Y en el caso de que hayan sido contraídas antes del 1 de junio de 2022

La Agencia Tributaria decide exonerar a los autónomos de sus deudas siempre que sean inferiores a tres euros

Hacienda perdonará y dará de baja de la contabilidad pública las deudas tributarias inferiores a tres euros. Estos son los motivos de la decisión.
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Los autónomos quedarán exonerados de las deudas con la Agencia Tributaria inferiores a tres euros.
La Agencia Tributaria decide exonerar a los autónomos de sus deudas siempre que sean inferiores a tres euros

El pasado martes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó una resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de la Agencia Tributaria en la que se estableció una novedad que afecta a los autónomos. Hacienda perdonará a los contribuyentes las deudas inferiores a los tres euros, y las dará de baja de la contabilidad pública.

Los motivos de la decisión, tal y como explicaron desde Hacienda, son “estrictamente económicos”, debido a que el coste para lograr recaudar estas deudas es mayor que las cantidades adeudadas. Según la Agencia Tributaria, la finalidad de la medida es evitar las actuaciones que supongan para la institución un “nulo provecho, como es el caso de las liquidaciones cuya exacción genere unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de aquellas”, afirmaron. 

Así, las deudas tributarias inferiores a tres euros a fecha de 1 de junio de 2022 quedarán anuladas y eliminadas de la contabilidad pública a partir de los 15 días siguientes a la publicación de la medida en el BOE –el próximo 30 de noviembre-. Se trata de una medida curiosa, teniendo en cuenta que las cantidades que Hacienda perdonará a los autónomos españoles no tendrán apenas impacto en sus bolsillos. 

¿Cuál es la deuda media de los autónomos con Hacienda? 

Tal y como explicó hace ya unos meses Celia Ferrero, vicepresidenta de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), la deuda media de los autónomos españoles que se encuentran en concurso de acreedores -que suelen adeudar cantidades más elevadas- con Hacienda y la Seguridad Social se sitúa entre los 50.000 y los 60.000 euros. Además, según los últimos datos del Banco de España disponibles, la deuda media sin garantía real por amortizar en los hogares cuyo cabeza de familia trabaja por cuenta propia se situó en los 3.290 euros en 2020, lo que deja a la exoneración de las deudas menores a tres euros muy lejos de convertirse en una medida de gran impacto. 

Más llamativa fue la aprobación, el pasado mes de septiembre, de la reforma de la llamada Ley Concursal, que incluyó varias novedades en los procesos y las exoneraciones a las que se acogen los autónomos que inicien o hayan iniciado, desde la publicación de la nueva normativa en el BOE, un concurso de acreedores para solventar sus problemas de insolvencia o falta de liquidez. 

Así, la reforma de la ley permite, por primera vez, que los autónomos puedan quedar exonerados de sus deudas con Hacienda y la Seguridad Social con un límite total de 20.000 euros. Estas cantidades se dividen a partes iguales entre los dos entes públicos, por lo que la deuda máxima de las empresas y trabajadores por cuenta propia será de 10.000 euros con cada uno de ellos. Además, los requisitos para poder acogerse a estas condiciones son: 

  • Haber iniciado un concurso de acreedores previamente a la exoneración. 

  • Haber pagado los créditos generados después del concurso de acreedores y los créditos privilegiados. 

  • Haber pagado, como mínimo, el 25% de los créditos ordinarios. 

  • No tener condenas por delitos económicos en los diez años previos a la solicitud de exoneración. 

  • No haber acudido a la Ley de Segunda Oportunidad en los diez años previos. 

  • No haber rechazado una oferta de empleo en los cuatro años previos al concurso de acreedores. 

  • Las exoneraciones no podrán superar el 50% de la deuda total con Hacienda o la Seguridad Social, con los límites establecidos. Así, los autónomos que se acojan a la exoneración máxima, deberán contar con una deuda mínima de 20.000 euros con Hacienda y otros 20.000 euros con la Seguridad Social. 

Se trata de una cantidad bastante superior a las exoneraciones de las deudas inferiores a tres euros, pero algo insuficiente para algunos expertos que solicitaban un importe mayor. En este sentido, Ferrero destacó que “un trabajador por cuenta propia que emplee a tres personas puede llegar a contraer una deuda con la Seguridad Social de hasta 10.000 euros en menos de tres meses”. 

¿Qué ocurre si un autónomo se retrasa en el pago de sus deudas con Hacienda? 

Como en el caso de una deuda privada, las deudas que los autónomos contraen con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social están sujetas a intereses de demora. En el caso de las cantidades a deber al erario público, la tasa de interés fijada para el 2022 es del 3,75%. Y, de manera previsible, seguirá siendo así en 2023, teniendo en cuenta que esta cifra se ha mantenido inmóvil desde el año 2016. 

No obstante, los autónomos societarios y las empresas tienen derecho a deducir los intereses de demora que hayan tenido que pagar a Hacienda en el Impuesto de Sociedades, tal y como confirmó una sentencia del Tribunal Supremo emitida hace unos meses. En el caso de los autónomos que figuren como persona física -pagan IRPF en lugar de Impuesto de Sociedades-, la jurisprudencia es menos clara. 

Sin embargo, José María Salcedo, de Ático Jurídico, explicó a este diario que “las actividades económicas generadas por los trabajadores por cuenta propia persona física se determinan conforme a las reglas del impuesto de sociedades, así que entiendo que también podrían deducir ese gasto de interés de demora en la declaración de la renta”.