Podrán cambiar y estimar su base de cotización a través de Import@ss

Seguridad Social activará un nuevo servicio online para calcular la cuota de los autónomos por ingresos reales

La Seguridad Social activará pronto algunas novedades en su plataforma online Import@ss. Una de ellas es que los autónomos podrán cambiar su base de cotización, darse de alta o calcular su futura cuota por ingresos reales.

 

Así es la herramienta de la Seguridad Social para conocer tus rendimientos reales.
Así es la herramienta de la Seguridad Social para conocer tus rendimientos reales.
Seguridad Social activará un nuevo servicio online para calcular la cuota de los autónomos por ingresos reales

La Seguridad Social activará pronto algunas novedades en su plataforma Import@ss de cara al futuro sistema de cotización por ingresos reales. Según la Tesorería, los trabajadores por cuenta propia podrán darse de alta, cambiar su base de cotización o calcular su cuota en función de sus rendimientos netos de forma sencilla y a través de cualquier dispositivo, como podría ser el teléfono móvil.

El cálculo de la base de cotización y la cuota a pagar en función de los ingresos obtenidos es una de las claves más importantes del futuro sistema que entrará en vigor a partir de 2023, ya que serán los autónomos los que tengan que estimar sus rendimientos durante el año y  su cotización. Después, la tesorería regularizaría las posibles diferencias entre lo que hayan estimado y lo que deberían haber pagado.

Con el nuevo servicio de la Seguridad Social,  el autónomo podrá introducir sus rendimientos y, automáticamente, la Seguridad Social le informará sobre la base de cotización que le corresponde y la cuota que deberá abonar, en función del tramo de ingresos en el que se ubique.

Los autónomos podrán estimar y cambiar su cuota por ingresos reales a través de Import@ss

Antes de que este nuevo sistema fuese convalidado en el Congreso de los Diputados, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ya anunció los cambios de la plataforma.  “La herramienta telemática Import@ss ha mejorado los servicios digitales y los trámites enfocados a los trabajadores autónomos”, indicó el ministro durante la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo del pasado mes de julio. “Import@ss está dando muy buenos resultados. Todo se puede gestionar en el teléfono móvil y es tan sencillo como hacer trasferencias bancarias”, añadió Escrivá.

El ministro detalló que la plataforma ha sido diseñada para que cualquier autónomo pueda, de forma “intuitiva, personalizada y accesible”, gestionar todos los trámites enfocados a su régimen, incluida la cotización por ingresos reales También concretó que los autónomos podrán comunicar su previsión de rendimientos netos a través de la plataforma. Ya sea al inicio del año o en el momento en el que se den de alta como autónomos.

Además, “cada dos meses – si el autónomo lo desea – podrá modificar la cuota para ajustarla a los rendimientos que vaya obteniendo a lo largo del curso, podrán hacerlo hasta seis veces por año”, concretó Escrivá. En función de los rendimientos netos anuales proporcionados por la Agencia Tributaria o Haciendas Forales – en el momento en el que estos estén disponibles – serán trasladados a la Seguridad Social para que ajuste las cuotas si el autónomo se sobrepasó o quedó por debajo de lo previsto en las estimaciones de rendimiento.

Los servicios que ya ofrece la herramienta a los autónomos

El ministro también explicó que los trabajadores por cuenta propia “ya pueden acceder a toda su información y realizar trámites de alta, baja, cambiar la base de cotización o calcular su cuota mediante un proceso guiado y sencillo”.  En el área personal del portal, el autónomo podrá encontrar diversas informaciones y hacer las modificaciones que considere oportunas. Por ejemplo, podrá consultar su fecha de alta o conocer cuándo será su próxima cuota, la fecha de dicho cargo y los detalles del mismo.

Como novedad, el portal incluye ahora un simulador de la cuota actual que van a pagar los autónomos, para conocer con antelación el importe aproximado que va a suponer su incorporación en el RETA. En el rediseño de estos servicios se ha buscado, explicaron fuentes de la Tesorería, que tanto el lenguaje utilizado como la formulación de las preguntas y los mensajes informativos sean sencillos, para que la información y cada una de las actuaciones que se van a realizar sean comprensibles sin un conocimiento exhaustivo de la legislación ni de los trámites que tiene que realizar, ya que se trata de un proceso totalmente asistido y guiado. Especialmente ideado de cara al 2023 con la entrada en vigor del nuevo sistema.

Así, durante la realización del trámite de alta, baja y modificaciones, se acompaña y guía al autónomo a través de pocos pasos, informándole en todo momento de las implicaciones que supone tanto su cuota como los beneficios que obtiene de la Seguridad Social o cada una de sus actuaciones.

Además de estos trámites, los autónomos desde su área personal pueden consultar toda la información sobre su actividad profesional y, con un único acceso, solicitar la modificación de su actividad; base de cotización; entidad aseguradora y coberturas de las que dispone; domicilio de la actividad y cuenta bancaria para la domiciliación de su cuota. Gracias a este rediseño, los autónomos también podrán descargar su vida laboral y otros informes o certificados como el que acredita estar al corriente de pagos con la Seguridad Social; indispensable de cara a la solicitud de prestaciones como el Kit Digital u otras ayudas.

En estas fechas los autónomos podrán cambiar su base de cotización por ingresos reales en Import@ss

Con el nuevo sistema de cotización, los autónomos podrán cambiar de tramo de rendimientos netos cada dos meses durante las siguientes fechas:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Esta novedad les permitirá adaptar más fielmente el funcionamiento de su negocio al pago de sus cuotas.

Import@ss avisará si los autónomos tienen deudas con la Seguridad Social 

Import@ss tiene también una sección de avisos y comunicaciones donde el autónomo podrá comprobar si se tiene algún trámite sin concluir o alertas de otro tipo con la información necesaria, explicaron desde la Seguridad Social.

La legislación obliga a los autónomos a que estén pendientes de sus notificaciones electrónicas disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Con esta nueva forma de comunicación, el autónomo debe comprobar casi a diario si le han llegado notificaciones ya que, pasado unos días, el sistema las da por comunicadas y desaparecen.