Así funcionará el impuesto

En el futuro los ecommerces tributarán el IVA en el país de destino

La nueva directiva europea sobre IVA para 2021 tiene el objetivo de facilitar y regular el comercio electrónico entre los países miembros. Uno de sus cambios más importantes es que hará que los ecommerces tengan que tributar el IVA en el país de destino del producto.

Los negocios electrónicos duplican sus ventas en Black Friday
En el futuro los ecommerces tributarán el IVA en el país de destino

El 2021 marcarán un antes y un después en el comercio electrónico español y europeo. Ese año entrará en vigor la Directiva (UE) 2017/2455, que fue aprobada en 2017, y que cambiará completamente la forma en la que trabajan los negocios de venta de productos y servicios por internet. Concretamente, la normativa modificará el tratamiento que hacen del IVA esos negocios, pues venden desde un país que tiene un tipo impositivo distinto al del Estado por el que el producto o servicio final es adquirido.

La mayoría de los ecommerce se dan cuenta tarde de que están tributando el IVA mal y en el país que no deberían” ha explicado Fernando Matesanz, experto fiscal especializado en IVA, durante la ponencia sobre ‘El Futuro del comercio en internet y el uso de plataformas digitales (plan 2019-2021), en una sesión de los Encuentros Degussa -compañía líder en Europa en el comercio de metales preciosos-. Siempre en el caso de personas, ya que el IVA intracomunitario no afecta igual a particulares y a empresas.

Precisamente, la normativa europea que se pondrá en marcha en dos años quiere facilitar ese intercambio de IVA entre los países intracomunitarios. Para ello y es el “gran cambio del IVA en el comercio electrónico” según Matesanz, “la ventas del comercio electrónico, en líneas generales, deberán tributar en el país de destino de los bienes”.

Actualmente, los negocios que venden por internet a otros países gravan sus bienes en el país de origen “lo cual conlleva el riesgo de que se generalicen las ventas por internet desde los países con tipos impositivos más bajos y que, de forma artificial, se desplace la demanda, y al mismo tiempo la recaudación, hacia estos Estados miembros” ha detallado Matesanz. Asimismo, el tipo impositivo del IVA afecta también al beneficio final que obtiene la compañía.  Así, y siguiendo el ejemplo del experto fiscal, “por un producto que vale100 euros se paga 17,36 de IVA en Bélgica, 14,53 en Luxemburgo o 18,70 en Polonia”.

No obstante, si el vendedor supera el umbral de los 35.000 euros, es decir, si vende a un mismo país más de esa cantidad, el IVA repercutido será el país de destino. Según ha afirmado el experto en IVA, los ecommerces que se encuentran en esta situación se han tenido que buscar un asesor fiscal en dicho país, para que le lleve todo el papeleo y cumpla con la regulación pertinente. “No hay otra forma de hacerlo”.

El IVA de los ecommerce en 2021

La situación del comercio electrónico europeo cambiará a partir del 1 de enero de 2021 cuando se aplique la normativa europea y se adapte el funcionamiento del IVA a la era digital. “El IVA es un impuesto de consumo y lo que graba es el consumo" ha afirmado Fernando Matesanz. En este sentido, y según establece la nueva normativa, los comercios electrónicos tendrán que empezar a tributar sus ventas por destino y no por origen. Lo harán a través de un sistema de ventanilla única, como si de un modelo más de la Agencia Tributaría se tratase. “Podrán declarar el IVA de todas sus ventas desde sus casas o desde el garaje dónde hayan montado su negocio”. Luego será la AEAT la encargada de distribuir el tributo al país correspondiente

La directiva europea, según explica Fernando Matesanz, ha tenido en cuenta también a los pequeños comercios electrónicos y ha establecido un umbral de 10.000 euros. Las ventas de un comercio electrónico a un país que no superen esa cifra tributarán según el país de origen.

Terceros y Plataforma digitales

La Directiva (UE) 2017/2455 también regula las ventas a distancia de los bienes que son importados por terceros, “que hasta ahora no existía y que está pensada para los vendedores chinos” ha explicado el experto el IVA. Estos vendedores tendrán que escoger el país que quieran –“de los 28 que hay en la Unión Europea”-, registrarse y declarar el IVA asociado a todas sus ventas; teniendo exenta la importación. Este régimen especial sólo afecta a los bienes que “tienen un valor intrínseco de 150 euros. Es una cifra pequeña, pero es que la mayoría de los paquetes vendidos tienen un valor inferior”.

La responsabilidad de las plataformas digitales es para Matesanz el tercer gran cambio que va a suponer la directiva europea. A diferencia del resto, este apartado se sigue discutiendo y es que la Directiva 2017/2455 recae sobre aquellas plataformas digitales que “faciliten” las ventas online. Determinar el alcance de ese término es fundamental para muchas plataformas, ya que la normativa “les va a hacer responsable del IVA asociado a las ventas que se hagan a través de su plataforma” dice Matesanz.

De momento y según explica el experto, “facilitar la venta no es poner en contacto a dos personas tal y como hace eBay. Sin embargo, lo que hace Amazon sí es facilitarla, porque pone en contacto a dos usuarios, cuyo contacto se materializa en una venta y en la entrega de un bien a través de dicha plataforma. “La directiva europea está aprobada y algunos países como Austria, Reino Unido o Alemania ya están pidiendo las responsabilidades”.

El IVA en los servicios

El IVA de las ventas por internet no afecta por igual a los bienes que a los servicios. Aquí lo primero que hay que tener en cuenta, según Matesanz, es que se considera “un servicio todo lo que no es tangible, incluyendo las apps o la música”. Los negocios que venden servicios por internet a particulares tributan desde el 1 de enero de 2015 en el lugar de consumo, antes lo hacía en función de dónde tenía la compañía la sede “y siempre en la mayoría de las aplicaciones que me descargaba ponía 15 % de IVA que era el que tenía Luxemburgo en ese momento. Casi todas estaban establecidas en este país”.

Con la normativa se crea un sistema de mini ventanilla para que los proveedores de servicios puedan liquidar el IVA asociado a las ventas de cada país. “Esta idea fue muy criticada por las propias compañías -sobre todo las de Reino Unido-, porque de un día para otro ser vieron obligadas a cumplir con la normativa de 28 países distintos. Finalmente consiguieron una modificación que está en vigor desde el pasado 1 de enero y por la que se ha fijado un umbral de 10.000 euros para que las compañías de servicios online puedan seguir tributando en origen, cuando no alcancen esa cantidad”.