Propuesta para el desarrollo del nuevo reglamento de facturación

El Gobierno quiere que los autónomos comuniquen a Hacienda sus facturas en tiempo real

El Gobierno ha sometido a consulta pública el proyecto para desarrollar un nuevo reglamento sobre sistemas de facturación. La norma pide que todos los software de los negocios permitan comunicar a Hacienda las facturas en el instante en que las emitan, es decir, en tiempo real.
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El Gobierno quiere que los autónomos comuniquen a Hacienda sus facturas en tiempo real

El Gobierno sacó a consulta este martes el nuevo proyecto de ley para desarrollar el reglamento que establece los requisitos que deberán adoptar todos los sistemas y programas informáticos o electrónicos de facturación que usan los autónomos. Una de las condiciones que plantea establecer este reglamento para que un software pueda ser considerado certificado y, por tanto legal, es que permita que "que todas las operaciones que se realicen se graben en el sistema informático" y que posibiliten "la legibilidad de los registros, el análisis automatizado y la simultánea remisión a la Administración tributaria".

En otras palabras, de salir adelante esta propuesta, uno de los -muchos- requisitos que deberán cumplir todos los programas que utilicen los autónomos y empresas para facturar es que permitan enviar en tiempo real las facturas a la Agencia Tributaria para su control. Si bien fuentes de la AEAT confirmaron a este diario que éste no sería ni mucho menos el objetivo principal de este extenso reglamento, no es menos cierto que no deja de ser un paso más a favor de un mayor control de la facturación por parte de Hacienda, aunque también de la simplicidad en la presentación de impuestos para los contribuyentes. 

De hecho, según las mismas fuentes de la Agencia Tributaria, "la idea es que los negocios puedan adquirir cuanto antes y por propia voluntad estos programas, en el marco de las subvenciones europeas del Kit Digital, que abarataría mucho los costes de estos software. De momento, no se ha planteado la obligatoriedad de contar con este sistema, y se pretende que sean los empresarios los que lo adquieran, por su propia voluntad, porque la comunicación simultánea con Hacienda podría hacer que se encontraran con casi todas sus declaraciones de impuestos prácticamente automatizadas y completadas".

Para la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que presentó sus alegaciones al reglamento, podría suponer un ahorro en tiempo, en costes de gestión y en posibles errores a la hora de presentar los impuestos, sobre todo para "los autónomos que no están asesorados. En IVA, por ejemplo, esto podría ayudar a que los negocios tengan ya rellenadas sus autoliquidaciones, con el ahorro que esto supone. Ahora bien, habrá que profundizar y ver algunos conceptos como los plazos en los que tendrán que remitir las facturas estos programas, a qué se refiere la Agencia con automatización y si más adelante este control terminará siendo obligatorio para todos los autónomos", explicó Celia Ferrero, Vicepresidenta de ATA.

Hacienda propone que todos los software de los negocios puedan enviarle las facturas en tiempo real

Cabe recordar que, a día de hoy, el reglamento está sometido a "trámite de información publica" y está abierto el plazo de presentación de observaciones para ir moldeando este Real Decreto, que sentaría las nuevas directrices que deberán cumplir  todos y cada uno de los softwares de facturación que utilizan, entre otros, los autónomos y pequeños negocios.

El desarrollo de este reglamento para certificar los programas de facturación que usan las actividades lleva pendiente desde julio de 2021, cuando se aprobó y entró en vigor la conocida ley antifraude, a través del Real Decreto Ley 11/2021, que instaba a establecer unos parámetros que tendrían que respetar todos los software o programas de contabilidad que tengan los negocios en España. De no hacerlo, se enfrentarían a multas de 50.000 euros.

Ahora bien, según refleja el proyecto que ha puesto el Gobierno a consulta pública, esta Ley pretendería ir más allá del principal objetivo que, en un principio, era acabar con los software que permiten una doble facturación - programas diseñados para ocultar parte o la totalidad de la contabilidad y evitar declarar al Fisco-. De hecho, entre los muchos requisitos que propone el reglamento está que estos sistemas tengan la "capacidad de remitir información a la Administración tributaria de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente todos los registros de facturación generados por medios electrónicos".

Casi todos los autónomos con un programa de facturación tendrán que cumplir los nuevos requisitos de tenencia

Y la ley deja muy claro que este reglamento se aplicará a todos los autónomos que tengan un sistema para emitir facturas, es decir, la mayoría de ellos. Concretamente, la ley específica que los requisitos se aplicarán a los obligados tributarios que se indican a continuación y que utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo los usen para una parte de su actividad:

  • Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

  •  Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas.
  • Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente.
  • Las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar a sus miembros.

Es decir, aunque no fuera obligatorio contar con uno de estos sistemas de facturación, el autónomo que quisiera tener un programa de facturación, tendría que contar con uno que cumpla todos los requisitos establecidos por el reglamento y que le permitiera tener una comunicación y enviar de forma instantánea sus facturas a Hacienda.  

Otros requisitos que deberán cumplir los nuevos software y nuevas propuestas del reglamento

Según explica el apartado 8 de este proyecto de ley para el reglamento de facturación, los requisitos que deberán cumplir ´los software para ser legales -además de la posibilidad de remisión inmediata de facturas- serán: 

  • Por cada entrega de bienes o prestación de servicios deberá generar, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura, un registro de facturación de alta.
  • Deberá garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros de facturación de forma que, una vez registrados los datos de facturación, éstos queden protegidos contra cualquier acción que comprometa la exactitud, autenticidad y completitud de los datos almacenados, de manera que ninguno de los datos registrados pueda ser alterado, ni por el propio sistema informático, ni por el usuario ni por ningún dispositivo, sistema o programa informático o electrónico externo.
  • También deberá garantizar la trazabilidad de los registros de facturación, que deberán estar encadenados de manera que pueda verificarse su rastro siguiendo su secuencia de  creación desde el primero al último. El sistema informático deberá proporcionar funcionalidades que permitan el seguimiento de los datos  registrados de forma clara y fiable.
  • Contar con todos los registros de facturación generados por el propio sistema informático. 
  • Contar con un registro de eventos que recoja automáticamente todas las interacciones con dicho sistema informático, las operaciones realizadas con él y los sucesos producidos durante su uso, como el arranque y parada del sistema informático
  •  En los sistemas informáticos que soporten los procesos de facturación, deberá encontrarse debidamente disociada la información con trascendencia tributaria de la posible información confidencial de carácter no patrimonial, de forma que la Administración tributaria pueda acceder directamente a la información con transcendencia tributaria.

ATA pide aclarar algunos requisitos 

El reglamento sometido a consulta pública por el Gobierno no es sólo fruto de las propuestas realizadas por la Agencia Tributaria, sino también por diversas organizaciones del tejido empresarial, como la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Esta organización formuló en su momento varias alegaciones, y algunas de ellas se han incluido. "Pedimos, entre otras cosas, que hubiera un servicio gratuito de facturación en la página de la AEAT, de tal forma que el autónomo pudiera hacer sus facturas desde ahí, sin tener ningún tipo de software y a la vez cumpliendo los estándares de la Agencia Tributaria", explicó Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA.

Según la vicepresidenta de la Federación vamos a intentar que el texto se desarrolle de la mejor forma posible. Es evidente que con estas obligaciones va a haber mayor control fiscal, pero también van a permitir que a futuro los autónomos se puedan encontrar con un borrador de IVA ya realizado. Esto permitirá que la AEAT, al igual que sucede con el borrador de la RENTA, haga a los autónomos los borradores de otros muchos impuestos, y eso es lo más positivo de este proyecto. Supondría una ventaja importante quitar al colectivo muchos costes de cumplimiento y además darle seguridad reduciendo posibles errores". 

A pesar de ello, desde ATA piden que se profundice en algunos conceptos como "comunicación automática", y se aclare si esto significaría siempre una remisión inmediata de las facturas, si habría plazos especiales de envío o si este tipo de comunicación a través de los nuevos software terminará siendo obligatoria para todos los autónomos.