Y podrán reclamar una multa si existen errores

La Audiencia Nacional impide a Hacienda investigar dos veces a un autónomo por el mismo asunto

La Audiencia Nacional recuerda a Hacienda en una reciente sentencia que no puede investigar dos veces a los autónomos por un mismo asunto.

 

 

Hacienda no puede investigar dos veces a los autónomos
La Audiencia Nacional impide a Hacienda investigar dos veces a un autónomo por el mismo asunto

La Justicia vuelve a enfrentarse con Hacienda y limita, una vez más, sus actuaciones frente a los autónomos. En esta ocasión, ha sido la Audiencia Nacional quien ha emitido una sentencia que favorece a los contribuyentes que han sido investigados por la Agencia Tributaria. Y es que, si bien la Administración tiene potestad para iniciar procedimientos de comprobación tributaria e imponer sanciones en caso de que existan irregularidades, lo que no puede hacer es exigir nueva documentación sobre algo que ya ha investigado. Es decir, "Hacienda no puede realizar una segunda comprobación con el mismo alcance, el mismo periodo y el mismo concepto", explicó el  abogado y consultor fiscal, Sergio Cerrillo.

Una práctica que, según apuntaron los expertos, es bastante habitual entre los órganos de comprobación de la Agencia Tributaria. "Lo cierto es que en ocasiones la Administración intenta reabrir casos cuyos expedientes de comprobación ya se han cerrado para intentar liquidarlos, y el problema está en que la mayoría de contribuyentes no conocen sus derechos en este aspecto", señaló el consultor fiscal. Por ello, si Hacienda detecta cualquier incidencia en una investigación pasada, trata de volver a abrirla e, incluso, liquidarla aunque el procedimiento ya esté cerrado. Cerrillo dijo que ocurría lo mismo con la prescripción fiscal, "esta prescripción es de cuatro años, pero a veces la Administración intenta abrir temas de hace mas de cuatro años para liquidarlos, y si el contribuyente se presta a compartir esa información, Hacienda continúa con la comprobación a pesar de que legalmente sea un error".

No obstante, esta reciente sentencia para los pies a la Agencia Tributaria y deja claro que "una vez que el organismo cierra un procedimiento de comprobación, haya decidido sancionar o no al autónomo, no puede arrepentirse más tarde y reabrir ese caso". Cuando Hacienda solicita documentación a un ciudadano en un procedimiento de comprobación tributaria, una vez quedan revisados los datos, sólo quedan tres posibilidades: o bien abrir un procedimiento inspector para investigar posibles irregularidades; o bien emitir una liquidación provisional o, incluso, descartar la regularización del asunto si todo está en orden. "Pero en ningún caso incidir dos veces en un mismo tema, abarcando el mismo periodo y alcance", apuntó el abogado.

Los autónomos pueden recurrir esta irregularidad

Por ende, si se da el caso de que Hacienda intente reabrir un procedimiento que cerró en su momento, y exige al autónomo que le entregue documentos relativos a una investigación pasada, "éste puede negarse a hacer y llevar su situación a los tribunales". De igual forma ocurre con las sanciones que la Administración trata de interponer una vez pasada la comprobación, "el dictamen de la Audiencia Nacional permite a los profesionales recurrir dicha liquidación alegando que Hacienda está intentando regularizar algo que ya hizo previamente", explicó Cerrillo.

El tribunal delimita así el alcance de la Agencia Tributaria en cuanto al principio de que "no cabe una segunda revisión sobre lo ya comprobado". De hecho, la ley sólo prevé una excepción para reabrir una investigación ya cerrada y es que "se descubran nuevos hechos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas de las realizadas y especificadas en dicha resolución", recordó el abogado tributario.

Ahora bien, lo que hay que tener en cuenta, puntualizó Cerrillo, es que "la Administración puede ser muy cauta en la descripción de sus comprobaciones por lo que se deberá prestar una especial atención a analizar cual es el concepto, alcance y ejercicio de las mismas para evitar el procedimiento". Por ello, los autónomos y en general todos los contribuyentes, "deben conocer muy bien sus derechos y los límites de la legalidad de las acciones que Hacienda interpone sobre ellos", añadió.

Otro error de Hacienda con los autónomos: el procedimiento

Hace apenas tres meses la justicia abrió la puerta a que miles de autónomos sancionados a raíz de una inspección en su negocio, puedan impugnar la resolución y recuperar el dinero de la multa impuesta por Hacienda. El Tribunal Supremo se posicionó en favor de los trabajadores por cuenta propia a través de una sentencia firme en la que dicta que 'la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener bonificaciones o exenciones en las autoliquidaciones tributarias, y la aplicación de regímenes especiales, sólo pueden llevarse a cabo mediante un procedimiento de inspección'. Por lo tanto, cualquier sanción que la Administración haya impuesto en esta materia por otra vía sería nula de pleno derecho.

Gracias a esta sentencia, aquellos profesionales a los que Hacienda haya sancionado por aplicarse una deducción o exención que no les correspondía mediante un procedimiento de comprobación y no de inspección, pueden recurrirla y llevar a juicio a la Administración para recuperar la multa que abonaron. "Estas impugnaciones tienen el éxito casi garantizado, incluso si Hacienda tuvo razón y el autónomo no pudiera aplicarse la deducción a la que accedió", explicó Roger Mestres, abogado y manager en CIM Tax & Legal.

La Agencia Tributaria tiene, principalmente, dos vías para verificar que los contribuyentes declaran correctamente sus impuestos. Una es el procedimiento de comprobación y la otra el procedimiento de inspección. "La diferencia está en quién realiza la acción, el ámbito en el que se puede desarrollar el procedimiento y los métodos que permite", explicó Mestres. "Mientras que la comprobación la lleva a cabo un técnico de Hacienda y es un proceso rápido y sencillo, la inspección es un procedimiento mucho más largo y tedioso, y tiene que hacerla un inspector", añadió el abogado.

El problema está en que Hacienda "ha utilizado durante años la vía de la comprobación para realizar inspecciones, algo que es ilegal". Es decir, la Administración iniciaba procedimientos de comprobación para verificar si los autónomos cumplimentaban bien o no sus autoliquidaciones, y privarle de beneficios fiscales de los que Hacienda cree que no tiene derecho, algo que, según el Supremo, 'es una acción que únicamente puede ejecutarse mediante un procedimiento de inspección'. "La reserva de Ley recoge de forma específica que para privar a un contribuyente de un beneficio fiscal que ya se ha aplicado debe actuarse bajo un proceso de inspección, sino se considera nulo", señaló Mestres.

Se puede recuperar el dinero de estas sanciones

Este error "meramente formal" de la Agencia Tributaria, permite a los contribuyentes, especialmente a los autónomos, impugnar las sanciones que Hacienda les haya impuesto a raíz de una inspección y exigir la devolución de la multa. Todo ello, siempre y cuando la Administración les haya juzgado bajo un procedimiento de comprobación. "La justicia avalará al trabajador por cuenta propia, y Hacienda tendrá que devolver al autónomo el dinero de la sanción. E incluso, en algunos casos, esta devolución tendrá que efectuarse con unos intereses", explicó Roger Mestres.

Varios despachos de abogados y asesores fiscales están estudiando las sanciones que la Administración ha impuesto a sus clientes, los autónomos, para impugnar las liquidaciones en un procedimiento de comprobación que invada las competencias reservadas al procedimiento de inspección tributaria. Además, según el experto, aunque la nulidad de la sanción y la correspondiente devolución se dé por una cuestión meramente formal, en la mayoría de los casos la Administración no podrá iniciar un nuevo procedimiento, esta vez el correcto -de inspección- para sancionar de nuevo al profesional debido al plazo de preinscripción".