Algunas condiciones aún están pendientes de desarrollo

Así será la ayuda del Gobierno para devolver los créditos ICO a los autónomos más afectados

El Gobierno aprobó un fondo de 3.000 millones de euros para ayudar con tres medidas diferentes a los autónomos a pagar los préstamos avalados por el ICO. En algunos casos se podría reducir el importe a devolver.
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Así será la ayuda del Gobierno para devolver los créditos ICO a los autónomos más afectados

El Gobierno aprobó el pasado viernes un paquete de medidas para apoyar a los autónomos y empresas más afectados por la pandemia, a través de tres fondos diferentes. El primero de ellos, y también el más conocido, se dotó con 7.000 millones de euros y va dirigido a pagar las ayudas directas que distribuirán las CCAA entre sus autónomos.

Sin embargo, y a pesar de que también son muy importantes para el colectivo, no se conocen tanto los detalles de las otras dos líneas: el fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia y las medidas de apoyo al pago de los préstamos avalados por el ICO. 

Esta última medida es especialmente relevante para los autónomos, ya que según el último barómetro de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), alrededor de uno de cada tres trabajadores por cuenta propia solicitaron a lo largo de la pandemia un préstamo avalado por el Estado. Muchos de ellos no podrán hacer frente a la devolución de estos créditos, por más que el Ejecutivo les diera la posibilidad de solicitar una ampliación del plazo de carencia.

Precisamente para ayudar a los autónomos y empresarios a hacer frente al pago de estos créditos y que la devolución de estos préstamos no ponga en riesgo la viabilidad de su negocio, el Real Decreto aprobado por el Gobierno también reserva un fondo de 3.000 millones dirigido exclusivamente "para que el ICO -Instituto de Crédito Oficial- pueda acompañar los procesos de reestructuración de deuda financiera con aval público", según avanzó la vicepresidenta y ministra de asuntos económicos, Nadia Calviño, tras el Consejo de Ministros. 

Tres medidas para que los autónomos hagan frente al pago de los ICO 

Este segundo eje de actuación incluye un conjunto de medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera.

Al parecer, la idea del Gobierno es que, sobre la base del análisis del cliente que haga la entidad financiera, se puedan acordar medidas para, en primer lugar, extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público; en segundo lugar, convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos, medida que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles. 

 Por último, se podría "permitir la concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia", según comunicaron desde el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.  

Al parecer, será "la entidad financiera la que decida si el cliente está en una situación en la que necesite alguna de estas tres medidas, y cuál sería la apropiada, según los resultados de su análisis de riesgo", explicaron fuentes oficiales a este digital. 

Ampliación de los plazos de vencimiento

Por tanto, en un primer lugar, para los autónomos con problemas puntuales de solvencia, se propondrá una ampliación adicional del "plazo de vencimiento de los avales otorgados por la Administración General del Estado o por cuenta del Estado"

Cabe recordar que, en estos momentos, los autónomos que desde marzo hayan solicitado un crédito avalado por el ICO tienen hasta el 15 de mayo para solicitar la ampliación de los periodos de carencia y de los plazos de amortización que, en un principio, estaban fijados en 12 meses y cinco años respectivamente y ahora son de 24 meses y 8 años.   

El Ejecutivo estableció que los periodos de carencia en el que los beneficiarios de los préstamos sólo pagarán intereses de la deuda se extenderían hasta un máximo de 24 meses. Y los plazos de amortización de estos préstamos solicitados a través de cualquiera de las líneas ICO se ampliarían de los actuales cinco años a ocho. Es decir, tres años más. Esto quiere decir que los autónomos, por un lado, podrán estar más tiempo sin tener que devolver el capital del crédito solicitado. Y también que paguen una cuota mensual más reducida al alargarse los plazos de amortización. 

Ahora, con esta nueva medida, estos plazos se podrían ampliar de nuevo en determinados casos.   

Conversión en préstamos participativos

Así mismo, en segundo lugar, y para los autónomos societarios, se podría permitir convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos, manteniendo el aval. Medida que reforzará los recursos propios de los negocios beneficiarios al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles. 

Según la entidad financiera BBVA, "esta forma de financiación, que está a medio camino entre la inyección de capital por parte de un inversor privado, y del préstamo que ofrecen las entidades bancarias, suele tener unos requisitos de acceso bastante asequibles y su interés está ligado a la -buena o mala- marcha de la empresa. Además, su amplio periodo de amortización y carencia lo hace una herramienta de financiación útil para empresas en etapas tempranas". 

Estos préstamos participativos suelen tener un interés variable que cambia según diferentes criterios de evaluación. El más habitual es el del beneficio neto anual. Y también un interés fijo que puede marcar la entidad financiera.

Ayudas para reducir el préstamo

Como medida de último recurso en este ámbito, incluso se podría "permitir la concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia", según comunicaron desde el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Las ayudas se destinarían a las empresas que cumplan los criterios que se establecerán posteriormente en un Acuerdo de Consejo de Ministros y dentro de un proceso de renegociación acordado por los clientes con las entidades financieras, que asumirán la parte proporcional de la reducción del préstamo. 

Según el Real Decreto-Ley 5/2021, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá realizar transferencias a las empresas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos por el Código de Buenas Prácticas con la finalidad exclusiva de reducir el principal pendiente de las operaciones financieras a las que se refiere el artículo 6. Estas transferencias se producirán en el marco de los acuerdos de renegociación de deudas que alcancen los deudores y las entidades financieras acreedoras. 

Estas ayudas se abonarán directamente a través de la entidad concedente de la operación financiera, "que la aplicará con carácter inmediato a reducir el capital pendiente de dicha operación, incluido en su caso el capital vencido, impagado o con el aval ejecutado, si lo hubiere", según recoge la norma.

Además, se prohíbe explícitamente que la entidad concedente aplique comisión alguna por la cancelación anticipada de la deuda realizada con los fondos recibidos correspondientes al apoyo público concedido. 

¿Qué requisitos habrá que cumplir para acceder a estas medidas? 

Según el Real Decreto 5/2021, algunas "condiciones aplicables y los requisitos a cumplir para acogerse a las medidas previstas en este Título, incluyendo el plazo máximo para su solicitud, se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros".  Sin embargo, y a la espera de que se hagan públicas estas condiciones, ya se sabe que será necesario: 

  • Ser empresa y autónomo con domicilio social en España que atraviesen un desequilibrio patrimonial temporal
  • Haber solicitado entre el 17 de marzo de 2020 y el 12 de marzo de 2021 un préstamos avalado por el ICO
  • Haber solicitado una ampliación del plazo de carencia y amortización de los créditos ICO
  • También podrán aplicarse estas medidas a las operaciones de financiación concedidas entre el 17 de marzo de 2020 y  el 12 de marzo y que cuenten con reaval concedido por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.A. (CERSA). 

Cuando el Gobierno fije el plazo de solicitud de estas tres medidas, los autónomos deberán solicitar acogerse a ellas en la entidad financiera a la que pidieron en su momento el préstamo avalado por el ICO.