Multas de 100 a 600 euros

Los errores más comunes que comenten los autónomos al hacer la RENTA y que son sancionables

Los autónomos se juegan más que cualquier otro contribuyente en la declaración de la RENTA. Recopilamos los errores más comunes que comenten y sus sanciones.

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Los errores más comunes que comenten los autónomos al hacer la RENTA y que son sancionables

Miles de autónomos se encuentran realizando ya la declaración de la Renta 2022 correspondiente a los ingresos obtenidos en el ejercicio 2021. Mientras que muchos la siguen aún confeccionando -tienen de plazo hasta el próximo 30 de junio -, otros ya la han presentado. Para los trabajadores por cuenta propia, la Renta es un trámite especialmente complejo de cumplir debido al alto volumen de información que deben recopilar y aportar. Los expertos en materia fiscal recomiendan revisar varias veces el borrador antes de presentarlo, para evitar cometer errores que acabarán siendo sancionados por la Agencia Tributaria.

La Administración fiscal recoge en su modus operandi la penalización de ciertos comportamientos o errores en la declaración de la Renta. El abogado en materia laboral y fiscal, Alberto Ara, explicó que muchos de los fallos que comenten los autónomos parten del desconocimiento del funcionamiento de los procesos fiscales, el olvido de los plazos e, incluso, erratas a la hora de rellenar el formulario. Sin embargo, ninguna de estas justificaciones es excluyente para no recibir una multa ni aunque el fallo sea atribuible a un tercero que cumplimentó la declaración.

Las sanciones por cometer un fallo en la Renta pueden variar en función del perjuicio económico causado. Las más leves rondan los 100 euros, pero se pueden imponer de hasta 600 euros. Cabe señalar que los trabajadores por cuenta propia que hayan cometido un error en la presentación de la Renta siempre pueden rectificarlo utilizando la opción disponible en la AEAT de ‘Modificación de una declaración ya presentada’. Opción que es válida hasta los cuatro años siguientes de haber cumplido con su presentación.

Los cinco errores más comunes en RENTA

Sea intencionado, por desconocimiento o un fallo humano, el abogado en materia laboral y fiscal, Alberto Ara, explicó aquellos errores más comunes que ha ido detectando en la Renta que que revisa y presenta de sus clientes, que en la mayoría de los casos son trabajadores por cuenta propia. Son principalmente cinco:

  • 1.- No presentar a tiempo la declaración de la RENTA

“Aunque pueda no parecer creíble, hay muchos autónomos que no presentan la Renta en el periodo habilitado para ello por el Estado. En su mayoría son profesionales que creen que no tienen la obligación de presentar la Renta, cuando sí que tienen la obligación” señaló el experto.

La infracción por no presentar a tiempo la declaración de la Renta puede variar en función del resultado, y de quién inicie el proceso de subsanación: la Administración o el autónomo. Así, por ejemplo, si es el trabajador por cuenta propia quién inicia el proceso y el resultado sale a su favor (es decir la Agencia Tributaria le tiene que pagar) tendrá que enfrentarse a un recargo del 5% si han transcurrido tres meses; del 10% si han pasado entre tres y seis meses; de un 15% entre seis y 12 meses; y de un 20% si ha pasado un año.

Pero si el resultado sale a devolver, el autónomo deberá abonar el importe que le corresponde más una multa de 100 euros

En el caso de que sea la Agencia Tributaria quien inicie el procedimiento, comentó el experto, la infracción será mayor y el recargo será de 200 euros.

  • 2.- Cometer errores en datos o proporcionar información incompleta

Se trata de un error que suele ser “habitual” especialmente cuando se recopila mucha información a la hora de realizar la declaración. La Agencia Tributaria penaliza con 150 euros los datos inexactos o las declaraciones que estén incompletas.

  • 3.- Aceptar beneficios fiscales que no le corresponde

Según Ara, otro error que se suele dar con frecuencia en la declaración de la Renta de muchos trabajadores por cuenta propia es el acceso a un beneficio fiscal que no les corresponde. "Normalmente, por desconocimiento" aclaró el experto. Es una infracción que se puede cometer de dos formas: 

La primera, por la solicitud de devoluciones, beneficios o incentivos. Esto es, el autónomos solicita o accede a un beneficio fiscal al que cree que tiene derecho, pero que no le corresponde realmente. En estos casos, se les suele sancionar con un 15% de la cantidad solicitada si es la solicitud de una devolución. Y si es la petición de un beneficio o un incentivo fiscal al que no tiene derecho, la multa asciende a 300 euros.

La segunda, por la no devolución de beneficios indebidos. "Ocurre a veces que la Administración devuelve dinero a los contribuyentes, bien sean autónomos o asalariados, por error del sistema. En estos casos, no informar sobre ello puede conllevar una sanción que varía en función de la cantidad” dijo el abogado fiscalista, Alberto Ara.

  • 4.- Por no devolver la RENTA

Aunque sea uno de los errores menos menos comunes, Ara advirtió sobre las multas que impone la AEAT por no pagar la deuda tributaria. “Es decir, si la Renta sale a pagar y no se devuelve ese importe” apuntó Ara. En estos caso se impone una multa pecuniaria leve del 50%; si es grave de entre 50% y 100% y si es muy grave de entre el 100% y 150%.

Si bien, el experto señaló que es muy poco probable que ocurran dado que la mayoría de los profesionales por cuenta propia a los que les sale a pagar la Renta suelen solicitar un aplazamiento. 

  • 5.- Multas por ocultar información

Las multas de la Administración Tributaria también pueden llegar una vez la Renta esté ya presentada. “A veces ocurre que la AEAT te hace una comprobación de la declaración de la Renta a un autónomo. Es en este proceso de requerimientos cuando suelen ser frecuentes las infracciones por resistencia, obstrucción, excusa o negativa ante la petición de una información” dijo Ara.

La no respuesta a la solicitud de más información por parte de la Agencia Tributaria puede llegar a implicar una multa de 150 euros en primera instancia. Si la resistencia de la persona, en este caso del autónomo continúa, ésta sanción se puede elevar hasta los 600 euros.

Un error extra: la tributación de los hijos

Por último, Ara comentó un error que aunque no dependía exclusivamente del trabajo por cuenta propia, "sí que se da muchísimo y es la tributación de los hijos. Ocurre especialmente cuando los padres están divorciados. El problema está cuando ambos progenitores se deducen el hijo por completo y eso hace saltar las alarmas en la Agencia Tributaria […] Para evitar problemas de este tipo suelo pedir los papeles del divorcio para ver la custodia de los hijos" apuntó.