Modelo 303

Debes hacer la declaración del IVA trimestral aunque no hayas facturado

Una temporada sin actividad por la causa que sea no es razón para dejar de declarar el IVA trimestral. A pesar de no tener ingresos, el autónomo está obligado cada trimestre a presentar el modelo 303. El proceso variará dependiendo de si, a pesar de no haber tenido ingresos, ha tenido gastos o, ha sido un trimestre completamente inactivo.

Los asesores fiscales solicitan una prórroga para el cierre fiscal de 2021.
Debes hacer la declaración del IVA trimestral aunque no hayas facturado

Cada trimestre, los autónomos están obligados a declarar el IVA de su actividad. La presentación al Fisco de la declaración de los impuestos por sus ingresos y gastos es parte de la rutina del autónomo desde el mismo momento en el que pone en marcha un negocio. Pero ¿y si no hay ingresos? ¿y si no hay gastos? El autónomo debe saber que sus obligaciones con la administración se mantienen independientemente del volumen de su facturación. Incluso cuando su actividad está a cero, el afiliado al RETA, por el mero hecho de serlo, tiene que rendir cuentas con Hacienda.

La forma de hacer su declaración dependerá del volumen de su actividad, de si no ha tenido ingresos ni gastos o de si ha mantenido sus gastos pero, a pesar de ello, no ha obtenido ningún ingreso. Sea como sea, cada trimestre el autónomo tiene que acudir al modelo 303, dependiendo de su rendimiento, tendrá que rellenarlo de una forma u otra.

Modelo 303 sin actividad

El primer caso, es el más sencillo. Cuando un autónomo, por cualquier circunstancia, ve no ha tenido actividad pero ha decidido mantener su alta en el RETA, tendrá que marcar la casilla de “sin actividad” en el modelo 303.  Sin embargo, esto no está exento de consecuencias. Cuando el autónomo elige esta modalidad en su declaración pierde el derecho a desgravar los impuestos soportados en sus gastos.

Por tanto, es recomendable que tan solo se recurra a esta casilla cuando de verdad el resultado sea cero, cuando el trabajador por cuenta propia no ha tenido ni ingresos ni gastos, ni cualquier cuota pendiente que pudiera acumularse en su declaración. Además del modelo 303, el autónomo tendrá que rellenar el 390 indicando de la misma forma su absoluta inactividad. Lo mismo sucede con el modelo 130, en el que el autónomo deberá dar parte de su inactividad en el apartado “Resultado cero”.

Modelo 303 con gastos pero sin ingresos

En el caso de no haber tenido ingresos pero sí haber tenido que afrontar gastos, el autónomo deberá rellenar de igual manera el modelo 303 junto al 390. Sin embargo, en este caso, no deberá marcar la casilla de “Sin actividad”. Deberá dar parte tan solo de sus gastos, por los que podrá desgravarse el IVA vinculado a su actividad con absoluta normalidad.

No obstante, desde SAGE, recordaron que esta forma de proceder a la hora de presentar la declaración tiene que entenderse como algo excepcional. Declarar el IVA en negativo, sólo presentar el soportado pero sin ingresos, es comprensible siempre y cuando se trate de algo temporal debido a la falta de clientes y al deber de asumir gastos fijos. Sin embargo, si durante varios trimestres el autónomo deja de declarar sus ingresos pero continua presentando sus gastos para deducción, “puede ser motivo de inspección por parte de Hacienda”.

En todo caso, lo que debe tener claro el autónomo es que los rendimientos de su actividad, sean cuales sean, de ninguna manera le eximen para dejar a un lado la autoliquidación trimestral. El modelo 303 tiene que presentarse siempre y, de no hacerlo, el autónomo puede enfrentarse a sanciones.

Próxima declaración trimestral

Sean cuales sus ingresos y gastos, el próximo mes de julio a los autónomos les tocará hacer la declaración trimestral. Tendrán hasta el día 22 del séptimo mes del año para presentar los impuestos correspondientes al segundo trimestre. Los trabajadores por cuenta propia tendrán varias obligaciones tributarias antes de empezar el verano, entre ellas, las retenciones de IRPF, con el modelo 111,  pagos fraccionados en estimación directa con el 130 y módulos con el 131 y, por supuesto, el IVA con el modelo 303, entre otras.