Los expertos dicen que son los que más lo necesitan

Los autónomos con deudas se están quedando fuera de los créditos ICO

Los autónomos con deudas no están pudiendo acceder a los créditos ICO ni tampoco a la ampliación de los periodos de carencia y amortización.
Los autónomos consideran el 2022 como un a
Los autónomos con deudas se están quedando fuera de los créditos ICO

Miles de autónomos con deudas o en concurso de acreedores no tienen la posibilidad de retrasar el pago de los créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) sobre todo si los impagos con Hacienda y Seguridad Social. No tener deudas con la Administración pública es uno de los principales requisitos que el Gobierno siempre impone a los contribuyentes de cara a solicitar o acogerse a cualquier tipo de medida. Una condición que, a raíz de la pandemia, se ha vuelto muy difícil de cumplir para 667.000 trabajadores por cuenta propia que al verse obligados a cerrar sus negocios, no han podido hacer frente a sus obligaciones con las administraciones y, por este motivo, no tienen acceso a estos préstamos con aval público.

El pasado marzo registró un récord casi inédito de procesos concursales, y de ellos, el 83% los presentaron autónomos. "En muchas ocasiones se liquidan empresas por endeudamiento con las Administración pública, y los profesionales necesitan acudir a préstamos para poder sufragarlas. Sin embargo, si tiene deudas, no puede solicitar dinero, así que muchos autónomos se ven envueltos en un círculo sin fin", explicó José Castaño, graduado social y vocal de la Comisión de Estudios Fiscales del Consejo General de Graduados Sociales de España. "Muchos dueños de negocio quieren ampliar la carencia y amortización de los ICO por que aún tienen muchas dificultades, pero el requisito de mora se lo impide", añadió el experto.

Con el Real Decreto-ley 5/2021 que el Gobierno aprobó hace apenas dos semanas en el Consejo de Ministros, se extiende la duración de los préstamos hasta los 10 años, frente al máximo de ocho marcados hasta ahora, y se alargan en el tiempo los periodos de carencia, que dependerán de lo que el trabajador por cuenta propia pacte con su entidad bancaria. Aquellos que cumplan con todos los requisitos para solicitar la ampliación tendrán que hacerlo antes del 15 de octubre.

El requisito de no tener deudas deja fuera a muchos autónomos

No obstante, muchos profesionales se quedan fuera de esta posibilidad. De hecho, es algo de lo que ya avisó el Consejo General de Gestores Administrativos, quien advirtió en su último barómetro que el 23% de los pequeños negocios no podrá solicitar estos préstamos o la ampliación de los periodos de carencia y amortización debido a las deudas que acarrean. “Cuando un negocio tiene problemas financieros lo primero que deja de pagar son las deudas con Hacienda y Seguridad Social y luego los préstamos, porque busca mantener la actividad y pagar a los empleados. Es lógico que los autónomos tengan deudas dada su difícil situación”, explicó su presidente, Fernando Santiago. “Por eso, son precisamente los profesionales que están en esta situación, los que más necesitan ampliar los plazos para poder hacer frente a los pagos”.

La normativa establece que para acceder a esta ampliación "la operación de financiación avalada no esté en mora -impagada más de 90 días-, ni tampoco lo esté ninguna de las financiaciones restantes otorgadas por la entidad al mismo cliente". Y este requisito el que va a impedir, según los gestores administrativos, a más de 667.000 pequeñas y medianas empresas solicitar más tiempo para devolver el capital del crédito solicitado. “Es un problema muy serio ya que, siendo el colectivo más afectado, no les dejan acceder a la ampliación por tener impagos con más de 90 días frente a los bancos”, explicó Santiago.

Los gestores administrativos aseguraron que existe una “falta de empatía absoluta” por parte del Gobierno a las pequeñas y medianas empresas. "Aún sabiendo los problemas que están acarreando desde el estallido de la pandemia y que iban a ser los primeros en dejar de pagar a los bancos, es el colectivo más castigado por el Ejecutivo. Miles de negocios pueden desaparecer al quedarse sin la posibilidad de tener más tiempo para abonar los préstamos, y hundirse entre deudas", denunció el presidente del Consejo.

"¿Y si los bancos saldasen la deuda con el préstamo?"

Si bien los expertos consultados coinciden que el hecho de eliminar este requisito del acceso tanto a la ampliación de los periodos de carencia y amortización de los ICO, como al propio crédito en sí se trata de una "cuestión política", explicaron que "quizás podría regularse de forma que no afectase a tantos profesionales, y les dejase retrasar sus pagos si tienen dificultades económicas en sus negocios". 

Tal y como explicó el graduado social, José Castaño, "un autónomo con problemas de tesorería no puede hacer frente muchas veces a los seguros sociales, lo que ya es un impago frente a la Administración y le hace no poder acceder a ninguna medida. Se podría haber arbitrado un sistema para que el propio banco, una vez que concediese el préstamo al profesional, negociase con la Administración para emplear ese dinero en saldar la deuda", señaló el experto.

"Es una alternativa excepcional que podría llevarse a cabo en una situación tan excepcional como la que nos ha tocado vivir", añadió. Que sean las entidades bancarias las que, a través de la concesión de un crédito, pudieran negociar con Hacienda y Seguridad Social para que así el autónomo pueda solicitar dinero para ponerse al corriente de pago "permitiría la continuidad de muchos negocios".

¿Qué otros requisitos deben cumplir para acceder a la ampliación?

Además de la ya mencionada condición de no acarrear deudas, los autónomos y pymes deben cumplir con otros requisitos para poder solicitar la ampliación de los periodos de carencia y amortización de los créditos ICO. 

  • Tener domicilio social en España
  • Haberse visto afectados por los efectos económicos del Covid-19. Para demostrarlo han de acreditar que a 31.12.2019 no se encontraban en situación de insolvencia, conforme a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.
  • No pueden figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019. 
  • Es obligatorio que los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020, y la financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
  • Por otra parte, pueden acceder aquellos negocios inmersos en un concurso de acreedores siempre y cuando estén cumpliendo con el calendario de pagos.

¿Cómo se solicita la ampliación?

Para poder ampliar los periodos de amortización y carencia de los ICO, el Gobierno ha tenido que llegar a un acuerdo con la Comisión Europea y con las entidades bancarias. De esta forma, "los autónomos que quieran ampliar los periodos de devolución deberán sentarse con su entidad financiera para cambiar los términos de su préstamo en función de los nuevos periodos que determinó el Ejecutivo en noviembre", explicó el abogado Luis Conde, del despacho AGM.

El siguiente paso que deben dar es formalizar la modificación del contrato ante un notario. Éste, como ya adelantó la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, tendrá una rebaja del 50% de los aranceles notariales y registrales “a la hora de hacer estas operaciones de ampliación”. Según los expertos, lograr esta ampliación no dura más de un "par de días".

De igual forma, Antonio Pedraza, presidente de la Comisión Financiera del Consejo General de Economistas, explicó que los autónomos pueden optar también a una ampliación de los créditos ICO. "Los profesionales que quieran solicitar mayor liquidez deberán acudir a su entidad bancaria y justificar mediante sus libros de cuentas que necesitan más circulante", explicó el experto. Es decir, que para que los bancos concedan más liquidez, el autónomo debe entregar al banco sus registros contables y "mostrar un estudio con la proyección que tendría el negocio con esa financiación que está solicitando", apuntó Pedraza. Pero, además, los profesionales deberán demostrar que tienen la "capacidad necesaria para hacer frente tanto para el préstamo que ya tenían concedido, como para su ampliación".