónomos no lo sepan, pueden pedir a su cliente la firma de un documento que garantice las condiciones de su trabajo y les proteja mínimamente ante posibles impagos. Se llama contrato de prestación de servicios y, aunque no es obligatorio, sí puede ser muy recomendable para ciertos trabajos por cuenta propia. 

Abogados, informáticos, asesores, gestores o periodistas. En definitiva, cualquier autónomo que presta un servicio a cambio de una remuneración puede recurrir a este tipo de contratos. "Desde una operación estética, hasta los servicios de mantenimiento web que presta un informático a una empresa. En muchas situaciones, es más que recomendable que ambas partes -tanto el autónomo como el negocio o particular que le contrata- dejen claro y por escrito cuándo, cuánto y cómo se pagarán los servicios; qué materiales se utilizarán, o en qué fecha deberá estar listo el trabajo. Es un respaldo para el trabajador por cuenta propia y para su cliente" explicó Alberto Ara, abogado laboralista. 

El contrato de prestación de servicios no se rige por el Derecho laboral sino por el Código de comercio, sin embargo, su finalidad no dista mucho de la de cualquier contrato de trabajo que pudiera tener un asalariado. "No sólo deja bien claro en qué consiste tu servicio y las condiciones que debe cumplir tu cliente, sino que además te defiende ante posibles problemas futuros" señalaron desde la gestoría online 'Txerpa'. 

Según esta empresa, hay tres motivos por los que cualquier autónomo que vaya a prestar un servicio de larga duración, con un cliente desconocido y por un importe elevado debería formalizar este tipo de contrato: "Describe el servicio y las obligaciones de ambas partes; cubre al autónomo ante cualquier situación, porque señala las posibles indemnizaciones en el caso de ruptura o desacuerdo en la relación; y además es una garantía para el empresario -o trabajador por cuenta propia- que contrata los servicios porque se cubre las espaldas ante posibles inspecciones". 

Un contrato útil para trabajos en los que "no hay un resultado cierto"

Si un autónomo vende un producto, la operación es relativamente sencilla: el cliente recibe un bien y paga por él. Sin embargo, la cosa se complica cuando el profesional "no presta un servicio con resultado cierto. Es el caso de un informático que llega a un acuerdo para el  mantenimiento web de una empresa, durante un tiempo determinado. En este caso, los estándares de calidad y el resultado del trabajo son cuestiones tan amplias y poco objetivas que conviene concretarlas. ¿Qué labores debe realizar el profesional? ¿Cómo se mide el desempeño? ¿Qué quiere la empresa exactamente? ¿Qué sucede si un día, por ejemplo, se cae el servidor y el negocio pierde ventas? Todo esto se resuelve con un contrato de prestación de servicios" comentó Alberto Ara, abogado laboralista. 

Lo mismo sucede con una empresa que contrata los servicios de asesoría de un autónomo. El resultado no es fácil de medir y, por tanto, conviene matizar en un documento legal no sólo los plazos de pago y cantidades, sino también cómo se desarrollará el servicio y cómo se resarcirá a cualquiera de las dos partes si algo sale mal. De hecho, las indemnizaciones suelen ser uno de los motivos principales por los que se firman este tipo de contratos que respaldan a los firmantes si algún día tienen que resolver cualquier conflicto, derivado del servicio, ante un tribunal.

Además, estos documentos deberán recoger algunas cuestiones fundamentales, como los datos de ambas partes, organización y retribución del trabajo, o sus plazos de realización, que aseguran que tengan validez y cumplan con su principal cometido: proteger al autónomo y a su cliente ante posibles conflictos en el desarrollo del servicio. La Gestoría Txerpa recogió siete elementos que debe contener cualquier contrato de prestación de servicios.

Lo que debe contener un contrato de prestación de servicios

  • Identificación de las partes: los datos de las partes implicadas y a qué se dedican, así como los datos de la persona o personas que firman el acuerdo en representación de la empresa.
  • Descripción del servicio: cuál es, en qué consiste y su propósito final.
  • Duración: fecha de inicio y de fin, si la tuviera. Si se trata de la prestación de un servicio de manera indefinida, es conveniente reflejar las causas y plazos para extinguir el contrato.
  • Retribución: es aconsejable concretar el importe que se abonará por el servicio y sus condiciones de pago, o si el montante incluye impuestos. Para ahorrar malentendidos, tanto si el servicio se presta durante un tiempo determinado como si va a perdurar de manera indefinida, es preferible acordar los plazos de pago.
  • Condiciones: también para evitar posteriores conflictos, no está de más recoger por escrito las obligaciones que deben cumplir ambas partes en casos concretos y en algunos supuestos (como demoras en la entrega).
  • Incumplimiento: deben acordarse las consecuencias que conlleva incumplir las cláusulas establecidas en el contrato.
  • Firmas: muy importante, si el documento no incorpora las correspondientes firmas carece de toda validez.

¿Cuándo debe recurrir un autónomo a este tipo de contratos?

Si bien el contrato de prestación de servicios es clave para el desarrollo de algunas actividades, no siempre es necesario recurrir a él. "No es viable que un autónomo lo haga para cada servicio que preste. Siempre será útil, porque le cubre ante cualquier problema, pero se recomienda su uso, sobre todo, en trabajos de larga duración, con clientes desconocidos, o en los que se prevé que pueda haber malos entendidos. En definitiva, el autónomo debería utilizar este contrato a la hora de prestar servicios en los que considera que hay riesgos, tanto de impago como de desacuerdo entre las partes" comentó Alberto Ara.

Cuando el importe del trabajo vaya a ser elevado; cuando se vayan a invertir una gran cantidad de materiales en llevarlo a cabo; cuando se vayan a pedir anticipos o cuando, simplemente, el profesional considere que hay un alto riesgo de impago. En cualquiera de estas circunstancias, el contrato de prestación de servicios puede ser un gran aliado. De hecho, "en muchos casos, para cubrirse ante clientes morosos, los autónomos informan en el mismo contrato de los plazos de pago estipulados por la Ley de morosidad, y de los intereses a los que tendrá que hacer frente la empresa si se demora más de 30 días en abonar el importe de los servicios" añadió el abogado.