Varios expertos urgen una reforma fiscal

Los autónomos pierden 5.000 millones al año en deducciones de gastos que deberían poderse desgravar en Hacienda

Según un informe de la asesoría online, Declarando, los autónomos pierden 5.000 millones al año por no poder deducirse todos los gastos derivados de su actividad. Distintos expertos urgen una reforma fiscal para “ser justos” con el colectivo.
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Los autónomos pierden 5.000 millones al año en deducciones de gastos que deberían poderse desgravar en Hacienda

Permitir que los autónomos puedan deducirse los gastos derivados de su actividad sigue siendo la tarea pendiente de la Agencia Tributaria. De hecho, según recoge el último informe de la asesoría online, Declarando, los trabajadores por cuenta propia están perdiendo 5.000 millones de euros al año por no poder incluir en sus declaraciones los costes reales que soportan para mantener sus negocios.

A primera vista, el abanico de gastos que un profesional se puede deducir para reducir lo que paga de impuestos al Fisco podría parecer grande, pero, a la hora de la verdad, pueden desgravarse muy pocos. Esto se debe a que Agencia Tributaria obliga al autónomo a justificar de forma exhaustiva que todos y cada uno de los gastos que incluye en su declaración fiscal están relacionados exclusivamente con su actividad, “algo que es completamente imposible en la mayoría de ellos”, explicó José Castaño, graduado social y vocal de la Comisión de Estudios Fiscales del Consejo General de Graduados Sociales de España.

Por ello, tanto las organizaciones representativas de autónomos, como asesores fiscales, graduados sociales e, incluso, representantes de partidos políticos, llevan años exigiendo una reforma fiscal para que los trabajadores por cuenta propia puedan desgravarse parte de sus gastos corrientes, algo que ahora supone un calvario. “Es urgente impulsar reformas que vayan enfocadas a que gastos que hoy no se consideran deducibles, se replanteen y se analicen para que los profesionales puedan deducírselos de manera sencilla”, denunció la portavoz del Grupo Popular en el Congreso de los Diputados, Cuca Gamarra.

“Es una injusticia para el colectivo” y un agravio frente a las sociedades

La Agencia Tributaria mira con lupa todos los gastos que los profesionales intentan deducirse a la hora de hacer la declaración del IRPF. Tanto es así, que los asesores fiscales recomiendan que, aún teniendo la duda de si un gasto es deducible o no porque la normativa no está clara, es preferible no incluirlo "porque casi con total seguridad cuando Hacienda lo compruebe, lo eliminará". Para los trabajadores por cuenta propia hay muchos gastos "conflictivos" y sobre los que no hay "ningún tipo de seguridad jurídica para poder deducirlos", señaló Castaño. La inseguridad jurídica llega hasta tal punto que "aunque un autónomo tenga, teóricamente, derecho a una deducción, no tiene asegurado que un inspector no vaya a ponerla en duda".

A ello se suma el agravante comparativo entre una persona física y una persona jurídica. El mismo gasto, por ejemplo el gasóleo que utiliza su coche para su actividad, un autónomo no se lo puede deducir y una sociedad sí. Lo mismo ocurre con viajes de negocios, comidas, parking que Hacienda rechaza como gastos de la actividad en el caso de un autónomo y lo acepta en el caso de que sea una sociedad mercantil. Mientras que los trabajadores por cuenta propia se rigen por la Ley del IRPF, las empresas lo hacen por la Ley de Sociedades, "cada ley tiene sus requisitos e, indudablemente, en el IRPF son mucho más estrictos. Es una injusticia para los profesionales", denunció el graduado social.

Por su parte, la portavoz del PP en el Congreso de los Diputados explicó que el hecho de que un autónomo no se pueda deducir los gastos afectos a la actividad económica y un empresario con personalidad jurídica sí, es "una gran discriminación" para el colectivo. "Hay que buscar el camino para que puedan hacerlo”, dijo Gamarra.

Urge una reforma fiscal que contemple la realidad del autónomo

La mayoría de expertos coinciden en la necesidad de que el Gobierno lleve a cabo una reforma fiscal que contemple la realidad de los autónomos. Insisten en que "debería haber más seguridad jurídica para las personas físicas de forma que, tanto ellos como los asesores fiscales, siempre tengan claro qué gastos pueden o no deducirse". 

Las normas tributarias cambian constantemente y han hecho que los autónomos y sus asesores se encuentren en una situación de inseguridad constante: "ninguna deducción tiene cero riesgo, y eso no debería ser así. También debería dotarse a la actuación inspectora de más transparencia. Es fundamental para entender los criterios que está llevando a cabo cada funcionario a la hora de entender como injustificada una deducción, y así ver si realmente los criterios están unificados", añadió Arturo Jímenez, director del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).

La Ley que regula los gastos deducibles en la declaración recoge que los empresarios o profesionales 'no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesión'. De igual forma, sí podrán deducirse los costes que estén exclusivamente relacionados con su actividad. El problema viene a la hora de discernir lo que de verdad está directa y exclusivamente relacionado con la actividad del autónomo y lo que se puede justificar como tal.

Las justificaciones de gastos son "pruebas diabólicas"

Varios expertos se refieren a la justificación de los gastos que tienen que hacer los profesionales para poder acceder a deducciones como “la prueba diabólica”. Esto se debe a la dificultad que implica demostrar a la Agencia Tributaria la correlación entre gasto y actividad. "En la mayoría de los casos es prácticamente imposible convencer a Hacienda, mediante documentación, que los gastos son íntegros del negocio", apuntó el graduado social, José Castaño.

De hecho, distintos asesores fiscales coincidieron en que, muchas veces, casos en los que, a priori, parecía evidente que el gasto estaba relacionado con la actividad y, finalmente, el técnico o inspector de Hacienda terminó por entender que no era deducible. 

"Si la comprobación del gasto se realiza en los órganos de gestión de la Agencia Tributaria, ésta lo eliminará automáticamente sin dar opción al autónomo de explicar porqué lo ha incluido. En cambio, en el caso de una inspección, al haber una relación más directa con el inspector o el técnico, se puede intentar explicar el por qué de ese gasto antes de que ellos te manden la propuesta de liquidación, por lo que depende un poco más del funcionario", explicó Castaño.

¿Cuáles son los gastos más difíciles de deducir para los autónomos?

Gastos relacionados con el vehículo

Los gastos derivados del vehículo encabezan la lista de gastos de difícil justificación para los autónomos. Normalmente, la propia naturaleza del gasto impide la prueba. Es el caso del combustible, las reparaciones del vehículo, los peajes o los parkings. “Hacienda suele cuestionar este tipo de compras, es casi imposible probar que el combustible del vehículo se ha utilizado única y exclusivamente para el desarrollo de la actividad. Lo mismo sucede con las reparaciones, no existen pruebas irrefutables de que estos gastos hayan sido imprescindibles para el desarrollo de la actividad”.

Para deducir el IVA de la compra del vehículo sin correr el riesgo de tener que devolver el importe deducido y enfrentarse a una sanción, el autónomo tiene que ser un profesional que se dedique en exclusiva a actividades vinculadas con el transporte.  Para especificar aún más, Hacienda prevé una serie de casos en los que sí es posible deducir el 100% del IVA en la adquisición de un vehículo.

  • Vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías
  • Vehículos para la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación (por ejemplo, taxistas).
  • Los que prestan servicios de enseñanza a conductores mediante contraprestación (Vehículos de autoescuela).
  • Utilitarios usados para pruebas, ensayos, demostraciones o promoción de ventas.
  • Turismos utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
  • Los vehículos usados en servicios de vigilancia y seguridad.

Gastos de restauración

La deducción de gastos de representación es, en casi todos los casos, una batalla perdida para el autónomo. Para justificar los gastos de una comida en la que el autónomo invita a sus clientes habría que demostrar que este gasto en el restaurante tiene una finalidad única y exclusivamente comercial. Según los expertos, Hacienda no contempla la factura que emite el restaurante como prueba suficiente. Demostrar con pruebas sólidas la finalidad de una comida resulta tan complicado que podría considerarse un gasto casi imposible de deducir sin riesgo de sanción

Incluso la dieta diaria de 26,67 euros a la que tiene derecho deducirse todos los autónomos desde el 2018 y que se aprobó en la Ley de Reformas de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo está dando problemas a la hora de justificarse ante Hacienda, según aseguran algunos trabajadores por cuenta propia. En teoría bastaría con mostrar que se ha ha abonado mediante tarjeta bancaria y aportar el tique correspondiente del restaurante. Pero muchas veces la Agencia Tributaria ha puesto pegas al respecto y exige factura.

Teléfono móvil

Lo mismo sucede con el teléfono móvil. Un autónomo tiene muy difícil justificar que utiliza el teléfono móvil tan sólo para su actividad. En muchos casos, para justificar la deducción de este gasto, Hacienda pedía que se probase que las llamadas fueran derivadas de la actividad, es decir, que se producían con clientes, o que se hubieran hecho tan sólo en días hábiles. Se trata de una prueba inviable y, además "muy injusta. En el momento en el que el autónomo realiza una llamada personal con ese teléfono pasa a dejar de ser deducible, y eso es prácticamente imposible".

Ropa de trabajo

Además según, el graduado social, José Castaño, la ropa de trabajo también es un gasto de difícil deducción. Según el asesor, se considera de uso particular a pesar de que el autónomo pueda necesitar un traje o cualquier otra prenda para desarrollar su actividad. “A no ser que la compra se realice en una tienda especializada en ropa de trabajo, se trataría de un gasto de muy difícil justificación".