Una alternativa menos costosa que ir a juicio

La Corte de Arbitraje puede solucionar conflictos sin tener que acudir al juez

Para resolver un conflicto, los autónomos no siempre tienen que acudir a juicio. Existen alternativas extrajudiciales, menos costosas y más ágiles que los tribunales. Se llama Corte Española de Artbitraje y este organismo puede ser una solución muy útil para muchos pequeños negocios.

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La Corte de Arbitraje puede solucionar conflictos sin tener que acudir al juez

Problemas entre socios de un pequeño negocio, conflictos entre un autónomo y su proveedor. Son muchas y muy variadas las situaciones por las que un autónomo puede acabar en un tribunal. Esta es la realidad aunque el consejo de cualquier buen abogado siempre sea evitar llegar a juicio. Precisamente, lo que no saben muchos trabajadores por cuenta propia es que para resolver sus desencuentros no tienen por que acabar ante un juez. El procedimiento se llama Corte Española de Arbitraje y su mecanismo es muy sencillo: dejar a un árbitro que dirima y ponga fin al conflicto.

 Se trata de una vía extrajudicial, que puede ayudar a los pequeños negocios a solucionar sus conflictos de una forma más sencilla, rápida y económica que la vía judicial. Para acudir a ella, las partes de un conflicto deben ponerse de acuerdo voluntariamente y por escrito. En el documento, las partes dejarán constancia de que aceptan que sea un tercero -el árbitro-, el que se encargue de poner fin a sus diferencias. La decisión que tome el árbitro en el caso - aquí se denominan laudos- es considerada como una sentencia, que puede llevarse ante los Tribunales en caso de incumplimiento.

Sin embargo, el objetivo de acudir a este procedimiento es ahorrarse la vía judicial y, por lo tanto, aceptar la decisión que salga de la Corte,  por la que dos partes  que estén en conflicto deben estar de acuerdo en utilizar esta vía. Los casos que se tratan en este organismo son “conflictos mercantiles e internacionales que le sean sometidos por las partes, de cualquier área del mundo y prácticamente de todos los sectores”  según expone la Guía sobre la Corte elaborada por la Cámara de Comercio de España (la Corte es un organismo independiente que está adscrita a la entidad cameral). 

A parte de resolver los conflictos, la Corte cuenta con otra serie de funciones como: designar los árbitros, velar por la ejecución de los laudos, elaborar informes sobre la prácticas del arbitraje mercantil, aligerar la resolución de sus conflictos, entre otros.

La abogada, profesora y copresidenta de la Sección ADR's (Solución extrajudicial de controversias: Arbitraje-Conciliación-Mediación) del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), Nazareth Romero, aseguró que el arbitraje es un procedimiento "menos costoso". Para ella, asistir a esta vía extrajudicial implica que ambas partes tienen la predisposición de llegar a un acuerdo y han hecho "balance de su empresa y del conflicto y les compensa acudir al arbitraje. De ahí la importancia, del principio de autonomía para que ambas partes acuerden voluntariamente iniciar un proceso de estas características".

Sin embargo, y a pesar de los beneficios que puede llegar a tener para los trabajadores por cuenta propia el arbitraje, éste todavía no termina de asentarse. Romero afirmó que la razón es "que no lo conocen. O tienen prejuicios innatos contra él".

¿Cómo funciona la Corte?

La Corte Española de Arbitraje funciona en España desde el año 1981 y se encarga de poner solución a todos los arbitrajes mercantiles que le lleguen. A ella pueden dirigirse las personas físicas, los autónomos, personas jurídicas; o los asesores o profesionales que deseen utilizar esta vía para solucionar un problema. Esta experta en arbitraje apuntó que normalmente los casos que presentan los trabajadores por cuenta propia tienen que ver con materias patrimoniales, problemas con la banca o con reclamaciones de impagos, principalmente.

Para solucionar un conflicto a través de esta vía es necesario enviar una solicitud. Una vez aceptada, se elije el árbitro que se hará cargo del caso, “su elección se realiza mediante un sistema de ternas (tres) en el que prima la voluntad de las partes”. Finalmente, el árbitro emite un laudo que ambas partes deberán cumplir.

Antes de ello es necesario que ambas partes acuerden voluntariamente y por escrito acudir a esta vía. Para ello deben firmar una cláusula o contrato de arbitraje, ésta puede incluirse al principio de un contrato antes de que surja el problema, o cuando ya ha surgido. Romero aconsejó en este punto "firmarla al principio y no coge una cláusula de arbitraje modelo". Es decir, que la que se incluya y firme debe haber sido redactada específicamente para ese negocio o situación. 

En cuanto a la duración de los procedimientos, éstos suelen durar entre tres y cinco meses, en función del caso a tratar. Asimismo, el coste dependerá también del tipo de conflicto. Según la web de Cámara de España, el derecho de apertura y estudio del caso es de 800 euros, pero si la cuantía del arbitraje excede los 300.000 euros, los derechos de apertura ascienden a 1.000 euros. A esto, hay que añadir los derechos de administración y los cobros de los honorarios de los árbitros que variarán también en función de la cuantía que se dispute en el conflicto y las vicisitudes del propio caso.

Aunque el coste inicial pueda parecer alto, Nazareth Romero expresó que, al final, era menos costoso que la vía judicial, pero no sólo a nivel económico, si no en materia de entendimiento entre las partes, la predisposición para solucionar el problema, el tiempo empleado en ello, etc. "Además, si todos lo meses se ahorran por ejemplo 50€ para solucionar posibles contingencias de este estilo. Al final el coste no es tan alto". Asimismo, Romero aconsejó no acudir sólo a un proceso de arbitraje (o mediación) "salvo que el interesado sea abogado y tenga conocimientos legales. Lo mejor es ir siempre acompañado de un letrado jurista”. 

Hay que señalar que -aparte de la Corte Española de Arbitraje -(que está desde mayo de este año presidida por Elena Otero-Novas, la primera mujer que preside una de las principales instituciones arbitrales que existen en España) para solucionar un conflicto por esta vía, están las cortes de arbitraje presentes en la mayoría de las cámaras regionales y cuyo uso es preferente si el autónomo pertenece a la respectiva cámara de comercio de su provincia.