Orden ministerial publicada en el BOE

Ya es oficial: Hacienda mantiene la cuantía de los módulos del IRPF para 2018

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica, con fecha 30 de noviembre de 2017, la orden ministerial de Hacienda para el desarrollo del método de estimación objetiva y del régimen especial simplificado del IVA para 2018. Lo importante es que muchos autónomos pueden respirar tranquilos: se mantienen las mismas cuantías de los signos, índices o módulos el ejercicio que viene.

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Ya es oficial: Hacienda mantiene la cuantía de los módulos del IRPF para 2018

Esto significa que Hacienda manifiesta oficialmente el compromiso que alcanzó con la principal asociación representativa de los autónomos, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), de prorrogar durante un año más las actuales cuantías para poder tributar por módulos y no llevar a cabo su intención de rebajarlas. No obstante, en el caso de los transportistas, que son uno de los principales colectivos que se podrían ver afectados, es necesaria la aprobación de una norma de rango superior a una orden ministerial -del mismo rango a la que ahora regula este concepto- para que la prórroga sea efectiva. 

En la reforma fiscal que realizó el Gobierno en 2015 se fijó que el límite de 250.000 euros anuales de facturación para poder tributar por módulos se rebajaba hasta los 150.000 euros para los autónomos que tratan directamente con los consumidores.

Para aquéllos contribuyentes que facturen con empresas, el límite, que es de 125.000 euros, quedaba en 75.000 euros. Estas reducciones dejaban fuera de la posibilidad de tributar por módulos a muchos autónomos, pero el de los 75.000 euros afecta muy negativamente a sectores enteros como el del transporte por mercancías, donde más del 50% de la actividad se realiza con terceras empresas a las que se factura. 

Contenido de la orden

La Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, el 1 de diciembre con efectos para el año 2018.

Al comienzo, el texto indica que “se mantiene la estructura de la Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, de desarrollo para 2017 del método de estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA”. Especifica que “para 2018, se mantiene la cuantía de los signos, índices o módulos así como las instrucciones de aplicación”. Lo mismo en lo que respecta a los módulos del IVA.

Igualmente, se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.

La orden, como suele ser lo habitual, incluye la lista de actividades incluidas en el método de estimación objetiva y en el régimen especial simplificado del IVA, así como los plazos de renuncias o renovaciones en el método del IRPF y del régimen del IVA, entre otras cosas. En los anexos I y II se desarrollan los signos, índices o módulos en los dos impuestos y en el anexo III, los instrumentos de aplicación.