El coste en España es de 120 euros y en la UE de 800 euros

La UE subvencionará a los autónomos las tasas que tienen que pagar para registrar marcas, productos o logotipos

Bruselas acaba de aprobar un fondo de 47 millones de euros para subvencionar las tasas de registro de las marcas de los pequeños negocios. Los costes actuales para proteger legalmente un producto o un logo en España rondan los 120 euros, y en Europa los 800 euros.

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La Unión Europea lanza subvenciones para que los autónomos registren sus marcas
La UE subvencionará a los autónomos las tasas que tienen que pagar para registrar marcas, productos o logotipos

A partir de ahora los autónomos podrán solicitar subvenciones para registrar la marca de su negocio o de su producto. Se trata de una iniciativa que ha aprobado recientemente la Unión Europea (UE), a través de la cual reembolsará un porcentaje de las tasas que tienen que pagar los profesionales que quieran proteger legalmente sus actividades. Este fondo para pequeñas y medianos negocios, dotado con 47 millones de euros, ofrece bonos a las pymes con sede en la UE para ayudarles a proteger sus derechos de Propiedad Intelectual e Industrial (PII) tanto en el ámbito nacional, europeo e, incluso, internacional.

Son muchos los autónomos que tienen negocios cuyas marcas -el nombre y el logo- deben de estar registradas para evitar plagios, conflictos o batallas legales con su competencia. "Es importante recordar que los profesionales dedicados a actividades como, por ejemplo la peluquería, carpintería, bares y restaurantes, diseñadores, músicos, guionistas, talleres, o el dueño de una tienda de ropa, deben inscribir tanto el nombre comercial de su negocio como su logotipo o el producto original en el registro de propiedad intelectual de cara a proteger sus derechos", explicó la abogada Paula Sánchez.

Actualmente existen tres tipos de registros de marca: nacional, europeo e internacional. Los costes de las tasas en estos tres ámbitos varías considerablemente, "siendo 120 euros la media para registrar una marca en un país (nacional); 800 euros en caso de que el producto quiera registrarse a nivel europeo; y más de 2.000 euros si se registra de forma internacional", señaló la experta en propiedad intelectual. De ahí que esta subvención de la Unión Europea sea muy interesante para los autónomos, ya que "le resta una importante cantidad de dinero a la cuantía que están obligados a abonar por las tasas", añadió Sánchez.

Porcentaje de tasas que subvenciona la UE

El Fondo para Pymes de la UE subvenciona un porcentaje distinto en función del tipo de Protección Intelectual que los autónomos quieran otorgarle a sus negocios, esta puede ser nacional, europea o internacional. Es importante señalar que estos bonos de ayuda son reembolsos, es decir, que el profesional debe abonar la tasa correspondiente y luego, cuando se le haya aceptado la subvención, solicitar el reembolso previsto. "La solicitud puede presentarla un propietario, un empleado o un representante autorizado de una pyme de la UE que actúe en su nombre. Las subvenciones siempre se transfieren directamente a las pymes", explicó el organismo.

  • Reembolso del 75% de las tasas de marcas a escala nacional y regional: los interesados pueden solicitar un reembolso del 75% de las tasas de solicitud de marcas, dibujos y modelos; tasas por clases adicionales y tasas de examen, registro, publicación y aplazamiento de la publicación a escala nacional y regional. El registro para este tipo de protección debe realizarse directamente a través de una oficina nacional de la Protección Intelectual o de la Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux (para la protección a nivel regional que abarca Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo).
  • Reembolso del 75% de las tasas de marcas, dibujos y modelos a escala de la UE: puede solicitar un reembolso del 75% de las tasas de solicitud de marcas, dibujos o modelos; tasas por clases adicionales y tasas de examen, registro, publicación y aplazamiento de la publicación a escala de la UE. El registro para este tipo de protección debe realizarse a través de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
  • Reembolso del 50% de las tasas de marcas, dibujos y modelos fuera de la UE Puede solicitar un reembolso del 50% de las tasas de solicitud básicas de marcas, dibujos y modelos las tasas de designación y las tasas de designación posteriores fuera de la UE. Quedan excluidas las tasas de designación para los países de la UE, así como las tasas de tramitación que cobra la oficina de origen. La solicitud para este tipo de protección debe realizarse a través de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

¿Cómo se solicita la ayuda?

Tal y como recoge la página web de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, para que un autónomo sea beneficiario de estos bonos debe primeramente registrarse en el Fondo para Pymes, es decir, crear su propia cuenta. Una vez haya iniciado sesión en la cuenta tiene que enviar un formulario de solicitud que, cuando haya sido aprobada por la oficina, se le enviará una notificación de concesión de subvención y su bono. A continuación, puede solicitar las actividades de Protección Intelectual (PI) que necesite (nacionales, europeas o internacionales). 

  1. Registro e inicio de sesión en la cuenta del Fondo para Pymes
  2. Envío del formulario de solicitud
  3. Esperar a recibir la notificación
  4. Para que se le reembolsen las actividades de PI que haya solicitado, debe solicitar el reembolso una vez que haya abonado las actividades utilizando el formulario disponible en su cuenta del Fondo para Pymes.

La web de EUIPO recuerda a los autónomos que sea cual sea el tipo de protección para el que han requerido la subvención, disponen de 30 días para solicitar el reembolso.

Además, la Unión Europea ha señalado que a partir de 2023 podrían cubrirse otros servicios como el reembolso parcial de los costes de la búsqueda del estado de la técnica anterior para una patente, los costes de la presentación de una solicitud de patente, y el asesoramiento privado en materia de Propiedad Intelectual Industrial cobrado por abogados especializados en la materia.

Procedimiento para registrar una marca

El registro de una marca o producto puede hacerse tanto de forma telemática como presencial, no obstante, según explicó la abogada experta en Propiedad Intelectual, Paula Sánchez, "la mayoría de las personas lo hace online porque es un trámite bastante rápido". Lo único que hay que tener en cuenta es el tipo de protección que se le quiere dar a la marca, ya que en caso de que sea nacional se realizará en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), en el caso de nuestro país, y si la protección es europea se hará a través de la EUDIPO.

Una vez que el autónomo haya accedido a la página web correspondiente debe rellenar un formulario con sus datos personales y los de la empresa, negocio o producto que quieran registrar. "Tendrán que indicar si lo que van a proteger es figurativo, es decir un logo; denominativo, un nombre; o mixto, un nombre y un logotipo". Esta última opción es, según la abogada, la más utilizada por las pequeñas y medianas empresas. Cuando han decido lo que quieren registrar se procede al pago de las tasas correspondientes.

Cuando el registro finaliza comienza el periodo de oposición. "El periodo de oposición es un plazo de dos meses en el que las oficinas publican la marca recién registrada y las demás empresas que aparecen en ese listado puedan presentar su oposición en caso de haber algún plagio o parecido con la suya. Si una organización se opone a la marca, ésta puede presentar alegaciones, no obstante es un proceso tedioso especialmente para los pequeños negocios que, al tener menos medios, necesitan el asesoramiento de abogados que luchen por su marca", aseguró Sánchez.

Por último, en caso de que ninguna otra empresa se oponga, la oficina correspondiente le enviará al autónomo un escrito en el que le informarán de que su marca ya está registrada y protegida legalmente. Esto dura diez años, cuando pase ese tiempo se debe renovar el registro.