Guía para cuando es necesario reducir plantilla

El dilema de despedir a un empleado: esto es lo que debe saber un autónomo

Despedir a un empleado es un duro dilema y, a veces, puede suponer un quebradero de cabeza para el autónomo. Es necesario conocer el proceso que conlleva.

Despedir a un empleado_ estas son las cuestiones más importantes que debe conocer un autónomo
Despedir a un empleado: estas son las cuestiones más importantes que debe conocer un autónomo
El dilema de despedir a un empleado: esto es lo que debe saber un autónomo

Una de las decisiones más difíciles que se le plantea a un autónomo es despedir a un empleado. Unas veces porque, a diferencia de las grandes empresas, se ha convertido en pieza fundamental de la empresa o, incluso en un amigo, pero las circunstancias económicas del negocio no permiten mantenerle en su puesto. Y otras, porque es un trabajador que no cumple con las necesidades de la actividad. Es uno de los procesos que más preocupa a los autónomos, en buena parte por los costes que supone. No obstante, muchas veces es necesario y el proceso de despido de un empleado es algo complicado que es necesario conocer.

Si bien es cierto que muchos trabajadores por cuenta propia cuentan con un gestor o una asesoría, muchos tienen que abordar este tipo de situaciones por sí mismos y, por tanto, se generan grandes dudas sobre cuál es la forma correcta de llevar a cabo un despido. Si el autónomo no realiza la extinción del contrato según la normativa laboral, podrá enfrentarse a duras consecuencias económicas que podrían poner en riesgo, incluso, la continuidad de su negocio.

Uno de los puntos más importantes que el autónomo debe tener en cuenta es que existen tres tipos de despido, dependiendo de la causa: disciplinario, objetivo y colectivo. En concreto, “los trabajadores por cuenta propia suelen aplicar los dos primeros”, explicó el abogado laboralista de AGM Abogados, Luis San José.

El otro de los asuntos que más preocupa a los autónomos tiene que ver con el coste del despedido. En 2020 los autónomos y empresas españolas tuvieron que abonar entre 506 y 15.400 euros de indemnización media por despido, según los datos publicados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

¿Qué tipos de despidos puede llevar a cabo un autónomo?

Tal y como explica San José, hay tres tipos de despido: el disciplinario, el objetivo y el colectivo. “El autónomo puede aplicar cualquiera de los tres despidos, según en qué situación se encuentre. Los despidos disciplinarios y los objetivos son los que más utilizan los autónomos. Si, por ejemplo, el empleado ha quebrado la confianza del autónomo porque ha faltado a su trabajo, se llevará a cabo un despido disciplinario”, señaló el abogado laboralista.

  • Despido disciplinario: puede ser procedente, improcedente o nulo. Se da “por cualquier causa disciplinaria que se le achaque directamente al empleado. Es decir, se produce por culpa del trabajador.
  • Despido objetivo: se da por diversas causas que se encuentran en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. “Lo más normal es que el despido se produzca por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción”. En otra palabras, en este caso el despido no lo provoca el empleado, sino una causa que afecta al negocio y que obliga a reducir costes laborales.
  • Despido colectivo: es el llamado Expediente de Regulación de Empleo (ERE). También se da por una causa económica pero, en este caso, tiene que afectar a un porcentaje de trabajadores, según el tipo de empresa. “A aquellos negocios con menos de diez empleados no se aplicaría, ya que solamente puede darse en aquellos cuya plantilla supere los diez trabajadores”.

“Las causas del despido disciplinario están recogidas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, mientras que el despido objetivo está recogido en el número 52. Este último deriva al artículo 51, y cuando lo deriva es porque son causas económicas, técnicas, organizativas o de producción”, explicó Luis San José. “Es importante entender que todos los despidos pueden ser considerados procedentes, improcedentes o nulos. En el caso del despido objetivo, es siempre procedente, salvo prueba en contrario, en cuyo caso puede ser improcedente o nulo".

¿Cómo debe un autónomo despedir de forma correcta a un empleado?

Un despido tiene que realizarse mediante una carta, detallando los motivos de forma exhaustiva y justificándolos. Dicha carta debe comunicarse mediante entrega en mano o por burofax, ya que “son los canales más apropiados, aunque muchos ya se están realizando por otras vías, como Whatsapp o correo electrónico”, explicó San José. Si el despido es objetivo, deberán explicarse cuales son los motivos sobre esas causas que señala la ley, mientras que el despido disciplinario requerirá una explicación y descripción concreta de los hechos, fechas, matizaciones y descripciones exactas de lo ocurrido. “Muchos autónomos no lo entienden y piensan que es muy fácil despedir a una persona. Es importante detallar muy claramente los hechos y el porqué del despido. Si, por ejemplo, es por faltas de asistencia, se tendrá que especificar qué días y horas ha faltado el empleado y ver qué señala el convenio colectivo sobre dichas faltas de asistencia. Muchas veces se hacen despidos con causas genéricas, que son las que comportan que el juzgado lo considere improcedente”, señaló.

El autónomo debe tener en cuenta que un despido disciplinario nunca es amable, salvo que “se pretenda alcanzar un acuerdo posterior”. Hay que explicar al empleado de forma correcta el motivo de despido y cuáles son las causas que lo justifican. Esto también debe hacerse en el caso de los despidos objetivos, que, aunque los trabajadores no siempre aceptan la noticia, “sí puede puede hacerse de forma agradable”.

¿Con cuánta antelación se debe informar al empleado sobre el despido?

El tiempo varía según el tipo de despido que se vaya a llevar a cabo. En caso de tratarse de un despido disciplinario, puede ser al momento, ya que hay unas causas detalladas que justifican ese motivo. “No hay preaviso en los despidos disciplinarios. El autónomo puede realizar el despido en el momento en el que se den las causas y tiene 60 días para poder investigar y justificarlas.

Si, por ejemplo, se detecta que un empleado ha robado en el negocio, el autónomo tendrá tiempo para investigar y justificar que la causa del despido es ese hecho, así como detallar muy bien las causas en que se basa el despido en la carta. Hay que tener en cuenta que la carta de despido y el detalle pormenorizado de los hechos, son el elemento crucial para que el despido pudiera ser considerado procedente ante el Juzgado de lo Social, hay que tener en cuenta que todos los hechos detallados en la carta de despido tienen que ser probados por el autónomo-empresario", dijo San José.

Por su parte, el despido objetivo si requiere un periodo de preaviso, ya que no es por culpa del trabajador. Este tiempo de preaviso es de quince días. “Si la empresa quiere comunicarlo al momento, tendrá que cambiar esos días de preaviso por salario. Es decir, habrá que pagar al empleado los días que se ha dejado de preavisar”, indicó San José. En lo que respecta al despido colectivo, se trata de un procedimiento mucho más completo regulado por el Real Decreto 1483/2012 de 29 de octubre.

Despedir a un empleado_ estas son las cuestiones más importantes que debe conocer un autónomo (1)

¿Por qué motivos se tiene que indemnizar al empleado y con cuánto dinero?

En el caso de los despidos objetivos, la indemnización está regulada en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores. “Son 20 días de salario por año de servicio, hasta un tope de 12 mensualidades. Así está señalado y es claro que se tiene que pagar al empleado que ha sido despedido”, indicó San José. Lo más normal es que el despido se produzca por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

  • Causas económicas: cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
  • Causas técnicas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
  • Causas organizativas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción
  • Causas de producción: cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.

El despido disciplinario implica otra serie de cuestiones, ya que si las causas son reales, será un juez quien señale si existe o no una indemnización por despido. Si el despido es considerado improcedente, la indemnización es de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades.

En el caso de que el despido sea procedente, el autónomo no tendrá que pagar ningún tipo de indemnización al empleado, quien igualmente tendrá derecho a la prestación por desempleo. En concreto, las causas por las que un despido es considerado procedente, según el Estatuto de los Trabajadores, son:

  • Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  • La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
  • La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  • La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
  • La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  • El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

¿Qué consecuencias tiene para el autónomo un despido improcedente?

Utilizar el término “despido indisciplinario” es incorrecto, ya que despido disciplinario es el título y este, a su vez, puede ser procedente, improcedente o nulo. El despido procedente le da la razón al autónomo; el improcedente no le da la razón por las causas que se han expuesto en la carta, y porque el autónomo no ha podido demostrar las causas que señala dicha carta de despido; y el nulo se da porque ha existido alguna de las causas que la ley tasa como nulidad.

“Un despido es considerado nulo, por ejemplo, si se produce por una paternidad, una maternidad o por un embarazo, o por una represalia -por ejemplo que el trabajador haya interpuesto una denuncia ante la inspección de trabajo y el empresario, al enterarse, despide al trabajador sin causa alguna que pueda demostrar”, según explicó el abogado laboralista Luis San José.

Si un despido es considerado improcedente, el autónomo tendrá dos opciones: pagar la indemnización o readmitir al trabajador. La indemnización es de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. “Cuando el Magistrado dicta la sentencia y le da la razón al empleado, el autónomo tendrá que optar -por escrito ante el Juzgado que dictó la sentencia y dentro de los cinco días siguientes de su notificación- entre pagar la indemnización o readmitir al trabajador en su anterior puesto de trabajo. Esto se da siempre que exista una sentencia, si no la hay, no", indicó.

Si el despido es nulo supondrá la readmisión obligatoria. “La nulidad solo la puede dictar un juez. Si el despido es considerado nulo, el autónomo deberá readmitir al empleado, no tiene opción a nada más”, dijo el abogado laboralista.

¿Qué tiene que hacer el autónomo si un empleado le pide ser despedido?

En ocasiones, el empleado solicita al autónomo que le despida y prepare los papeles para solicitar la prestación por desempleo, sin embargo esto es considerado como un fraude a la Seguridad Social. "Realmente te puedes encontrar con que un empleado solicite a su empresario que le prepare los papeles para cobrar el paro. Es decir, solicita que se simule un despido y así poder cobrar la prestación por desempleo", señaló San José. 

"Hay que advertir que es un fraude a la Seguridad Social, que lo realiza tanto el empresario como el empleado, comportando que si la Inspección o el mismo SEPE tienen constancia de ello, la empresa podría ser sancionada y el empleado tendría que devolver todas las prestaciones cobradas", explicó.

¿Cuánto cuesta de media despedir a un empleado?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado los últimos datos disponibles sobre el coste medio que afrontan los negocios cuando se ven obligados a despedir a sus trabajadores. El informe “Estadística de despidos y su coste”, elaborado en base a los registros de la Agencia Tributaria, revela que los 230.000 autónomos y empresas españolas que despidieron en 2020 tuvieron que abonar entre 506 y más de 15.400 euros de indemnización media a cada uno de sus empleados, dependiendo del tipo de contrato suscrito.

Aunque los últimos datos disponibles en base a los registros de Hacienda son de 2020, estas estadísticas pueden servir de orientación a los autónomos para saber el coste que tendrían que asumir si deciden despedir este año a uno de sus empleados en función del tipo de contrato que hubieran firmado. El importe no dependerá únicamente de la modalidad contractual, sino también de si el despido es improcedente o no, del salario de trabajador y de su antigüedad.