La eliminación del mediador concursal y la confianza han sido los motivos

Crece cada vez más el número de autónomos en crisis que se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad

Desde que se aprobara a finales de 2022 la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad, ha aumentado un 40% el número de personas con deudas y autónomos en dificultades que se han acogido a ella.
Aumenta el número de personas que se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad
Aumenta el número de personas que se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad
Crece cada vez más el número de autónomos en crisis que se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad se acerca ya a sus ocho años de edad. A lo largo de este tiempo, los negocios y particulares con deudas que están utilizando esta nueva norma son cada vez más, sobre todo a raíz de la reforma de la Ley, que tuvo lugar en septiembre de 2022 y que alivió muchas cargas de los deudores. Según los datos facilitados por Repara Tu Deuda, despacho de abogados especializado en la materia, el número de personas que se han acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad experimentó “un aumento significativo” durante el cuarto trimestre de 2022.

Durante dicho periodo, el número de concursos aumentó un 40%, lo que supone que, en todo el territorio nacional, casi 4.500 personas y autónomos decidieron acogerse a esta ley

Según explicaron los expertos del despacho de abogados, este aumento se debe a la reciente reforma de la ley, que permite cancelar las deudas “de una manera más rápida y económica”, eliminando la figura del mediador concursal y el acuerdo previo con el banco, lo que permite reducir los costes en un 30%. 

“Nuestras previsiones son que cada año van a seguir aumentando las cifras, ya que la necesidad es cada vez mayor y, además, el paso del tiempo está posicionando de una manera correcta el procedimiento de la Segunda Oportunidad. Cada vez es más conocida, y la gente, que ya de por sí tenía necesidad, una vez ya la conoce, sabe que se trata de un procedimiento limpio y con el que, al final, se consigue obtener la cancelación de la deuda”, explicó a este diario la consejera delegada de Repara Tu Deuda, Alicia García. 

Los últimos años, además, marcados por la pandemia y la inflación, han provocado que muchas personas, entre las que se encuentran un importante número de autónomos, lleguen a unos altos niveles de desesperación. “Hay personas que ya no saben qué hacer. Tienen unos ingresos con los que no pueden vivir dignamente y, a su vez, afrontar las deudas. Al final, el mecanismo de la segunda oportunidad lo que permite es eso, poder respirar a nivel financiero y poder optar a algo nuevo. Si, por ejemplo, eres una persona emprendedora, te permite poder iniciar otro negocio”, destacó la experta. 

En los últimos años, y tras los numerosos casos de éxito, la confianza en la Ley de la Segunda oportunidad ha aumentado. “En septiembre se cumplirán ocho años desde que se aprobó el mecanismo de segunda oportunidad. Al principio sí que es verdad que costaba mucho, ya que era algo muy desconocido para la población. Incluso a día de hoy nos sorprende lo desconocida que puede llegar a ser para muchas personas. Lo que sí está claro es que la necesidad siempre va a estar ahí, siempre va a haber personas que estén sobre endeudadas y que se encuentren en una mala situación económica, por lo que siempre va a haber alguien que se pueda acoger al mecanismo de segunda oportunidad”, sentenció Alicia García. 

Es necesario ser “un deudor de buena fe” para poder acogerse a este mecanismo

Según explicó la experta consultada, hay dos requisitos principales para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. En primer lugar, hay que ser lo que se conoce como “deudor de buena fe”. Es decir, toda persona que realmente esté predispuesta a lo que supone el procedimiento y a presentar la documentación requerida para elaborar una demanda y una presentación de concurso. 

“Esto, al final, no deja de ser un concurso voluntario. Se trata de un concurso de acreedores, pero que, a raíz del cambio de la reforma de septiembre de 2022, ahora es voluntario. Por tanto, tiene que haber una información y unos datos que acrediten que realmente, con los ingresos que tienes, no puedes vivir dignamente y pagar a quien debes dinero. Es un juez el que lo cancela y el que da el beneficio de la exoneración”, explicó Alicia García.

Por ello, el requisito principal es ser un deudor de buena fe y estar predispuesto en todo momento. “Si, por ejemplo, tienes patrimonio, y esos bienes están hipotecados, tanto si están hipotecados como si no, los tienes que poner a disposición del procedimiento. Por eso primero asesoramos y valoramos si realmente esa persona tiene que acogerse a la ley de la segunda oportunidad, luego ya es decisión del deudor”, señaló. 

El segundo requisito para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es que la deuda no sea superior a cinco millones de euros. No obstante, puede haber excepciones si se dan una serie de casuísticas

“Hace unos dos años batimos el récord. Teníamos una clienta que acudió a nosotros y le cancelamos una deuda superior a cinco millones de euros. Cuando ella se acogió con nosotros, la deuda era un poco inferior a cinco millones, pero como el procedimiento dura un tiempo, los intereses fueron subiendo. Al final conseguimos cancelarlo todo, y es una excepción que se hizo, porque sí que es verdad que cuando acudió a nosotros y presentó el concurso, la deuda sí que era inferior a cinco millones de euros”, explicó la CEO de Repara Tu Deuda.

En este caso, como en muchos otros, la persona en cuestión era trabajadora por cuenta propia. Había iniciado un proyecto y no le habían ido bien las cosas. Gracias a este procedimiento, según explicó García, pudo tener una segunda oportunidad.

“Recibimos muchos casos de autónomos y emprendedores, personas muy trabajadoras que han intentado poner negocios en marcha, pero a veces no depende de uno mismo. Se va haciendo una rueda cada vez mayor. Y a raíz de la pandemia hemos tenido muchos profesionales que tuvieron que dejar sus negocios parados e intentaron remontar, pero al final no les quedó otra que renunciar, acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad y empezar de cero. 

Los expertos explican el paso a paso de este procedimiento

Según explicó a este diario la consejera delegada de Repara Tu Deuda, Alicia García, el primer paso para arrancar con este procedimiento y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es que las personas interesadas soliciten información al despacho de abogados, el cual valora cada situación y ofrece un primer asesoramiento. 

Tras ello, si los deudores quieren continuar con el proceso y los abogados consideran que sí reúnen las características para poder acogerse a la ley, se inicia el procedimiento entrando en lo que se conoce como “fase previa”. 

En esta primera fase, el cliente debe rellenar un formulario y entregar toda la documentación que corresponda, acreditando así que realmente su situación es de insolvencia o que prevé que la insolvencia sea inminente. “A partir de ahí, con esa documentación y esa información detallada en el formulario, presentamos la solicitud de concurso voluntario en el juzgado Mercantil”, explicó.

Antes de la reforma, matizó la experta, había que acudir al juzgado de primera instancia, que es el que impusieron cuando se aprobó el mecanismo de la segunda oportunidad. “Gracias a la reforma del 26 de septiembre de 2022, ahora se hace todo a nivel provincial, con el juzgado mercantil. El juzgado mercantil es el que llevará los procedimientos de segunda oportunidad, y eso ha hecho que el proceso sea un poco más rápido”, destacó. 

Tras ellos, se inicia lo que es el concurso, pudiendo variar cada situación dependiendo de si se tienen propiedades o no.

Si el deudor no tiene propiedades

En caso de no tener propiedades, explicó García, la persona puede acogerse igualmente a la Ley de la Segunda Oportunidad y, además, por lo general, el concurso es un poco más rápido, ya que, al no intervenir los bienes, no hay nada que liquidar. 

“Nosotros elaboramos un expediente en el que demostramos que la persona no puede afrontar esa situación con los ingresos que tiene. Evidentemente es un juez el que determina si realmente es así, pero nosotros preparamos el expediente y sabemos cómo hacerlo”, destacó.

Si el deudor tiene propiedades

En caso de tener propiedades, se realiza la apertura, la fase de liquidación. “Los bienes se ponen a disposición del procedimiento, pero esto no quiere decir que siempre se tengan que liquidar, ya que se pueden hacer excepciones”, explicó.

Puede darse la situación de que se tenga vivienda habitual hipotecada y que, en caso de que se cumplan unos requisitos, esta se pueda mantener. “Por ejemplo, puede ser que estés al día con la hipoteca, o que si la vendes no le vayas a sacar un beneficio. En estos casos, el juez te puede permitir cancelar la deuda y mantener tu vivienda habitual y tu hipoteca. Eso también lo hemos conseguido. Te quitas la parte de tarjetas, préstamos, créditos que no puedes pagar, pero tu vivienda habitual, si cumples esos requisitos, se mantiene”.

Sin embargo, si se tienen propiedades que están sobrehipotecadas, lo que se hace es ponerlas a disposición del procedimiento, por lo que todos los bienes se liquidan. “Se cancela todo, porque entregas la vivienda, y la parte de la hipoteca que te quedaría se cancela junto con el resto de créditos. Te dan el beneficio de cancelar todo”, aclaró la experta.

Aproximadamente, el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad tiene una duración de entre 12 y 18 meses, aunque, según concluyó Alicia García, los tiempos dependen mucho del juzgado en cuestión, ya que, “por desgracia, no todos los juzgados trabajan con la misma rapidez y fluidez”.