Es fundamental reconocer si se está en una situación inminente de impago

¿En qué momento un autónomo puede y debe declararse insolvente?

Ante una situación de insolvencia el autónomo tiene que presentar un concurso de acreedores voluntario. Actuar de forma correcta es clave para no cometer errores que puedan empeorar la situación. Pero ¿Cuándo se entiende que un autónomo es insolvente?
¿Cuándo y cómo puede un autónomo declararse insolvente?
¿Cuándo y cómo puede un autónomo declararse insolvente?
¿En qué momento un autónomo puede y debe declararse insolvente?

A lo largo de su trayectoria profesional, los autónomos tienen que enfrentarse a situaciones complejas. En muchas ocasiones consiguen mantener a flote sus negocios, pero otras veces resulta una tarea prácticamente imposible y se ven obligados a echar el cierre. En los últimos años, los trabajadores por cuenta propia han tenido que lidiar con las duras consecuencias derivadas de la pandemia de Covid 19 y, como resultado, se han perdido varios miles de proyectos y negocios.

En momentos difíciles, puede ocurrir que el autónomo empiece a tener más pérdidas que ganancias y, por tanto, resulte prácticamente imposible afrontar los pagos y asumir los gastos, algo que suele derivar en una situación de insolvencia. Al contrario de lo que puede pensarse, no solo las grandes empresas pueden declararse insolventes y hacer frente a un concurso de acreedores. Los trabajadores por cuenta propia también pueden. Ahora bien, ¿existe algún requisito para que un autónomo pueda declararse insolvente? ¿Cuál es el proceso que hay que seguir? 

¿Cuándo puede declararse insolvente un autónomo?

“Lo primero que hay que tener claro es que un autónomo no deja de ser un empresario. Para afrontar una situación así, lo que tiene que hacer como empresario es analizar la situación y valorar si se encuentra en una situación de insolvencia actual o inminente. Es decir, tiene que ver si está en un punto en el que ya no puede hacer frente a los pagos, ya sea en ese mismo momento o si, de forma clara, va a ocurrir en breve", explicó a este diario el socio de litigación en AGM Abogados, Miguel Noriega.

Una insolvencia actual es cuando realmente un autónomo ya no puede hacer frente a sus obligaciones de pago e insolvencia inminente es cuando se prevé que una circunstancia próxima va a poner a la empresa en claro riesgo de impagos. "Por ejemplo, un autónomo que trabaje con la Administración pública y se le termina la concesión, claramente sabe que va a tener una insolvencia inminente”, aclaró.

Obviamente, lo mejor es prever una situación de probable insolvencia, es decir, cuando está claro que los ingresos no son capaces de mantener el negocio y no llegar a una insolvencia actual cuyo remedio es peor. En ese punto, tal y como señaló el abogado, lo más importante es que el autónomo “no intente hacer el avestruz, porque eso siempre da mal resultado”. Hay que tener cuidado con las decisiones que se tomen, ya que una mala decisión puede conllevar una respuesta peor. “Hay personas que cuando ven que están en una situación de insolvencia o que han sobreseído los pagos, tienen deudas o una ejecución en un procedimiento judicial, se les ocurre la brillante idea de poner los bienes a nombre de su hijo. Hay que tener cuidado con este tipo de cosas, muchísimo cuidado, porque hay un delito que es el de la insolvencia punible del Código Penal”, destacó.

Ante una situación de insolvencia, inminente o actual, el autónomo debe acudir a un procedimiento concursal “para regular su situación y negociar ese posible convenio hasta llegar, finalmente, a intentar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho”, explicó.

¿Cuáles son los requisitos para poder declararse insolvente?

Si bien es cierto que la Ley de Segunda Oportunidad contempla una serie de situaciones, como que haya dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un plazo de 90 días o que haya una o dos demandas de ejecución, lo más importante es que el autónomo sea verdaderamente insolvente. “Al final todo se resume en tener una situación de insolvencia actual o inminente, porque cada caso es un mundo. Cuando el autónomo ve que va a llegar esa insolvencia es cuando tiene que tomar cartas en el asunto y realizar esa gestión de acudir a un procedimiento concursal”, explicó Miguel Noriega. 

“Si, por ejemplo, un autónomo tiene una gran ejecución o dos vías de apremio, uno de la Seguridad Social y otro de la Agencia Tributaria, cada una de 100.000 euros, y el trabajador por cuenta propia tiene 20.000 euros en caja, la situación es evidente. Al final cada autónomo tiene que ser consciente de que se encuentra en una situación de insolvencia, ya sea actual o inminente. Si hablamos por ejemplo de un Autónomo Económicamente Dependiente y se da una situación en la que la empresa para la que trabaja cierra, ya sabe lo que va a llegar”, añadió.

¿Qué pasos debe seguir el autónomo para declararse insolvente?

“Básicamente, el autónomo lo que tiene que hacer es acudir a un procedimiento ordenado para liquidar sus deudas, es decir, un procedimiento concursal”, explicó el experto. En ese mismo momento, cuando el trabajador por cuenta propia vea que no puede pagar o que no va a poder pagar, es cuando tiene que ponerse en manos de un profesional. “Una vez se haya puesto en manos de un profesional, este hará una valoración de su situación económica. Hará un estudio del pasivo del que dispone el autónomo y del activo que puede llegar a tener. Después, presentará un concurso de acreedores voluntario, para poder presentar un convenio y poder realizar de manera ordenada el pago de las quitas correspondientes”, explicó Noriega. 

Al presentar el concurso de acreedores voluntario, según indicó el experto, el autónomo se adelanta a que le puedan llegar a presentar un concurso necesario. Tras esto, el Juzgado de lo Mercantil designa un Administrador Concursal y el autónomo acudirá con su abogado para la elaboración del plan. “Lo más importante es saber que, llegado el momento, tiene que ponerse en manos de un profesional, que al final es quien le podrá dirigir en todo el proceso”, recalcó.

Los autónomos que inicien un concurso de acreedores pueden lograr quitas de hasta 20.000 euros

Llegados a este punto, tal y como explicó el abogado, es importante tener en cuenta la nueva Ley Concursal, que entró en vigor el pasado 26 de septiembre. “Si el autónomo puede, realizará un pago ordenado de las deudas, y si no puede, al final tendrá que ir a la exoneración del pasivo insatisfecho. Hay una importante modificación en relación a la exoneración del pasivo insatisfecho, del artículo 486 de la Ley Concursal. Ahora, se da posibilidad de que los autónomos con deudas, en muchos casos, puedan salvar sus bienes, como por ejemplo el domicilio familiar. Se trata de una novedad legislativa que regula lo que antes ya se estaba haciendo en la práctica”, recalcó. 

Además, de ahora en adelante, los autónomos que inicien un concurso de acreedores podrán acceder a quitas de hasta 10.000 euros de deudas pendientes con Hacienda y de otros 10.000 euros con Seguridad Social. Esto supone una importante novedad para el colectivo, ya que hasta la fecha tenían que acudir a la vía judicial para que se les liberara de las obligaciones con Hacienda o Seguridad Social, que son precisamente las más habituales entre los trabajadores por cuenta propia cuando atraviesan situaciones críticas. 

De esta manera, y tras la reforma de la ley, cuando el acreedor es Hacienda o la Seguridad Social, las exoneraciones de las deudas que tienen los autónomos serán de un 50% del total adeudado con la Administración y sin poder superar los 10.000 euros por entidad. Es decir, el trabajador por cuenta propia solo podrá alcanzar el máximo de 20.000 euros de exoneración de deudas públicas.