Los autónomos perderían la prestación o tendrían que devolver el dinero

Subirse la base de cotización antes de pedir una baja puede considerarse fraude, según el Tribunal Supremo

Ha habido casos en que los autónomos han elevado sus bases de cotización previendo que poco tiempo más tarde iban a estar de baja, bien por una maternidad o por una operación quirúrgica programada. El Tribunal Supremo lo considera como un fraude. 

Los autónomos que aumenten su base de cotización antes de pedir la baja estarán cometiendo fraude
Los autónomos que aumenten su base de cotización antes de pedir la baja estarán cometiendo fraude
Subirse la base de cotización antes de pedir una baja puede considerarse fraude, según el Tribunal Supremo

Aumentar la base de cotización sabiendo que en los próximos meses se va a solicitar la Incapacidad Temporal o la prestación por maternidad, puede ser considerado fraude. Un hecho que supone para el autónomo la pérdida de la prestación y/o la obligación de devolver la cantidad percibida. Así lo ha sentenciado recientemente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a cobrar las mismas prestaciones que los asalariados y su cuantía dependerá de la cuota que estén pagando, es decir, de su base de cotización en el momento en que sobreviene una contingencia. Lo mismo sucede en el caso de una Incapacidad Temporal, baja temporal por enfermedad, o de la cobertura por maternidad. En el caso de la Incapacidad Temporal, la prestación depende del hecho causante, pudiendo ser de entre un 60% y un 75% de la base de cotización. Por su parte, la prestación por maternidad se cobrará el 100% de la base reguladora. Es decir, en estos casos, como en cualquier otra prestación, la cantidad a percibir dependerá siempre de la base de cotización del autónomo.

Desde hace tiempo, la Seguridad Social venía detectando que algunos autónomos, sabiendo que próximamente iban a solicitar la baja por Incapacidad Temporal, por ejemplo porque tenían previsto someterse a una operación programada que supondría tiempo de recuperación; o porque la autónoma se había quedado embarazada y fácilmente podía calcular cuando iba a dar a luz, decidían aumentar meses antes su base de cotización con el objetivo de recibir una prestación mayor. Sin embargo, esta modificación podría suponer una práctica fraudulenta contra la Seguridad Social, que sería considerada como una falta muy grave.

El caso del Supremo que sentenció sobre una prestación de maternidad

A finales de 2013, una mujer autónoma solicitó la prestación por maternidad tras dar a luz, algo que le fue concedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, pasados unos meses, la Inspección de Trabajo llevó a cabo una investigación tras saltar las alarmas por haber incrementado su base de cotización seis meses antes de coger la baja. En concreto, la trabajadora autónoma había cambiado su base de cotización de la mínima a la máxima.

Tras investigar el caso, la Seguridad Social consideró que la autónoma había modificado su base de cotización de forma fraudulenta, al saber que incrementando su cotización, aumentaría también el subsidio por maternidad. El INSS retiró la prestación y reclamó a la autónoma la totalidad del dinero percibido, cuya cantidad superaba los 11.000 euros.

La trabajadora por cuenta propia presentó entonces una demanda, que fue desestimada por el Juzgado de lo Social número 4 de Castellón de la Plana. Dicha resolución fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana al considerar que “inequívocamente” se había producido un fraude de ley y que, por tanto, se perdía el derecho a la prestación y debía procederse a la devolución del importe correspondiente.

Tras la sentencia, la autónoma presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, alegando que, según la Ley General de la Seguridad Social, la consecuencia por haber incrementado la base de cotización para aumentar la cuantía de la prestación debía ser otra: aplicar las bases de cotización previas al cambio fraudulento y abonar la cantidad correspondiente. Es decir, que solo debía devolver a la Seguridad Social la diferencia entre el dinero percibido y la cantidad que debería haber cobrado si no hubiera modificado la base de cotización.

Ahora, el Tribunal Supremo ha sentenciado que la autónoma “actuó de forma fraudulenta” al incrementar de forma indebida su base de cotización con el objetivo de aumentar sus prestaciones como trabajadora por cuenta propia, un hecho que está considerado como una infracción muy grave y que, por tanto, acarrea la obligación de devolver el dinero percibido.

Lo que aconsejan los expertos a los autónomos respecto a subir la base de cotización antes de una baja 

“Es un delito en el que resulta muy complicado establecer patrones. Para determinar que se está cometiendo fraude de ley habría que examinar cada caso concreto, pues las circunstancias pueden variar y cambiar de un caso a otro”, explicó a este medio el abogado laboralista Alberto Ara.

Si se quiere evitar ser sancionado, “lo más importante es hacer uso del sentido común y poder acreditar ante la Seguridad Social que el motivo por el que se ha aumentado la base de cotización tiene una justificación, como por ejemplo que han incrementado los ingresos”, indicaron desde la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA).

“Para evitar este tipo de situaciones, la Seguridad Social modificó hace unos años los meses que se tendrían en cuenta a la hora de calcular la prestación en caso de baja por enfermedad o maternidad. En concreto, se estableció que para la prestación por maternidad se tendría en cuenta la base de cotización media de los doce meses anteriores a la baja. Esto ha evitado que muchos autónomos realicen este tipo de prácticas, ya que, en muchas ocasiones, las cuentas no salían favorables. Es decir, al calcular lo que se iba a pagar de más cada mes al subir la base de cotización y la cantidad de la prestación, a los autónomos muchas veces no les compensaba esa subida, ya que no les salían las cuentas”, explicaron a este diario fuentes de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA).

Los autónomos que aumenten su base de cotización antes de pedir la baja estarán cometiendo fraude (1)

La Seguridad Social suele investigar cuando se sube la cuota y luego se pide una baja  

No solo incrementar la base de cotización para aumentar la prestación por maternidad puede suponer un fraude. Cualquier trabajador autónomo que aumente su base de cotización siendo conocedor de que en los próximos meses tendrá que cogerse la baja, podría arriesgarse a ser investigado por la Seguridad Social.

En el caso del subsidio por Incapacidad Temporal, la cantidad a percibir se toma teniendo en cuenta la base de cotización del mes anterior a la baja, por lo que los autónomos que aumenten su base de cotización deberán andarse con pies de plomo si no quieren tener problemas con la Administración. Y más ahora que, a partir del 1 de enero de 2023, la Seguridad Social permitirá a los autónomos cambiar la cuota cada dos meses.

“Este tipo de sucesos se van a ver mermados con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. Los autónomos podrán cambiar cada dos meses la base por la que vengan obligados a cotizar, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que resulten aplicables en cada ejercicio, siempre que lo soliciten a la Tesorería General de la Seguridad Social”, explicaron desde ATA.

Los autónomos que sepan que en los próximos meses cogerán la baja, ya sea por maternidad o por una operación programada, tendrán que tener cuidado y gestionar el cambio de la base de cotización sabiendo que si no cumplen con la legalidad podrán ser sancionados. “La clave está en que el autónomo pueda demostrar el porqué ha modificado su base de cotización. Si se sube la cuota porque ha habido un incremento de los ingresos, cobra sentido. Si, por el contrario, los ingresos siguen siendo los mismos, se sube la base de cotización y a los meses el autónomo solicita una prestación por Incapacidad Temporal, entonces lógicamente se encenderán las alarmas”, añadieron.

“Lo más importante es que los autónomos apliquen el sentido común, solo así evitarán una inspección. Subir la cuota de la base mínima a la base máxima sin ton ni son, sin sentido y con los mismos ingresos, claramente puede hacer que la Seguridad Social investigue el caso. Si no se aplica el sentido común, el autónomo correrá un riesgo y podrá ser acusado de fraude, con todo lo que eso implica. Esto no solo sucederá con la prestación por maternidad, también con el resto de prestaciones”, explicaron desde ATA.

Si bien es cierto que en los últimos años ha habido varias sentencias relacionadas con trabajadores autónomos que modifican su base de cotización para incrementar sus prestaciones, desde la federación insisten en que este tipo de fraudes “son muy puntuales en el colectivo de trabajadores por cuenta propia, porque el autónomo no intenta defraudar, como piensa una gran parte de la sociedad”.