Según CEPYME la mora de los ayuntamientos ronda los 19.000 millones

Las medidas del Gobierno para rebajar la morosidad pública sólo cubrirán un 10% de lo que se les adeuda a los negocios

El Gobierno ha desarrollado un mecanismo para combatir la morosidad con sus proveedores que generan los ayuntamientos y entidades locales. Según CEPYME estas medidas sólo cubrirán un 10% de lo que se les adeuda a los pequeños negocios.

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Cepyme considera "escaso" el presupuesto destinado a paliar la morosidad.
Las medidas del Gobierno para rebajar la morosidad pública sólo cubrirán un 10% de lo que se les adeuda a los negocios

El mecanismo ideado por el Gobierno para rebajar la morosidad que generan las administraciones públicas, en especial ayuntamientos y entidades locales, sólo cubrirá un 10% de las facturas que en este momento se adeudan a los pequeños negocios, según ha denunciado la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme). Hace apenas una semana, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la puesta en marcha de este instrumento de liquidez por el que Hacienda va a transferir cerca de 2.000 millones de euros a más de 1.600 administraciones españolas que superan el Periodo Medio de Pago (PMP) de 30 días para que liquiden sus deudas pendientes con autónomos y pequeños negocios antes del próximo 1 de julio. No obstante, la iniciativa se quedaría corta especialmente con el incremento de la morosidad que se ha producido a final de 2021 y que constata el Banco de España.

En el comunicado hecho público por la Confederación, se valora positivamente la creación de este instrumento liquidez que recogen los Presupuestos Generales del Estado de 2022. Éste tiene el objetivo de reducir la mora pública y disminuir los periodos medios de pago a proveedores que en muchos casos superan los 30 días que establece la Ley de Morosidad. De hecho, hay casos muy sangrantes de entidades locales que abonan sus facturas trascurridos más de un centenar de días. No obstante, Cepyme también lo critica duramente por considerar escaso el presupuesto destinado.

“La dotación del plan de pago a proveedores de las entidades locales aprobado para 2022 resulta insuficiente para paliar la merma de liquidez que el retraso del pago de las facturas supone para las empresas, especialmente para las de menor tamaño” recoge el documento. Desde el punto de vista de la Confederación, la transferencia de 2.000 millones de euros que contempla el mecanismo aprobado por el Gobierno para liquidar la deuda que tienen los ayuntamientos y entidades locales con autónomos y pequeños negocios no servirá para cubrir toda la mora de las corporaciones locales que hay en estos momentos pendiente de ser abonada.

En concreto, el comunicado de Cepyme señala que la mora pendiente de las administraciones públicas locales se situó “en el tercer trimestre de 2021 en 19.734 millones de euros, según los datos recogidos en las cuentas de financieras del Banco de España”.

Se ha producido un incremento de la morosidad a final de 2021

La morosidad que generan tanto las administraciones públicas, como las empresas privadas, ha sido un problema recurrente en el colectivo de trabajadores por cuenta propia  que se ven obligados a esperar más de 30 o 60 días para el cobro de sus productos o servicios. Se trata de una lacra que aunque se ha ido paulatinamente reduciendo a lo largo de los últimos años, sigue dándose en el mercado.

La empresa de gestión de la morosidad empresarial Credit Back señala en un informe que en el tercer trimestre del 2021 el retraso en el cobro de las facturas se incrementó un 1,3%. De hecho en la encuesta periódica que realizan a diferentes actividades, el 64,3% de éstas manifestaron haber sufrido un aumento de los retrasos en los cobros. Asimismo, la encuesta “concluye que el creciente incremento del retraso de los pagos lleva al 92% de las compañías consultadas a pensar que la morosidad seguirá creciendo a lo largo de 2022”.

Los últimos datos del observatorio de la morosidad de Cepyme también reflejan ese aumento. Así, en noviembre, la Administración central tuvo un periodo medio de pagos de 31,44 días; la Administración autonómica pagó sus facturas en una media de 26,6 días y la Administración local tardó 63,49 días. Tanto la central como la local incumplen la Ley de morosidad que establece 30 días para que las administraciones públicas abonen sus facturas. Sólo las autonomías cumplen con el plazo marcado por la normativa.

En el caso de la empresa privada, tanto las micro, como las pymes y las grandes entidades incumplen con la Ley de morosidad y pagaron en el cuarto trimestre de 2021 por encima de los 60 días que marca la legislación.

“Cabe recordar que la morosidad supone un menoscabo de la liquidez de las compañías y afecta particularmente a las pymes que cuentan con menores recursos y más dificultades para acceder a la financiación, en especial en un momento como el actual, en el que muchos sectores todavía no han logrado recuperar la actividad empresarial previa a la crisis y, además, sufren un fuerte incremento de costes que reducen sus márgenes” apunta Cepyme en el publicado.

¿Cómo pueden los autónomos reclamar la morosidad a la Administración?

Con el nuevo Plan de pagos a proveedores del Gobierno para 2022 son los autónomos los que tienen que reclamar el pago de sus facturas a la Administración. El mecanismo que consta en la resolución del 7 de enero de 2022 de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, recoge la transferencia de un total de 2.000 millones de euros a más de 1.600 entidades locales y 670 entidades dependientes que superan el Periodo Medio de Pago (PMP) de 30 días, entre las que se encuentran algunas capitales tan importantes como Sevilla o Zaragoza. Para que liquiden todas sus deudas anteriores al 1 de julio de 2021.

De este modo, todos los autónomos que hayan prestado y facturado sus servicios a estas 1.640 entidades -la mayoría ayuntamientos- y que todavía no hayan cobrado el dinero que les corresponde, tendrán de plazo entre el 11 y el 25 de febrero para acceder a una plataforma informática que habilitará la Agencia Tributaria donde podrán consultar y aceptar el cobro de las facturas que tengan pendientes de su Administración.

Eso significa que dentro de unos diez días, todas las entidades afectadas por el mecanismo deberán a través de la plataforma de la Agencia Tributaria una relación exacta de todas las obligaciones que tuvieran pendientes con los autónomos, pymes y demás proveedores. Una vez esté publicada está lista, los autónomos podrán consultar por esta plataforma que están incluidos en la relación y que las cuantías de las facturas pendientes de pago son correctas. En el caso de que no aparezcan en el listado, podrán reclamar a la entidad local, aportando la documentación necesaria, que emita un certificado individual.

Para que los autónomos puedan realizar la solicitud a partir del 11 de febrero, éstos depende de cumplir una serie de requisitos:

  • Que el ayuntamiento o entidad local para la que trabajó el autónomo forme parte de las 1.640 administraciones locales seleccionadas por tener un periodo medio de pago superior a 30 días
  • Que las deudas sean vencidas, líquidas y exigibles y no estar sujetas a procedimientos de embargo, mandamientos de ejecución, procedimientos administrativos de compensación o actos análogos dictados por órganos judiciales o administrativos.
  • Que la recepción, en el registro administrativo de la entidad local, de la correspondiente factura, factura rectificativa en su caso, o solicitud de pago equivalente haya tenido lugar antes del 1 de julio de 2021.
  • En el caso de obligaciones anteriores al ejercicio 2021 tendrán que haberse contabilizado antes de 31 de enero de este año; y, en el caso de obligaciones correspondientes a 2021 tendrán que estar contabilizadas en este ejercicio. Todas las obligaciones anteriores deberán quedar aplicadas, en último extremo, al presupuesto de 2022.
  • En todo caso, para beneficiarse de este medio de cobro, los proveedores deberán aceptar el cobro en la plataforma entre el día 11 y 25 de febrero. En el caso de que no manifiesten esa aceptación, desde Hacienda informan que "podrán cobrar por los procedimientos habituales"

Y por último, los autónomos que acepten el cobro por este mecanismos perderán el derecho a reclamar los intereses de demora. Se trata de una condición que critica Cepyme, que “considera abusivo que las empresas deban asumir la pérdida del cobro de intereses de la deuda comercial para acceder a su cobro”, tal y como finaliza el comunicado emitido.