Las sucesiones alcanzan el 22% en algunas regiones

Se disparan en algunas CCAA los traspasos intergeneracionales de los negocios familiares

El interés por conservar el control sobre el negocio es una de las principales causas del incremento de los traspasos entre familiares de diferentes generaciones.
Los traspasos de negocios entre generaciones se disparan entre los autónomos y las pymes familiares.
Los traspasos de negocios entre generaciones se disparan entre los autónomos y las pymes familiares.
Se disparan en algunas CCAA los traspasos intergeneracionales de los negocios familiares

La sucesión intergeneracional al frente de las empresas familiares españolas, que suman más de dos millones y sostienen alrededor del 75% del empleo en el país, lleva tiempo creciendo, sobre todo en el caso de los pequeños negocios. Además, este relevo se produce, de forma mayoritaria, entre la primera y la segunda generación de autónomos y emprendedores, como revela un reciente estudio de la Cátedra de la Empresa Familiar Mare Nostrum de la Universidad de Murcia.

Así, según el Barómetro de la Empresa Familiar de la Región de Murcia, el 22% de las empresas familiares se encuentra en un proceso de relevo generacional en la comunidad autónoma. En total, unos 3.500 negocios, de los cuales el 42% se encuentra en una situación de traspaso entre la primera y la segunda generación de autónomos. Esta cifra desciende de forma significativa entre la segunda generación y la tercera, hasta el 14%.

El crecimiento de los casos de sucesión en las pymes familiares españolas tiene mucho que ver con el alto compromiso de los autónomos y emprendedores con sus negocios. Así, el 46% de las empresas familiares españolas registran un nivel de identificación alto de las familias con la empresa, frente al 35% de la media europea. Además, el 59% de las familias de autónomos considera relevante la conservación del control y la influencia sobre sus empresas, mientras que en el resto de Europa apenas ocurre en el 36% de los casos, tal y como destacó un reciente informe del Instituto de la Empresa Familiar (IEF).

¿Cómo deben los autónomos y empresas familiares acometer la sucesión de sus negocios?

“Uno de los momentos clave en la trayectoria de una empresa familiar es el relevo entre generaciones. De hecho, la continuidad de la compañía depende del éxito de este proceso”, valoró Javier Bau, socio de Corporate y M&A de KPMG Abogados a través de un informe del IEF. En este contexto, el abogado recomendó “huir de respuestas inmediatas y preparar la sucesión con tiempo, familiarizando a las nuevas generaciones con la gestión del negocio y fortaleciendo su vínculo con la firma.”

Para conseguirlo, el Instituto de la Empresa Familiar ofreció algunas ideas sobre el desempeño familiar para ayudar a los autónomos y emprendedores españoles a preparar la sucesión de sus negocios:

  • “Es recomendable que las empresas familiares introduzcan a las nuevas generaciones en la administración, ya que impulsa la identificación y el vínculo emocional con el negocio a largo plazo.”
  • Definir los valores del negocio y compartirlos con los miembros de la familia y los empleados.
  • Celebrar eventos participativos para reforzar los valores, la reputación y la imagen de familia entre sus miembros.
  • Establecer mecanismos de gobernanza, como los consejos de familia, para reducir los conflictos y reforzar la unidad de las empresas familiares.

La herencia y la donación, dos opciones para traspasar una empresa familiar

A la hora de firmar el traspaso en las empresas familiares, las opciones más utilizadas son la herencia y la donación. Ambas tienen sus puntos fuertes y débiles, por lo que es conveniente valorar cuál de las dos es más conveniente, atendiendo a factores como los impuestos correspondientes, los beneficios fiscales de cada fórmula o, incluso, la intención final de los familiares que pasarán a ser titulares del negocio.

En primer lugar, cabe destacar que la transferencia de participaciones en una sociedad, ya sea por herencia o por donación, estará sujeta al Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). En la mayoría de las comunidades autónomas, los familiares directos del autónomo o emprendedor, como sus hijos o cónyuge, pueden acogerse a una reducción de más del 95% sobre el valor del negocio en este impuesto, siempre que cumplan los siguientes requisitos, tal y como recordaron desde el Instituto de la Empresa Familiar:

  • Que la entidad ejerza una actividad económica y no tenga por actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
  • Que quien fallezca o realice la donación posea un mínimo del 5% de la empresa de manera individual, o un 20% en el caso de que la propiedad sea conjunta con su grupo familiar.
  • Que el donante ejerza funciones de dirección o gestión en la compañía, con una retribución superior al 50% de la suma de sus rendimientos del trabajo y actividades económicas.

Además, en el caso de las donaciones, se establecen tres requisitos adicionales:

  • Que el autónomo o emprendedor haya alcanzado o supere la edad de jubilación.
  • Que el autónomo donante deje sus funciones de dirección en el negocio y, en el caso de que éstas estuvieran remuneradas, dejar de percibir la retribución correspondiente.
  • Que la donación esté exenta de pago del Impuesto de Patrimonio, así como que el sucesor mantenga esta condición durante, al menos, los diez años siguientes a la transmisión. Para que se cumpla este requisito, todos los elementos patrimoniales donados deben estar directamente relacionados con la actividad económica del negocio.

Por último, las condiciones fiscales en el caso de las herencias también son diferentes en cada comunidad autónoma. Tal y como ejemplificaron desde el Instituto de la Empresa Familiar, en el caso de que la herencia consista en una empresa familiar valorada en ocho millones de euros, “la cuota a pagar según la normativa actual va de los cero euros en Asturias, Galicia, Castilla La Mancha, Navarra, País Vasco, Cantabria o, recientemente, en la Comunidad Valenciana, hasta los 40.000€ en Cataluña”, la región con el tipo impositivo más alto.