Deberán mantenerse en el negocio al menos tres años

Lo que exige el Gobierno a los autónomos para la ayuda de 275 euros si contratan jóvenes sin cualificación

El Ejecutivo ofrecerá una bonificación de 275 euros a los autónomos que contraten jóvenes menores de 30 años que no tengan cualificación. Pero algunos sectores consideran que las condiciones que exige Trabajo son "abusivas".
Lo que exige el Gobierno a los autónomos para la ayuda de 275 euros si contratan jóvenes sin cualificación

El pasado mes de enero, el Gobierno lanzó un nuevo sistema de bonificaciones para la contratación de empleados. Entre los nuevos incentivos que creó el Gobierno se encuentra una reducción en su cotización de 275 euros al mes por emplear a jóvenes menores de 30 años sin cualificación. Para obtener esta ayuda, los autónomos y pequeños negocios deberán mantener en su actividad a este trabajador al menos tres años. Clausula o letra pequeña que a algunos sectores, como la hostelería, les parece “abusiva”.

El objetivo del Ejecutivo con estas y las otras bonificaciones aprobadas es “fomentar la contratación indefinida jóvenes”. Sin embargo, algunos autónomos han destacado que contratar a un joven sin experiencia durante más de 3 años puede ser demasiado arriesgado.

“Sinceramente creo que la cláusula para pedir la bonificación es bastante abusiva”, afirmó Jorge Yagüe, autónomo dedicado a la hostelería en la Costa del Sol. El trabajador por cuenta propia ha asegurado que en sectores donde como la hostelería o comercio suelen contratar a jóvenes sin formación como “apoyo” a la actividad.

“En temporada alta es cuando le damos espacio a los jóvenes sin cualificación. Tienen un alto ritmo de trabajo, aprenden y luego continúan con sus estudios o formaciones. Ese trabajo dura como máximo tres meses. Ni a ellos les interesa estar tanto tiempo de alta ni los negocios podemos permitirnos mantenerlos en invierno”, explicó el emprendedor malagueño.

El autónomo consideró que la bonificación es una noticia positiva pero demanda al Gobierno a reducir los tiempos de contratación y adelantar la fecha de petición de estos incentivos. “La bonificación llegará en septiembre. Una vez superada la temporada alta veo bastante improbable que a algún hostelero le interesa esta ayuda”, concluyó el autónomo.

¿Qué condiciones deben cumplir los negocios para pedir las ayudas de 275 euros?

El Gobierno anunció que esta bonificación, que deberá ser posteriormente validada por el Congreso de los diputados, se podrá solicitar a partir del mes de septiembre. No obstante, señalaron desde la Moncloa, “algunos artículos ya están en vigor y otros lo estarán antes de esa fecha, según establece la disposición final decimotercera” del Real Decreto que recoge estas ayudas.

A expensas de la aprobación de esta ley por parte de la Cámara, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publicó en su página web las condiciones que deben cumplir tanto autónomos como pequeños negocios para solicitar estas ayudas:

  • Los nuevos asalariados deben ser menores de 30 años.
  • Deberán estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Los trabajadores por cuenta propia o negocios interesados en acceder a esta bonificación tendrán que mantener su contratación durante al menos tres años.
  • El contrato deberá ser indefinido.

¿Cómo inscribir a un futuro asalariado en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?

Uno de los requisitos que exige el Estado para acceder a la bonificación de 275 euros al mes en las cotizaciones de los menores de 30 años sin formación es estar inscrito en el sistema de garantía juvenil. Para ello, basta que el futuro asalariado se dirija a su oficina de empleo con la documentación de identificación pertinente (DNI, NIE o pasaporte). Desde la oficina de empleo al darse de alta como demandante de empleo o renovar su demanda (si ya la tenía), le darán de alta en el fichero único de Garantía Juvenil.

Los requisitos para inscribirse en Garantía juvenil son estos:

  • Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
  • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
  • Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • No haber trabajado, ni recibido acciones educativas ni formativas en el día anterior a la presentación de la solicitud. (antes de la reforma se pedía no haber trabajado ni recibo formación en los 30 días anteriores. Ahora basta con que no se haya trabajado ni estudiado el día anterior)
  • Presentar una declaración escrita de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.

 Otras bonificaciones a la contratación a las que podrán acceder los autónomos

Además de la bonificación para la contratación de jóvenes, también habrá otras dos nuevas. La primera será una ayuda en la cotización de 138 euros al mes durante tres años o durante la vigencia del contrato para personas con discapacidad por la contratación indefinida o incorporación como socios en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación en prácticas en las empresas. Y, en segundo lugar, habrá una bonificación para las empresas que transformen contratos temporales en fijos discontinuos dentro del sistema especial agrario por cuenta ajena. Esta última ayuda será de 55 euros por mes.

Colectivos que también tendrán bonificaciones en la contratación

  • Las mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, y aquellas que se encuentren en contextos de prostitución.
  • Las víctimas del terrorismo.
  • Las personas trabajadoras con discapacidad que pasen a prestar sus servicios desde el mercado de trabajo protegido de los centros especiales de empleo o enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario.
  • Las personas en riesgo o situación de exclusión social que pasen a prestar sus servicios desde empresas de inserción a empresas del mercado ordinario.
  • Los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.