Aunque la mayoría acaban siendo archivadas

Crece el número de denuncias anónimas a los autónomos por parte de sus clientes o la competencia

Según el Sindicato de Técnicos de Hacienda, Gestha, en los últimos años se ha disparado el número de denuncias anónimas a los autónomos por parte de sus propios clientes o de la competencia. La mayoría terminan siendo archivadas por "no estar debidamente fundamentadas". 

 

 

Denuncias anónimas autónomos
Crece el número de denuncias anónimas a los autónomos por parte de sus clientes o la competencia

El número de denuncias anónimas que llegan al buzón de la Agencia Tributaria no ha parado de crecer en los últimos años. El presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, alertó sobre este incremento y aseguró que la mayoría de las que van dirigidas a autónomos “no están fundamentadas”. Al parecer, la competencia, empleados o antiguos socios de la actividad estarían utilizando esta herramienta para dañar la imagen del trabajador por cuenta propia, si bien la mayoría de las denuncias acaban siendo archivadas.

A través de la página web de la Agencia Tributaria, cualquier persona puede denunciar anónimamente un supuesto fraude o infracción fiscal que haya cometido una tercera persona o un negocio. Una herramienta muy útil que puede poner sobre aviso a los inspectores de Hacienda, pero que últimamente está siendo mal utilizada. El presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, aseguró que "muchas de las denuncias que nos llegan y que van dirigidas a autónomos han sido enviadas por negocios de la competencia, que utilizan este buzón como una forma de desacreditarles". 

Se trata de una situación que, Cruzado aseguró que "ocurre con mucha frecuencia” y que se habría incrementado en los últimos años. Además, aparte de los negocios de la competencia, el presidente de Gestha señaló que también es habitual encontrarse con denuncias anónimas puestas por empleados con los que la relación laboral acabó siendo problemática, o con antiguos socios de la actividad. “Nos hemos llegado a encontrar casos donde el denunciante era ex-cónyuge del denunciado”, destacó el experto.

La mayoría de las denuncias son “archivadas”

No obstante, y a pesar del volumen de denuncias anónimas que llegan hasta el buzón de la Agencia Tributaria, la falta de rigor e información de las mismas hacen que la mayoría de ellas sean descartadas y "archivadas. El problema de las denuncias anónimas es que muchas veces no están fundamentadas. Y, por tanto, como no hay un mínimo de prueba o documentación exigible para acreditar que se ha producido una infracción tributaria, se archivan” dijo Cruzado.

Según dijo el presidente de Gestha, suelen ser casos en los que no se aporta ningún tipo de documentación, ni prueba, ni si quiera  indicios de que se haya producido realmente una infracción fiscal. A veces, incluso, sólo nos han adjuntado un recorte de periódico...Y con ese tipo de información, la denuncia acaba siendo archivada”.

A pesar de todo, hay casos en los que la denuncia sí tiene fundamentos y acaba siendo una pista importante para que los técnicos comiencen a investigar un negocio.   

El buzón de denuncias anónimas de Hacienda

Una de las características de esta herramienta es que, a diferencia de lo que ocurre con la vía penal, el buzón de denuncias anónimas de la Agencia Tributaria puede ser utilizado por terceras personas. Es decir, no es necesario estar involucrado en el caso para dar la voz de alarma sobre una situación, simplemente basta con tener conocimiento de ella y hacérselo llegar a la Administración mediante este sistema.

El buzón se encuentra dentro de la página web de la Agencia Tributaria. A través de él se establecen los seis tipo de denuncias tributarias que una persona puede interponer.

  • Denuncia ordinaria.
  • Denuncia de facturas y tickets no declarados.
  • Denuncia de software de ocultación de ventas.
  • Denuncia de comercio electrónico y fraude web.
  • Denuncia de alquiler de inmuebles.
  • Denuncia tributaria por infracción de la normativa de la UE

Todas ellas se pueden interponer completando un sencillo formulario, en el que la propia Administración advierte al interesado de que debe “contener el mayor número de datos conocidos que sean necesarios para la identificación, por el órgano Inspector, de las personas denunciadas, tales como nombre y dos apellidos o denominación social en el caso de personas jurídicas, NIF, domicilio, razón social en su caso, etc”.

Por todo ello, invitan a presentar todo tipo de documentos o de facturas. También piden datos del impuesto que motiva la denuncia, de los modelos o dan la posibilidad de añadir cualquier tipo de fichero que pueda suponer una prueba del supuesto delito tributario.

El buzón de la Agencia Tributaria no es 100% anónimo

Uno de los problemas que presenta el buzón de la Agencia Tributaria es que no es anónimo al 100%. El presidente de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF), Joan Torres, avisaba sobre ello a este diario. Según comentó, si bien esta herramienta da en un principio pie a realizar la denuncia de manera anónima y permite al usuario escoger al inicio del trámite ‘sin identificación’ o mediante identificación electrónica (certificado o DNI electrónico) o sistema Cl@ve PIN, “luego sí que va a requerir que esa persona se identifique” advertía Torres.

En cualquiera de los seis formularios de denuncia tributaria, el interesado debe completar el apartado ‘datos del denunciante’ y el formulario ya advierte que es “imprescindible completar este dato”. Según explicó Torres, la norma no permite que se reporte una denuncia a la Administración sin conocer los datos de la persona que la presente. De hecho el artículo 62. 2 de la Ley 39/215, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que “las denuncias deberán expresar la identidad de la persona o personas que las presentan y el relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración” como recoge la norma.

No obstante, la norma también permite en su artículo 62. 5 que “la presentación de una denuncia no confiera la condición de interesado en el procedimiento que se inicie”. O, dicho de otra forma, que la Agencia Tributaria no tiene por qué involucrar al denuncia ni revelar la identidad de la persona que rellene el formulario.