A principios de diciembre de 2022, unos 700.000 contribuyentes estaban en esta situación

Hacienda estaría comprobando las declaraciones de los autónomos a los que aún no les ha devuelto la RENTA

A principios de diciembre de 2022 había más de 700.000 contribuyentes que habían solicitado la devolución de la RENTA y todavía no la habían cobrado. Según fuentes de la Agencia Tributaria, los que aún no la hayan recibido, es posible que estén inmersos en una comprobación.
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Hacienda estaría comprobando las declaraciones de los autónomos a los que aún no les ha devuelto la RENTA
Hacienda estaría comprobando las declaraciones de los autónomos a los que aún no les ha devuelto la RENTA

Hacienda tiene dos días, hasta el 31 de diciembre  de 2022, para devolver sin intereses los impuestos pagados de más a los contribuyentes que les salió negativa su declaración de IRPF. A principios de diciembre, según fuentes de la Agencia Tributaria, aún quedaban pendientes de devolución algo más de 700.000 declaraciones a contribuyentes, autónomos o asalariados. Desde ese momento, añadieron las mismas fuentes, la cifra de devoluciones pendientes se ha rebajado y ya son menos de medio millón.

Conforme se va acercando el fin de año, y según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, los autónomos que solicitaron la devolución en su RENTA y todavía a estas alturas no la hayan cobrado, "es muy posible" que ya estén inmersos en una comprobación de Hacienda o que, pronto, la Agencia Tributaria vaya a indagar en los gastos y en los ingresos que declararon para ver si realmente se corresponden con la realidad.

Esto, recuerdan las mismas fuentes, no significa que la comprobación vaya a eliminar la posibilidad de devolución. "Pero, con casi total seguridad, se pedirán datos o justificaciones añadidas a estos contribuyentes". Cabe recordar que, en la mayoría de las declaraciones de IRPF que se hacen en junio, existen dos posibles resultados: a pagar -el contribuyente abona los impuestos que le debe a Hacienda- o a devolver- es el Fisco el que tiene que pagar al trabajador-. Además, hay algunas cuyo resultado es neutro. 

A principios de diciembre, habría más de 700.000  personas -tanto autónomos como asalariados-, con una devolución de entorno a 1.000 millones de euros supuestamente pendientes de devolver. Lo que no quiere decir, advirtieron fuentes de la Agencia Tributaria, que esas devoluciones se vayan a realizar. Al contrario, ningún año se devuelve el 100% del dinero solicitado por los contribuyentes y no es extraño que la solicitud de devolución termine en una paralela con un resultado muy diferente al que declaró el autónomo, incluso saliendo finalmente a pagar.

La mayor parte de las declaraciones que aún no han recibido la devolución de la RENTA se están analizando

Después de que hayan pasado casi seis meses desde la fecha límite de presentación de la declaración de IRPF -el 30 de junio-, en la mayoría de los casos en los que un contribuyente solicitara una devolución y no se haya realizado, es muy posible que la Agencia Tributaria esté haciendo o haga próximamente una comprobación.

Es decir, "lo que no se haya devuelto a final de año se corresponde en la mayor parte de los casos con declaraciones que hay que analizar en profundidad. Todas las solicitudes que se hacen no tienen por qué corresponder con la realidad, ya sea porque la devolución es menor a la que se declaró o porque directamente el resultado pasa a ser a ingresar cuando se comprueba. Luego habrá que ver si estos errores eran intencionados o no ", apuntaron las mismas fuentes de la AEAT.

La lista de motivos por los que se puede estar comprobando es "inmensa". Pero en el caso concreto de los autónomos, lo más habitual es que haya habido algo que haya llamado la atención de los funcionarios, " lo normal es que sea alguna irregularidad en los ingresos o en los gastos. Puede ser o que haya ingresos que no se declararon y se hayan detectado por cruce, o que haya gastos que entendemos que no se corresponden con la actividad", explicaron desde la Agencia.

El modus operandi del Fisco respecto a las devoluciones de RENTA es sencillo: comprueba todas las solicitudes y las intenta abonar dentro del plazo de seis meses en el que no corren intereses a favor del contribuyente. Sólo van quedando las declaraciones que se están verificando y,  a partir de año nuevo, cuando requieren de más investigación o claramente van a salir a pagar por el contribuyente, se comprueba lo restante. "En muchos casos, esto se regularizará con una paralela por parte de las oficinas pero, a veces, la comprobación puede incluso pasar a manos de la inspección, y ahí el tiempo se puede extender mucho", apuntaron las mismas fuentes oficiales.

Dependiendo del resultado final, podría acabar pagando el Fisco, el contribuyente o ambos

Cuando se hace la paralela, la casuística es muy variada: puede darse el caso más sencillo que es que realmente ese resultado a devolver fuera el que declaró el contribuyente. En este supuesto, no habría lugar a dudas: la Agencia Tributaria tendrá que pagar al autónomo -o asalariado- los intereses por el tiempo que haya tardado en hacer la devolución a partir del 31 de diciembre. 

Que el resultado sea a devolver, pero menos de lo que declaró el contribuyente

Después, podría darse un segundo caso, y es que la Agencia Tributaria determine que a ese contribuyente le correspondía una devolución pero inferior a la que se declaró en la liquidación de junio. En este caso, también tendría que pagar intereses Hacienda pero sólo por la parte resultante de la liquidación, es decir, si se solicitaron 1.000 euros y finalmente le corresponde una devolución de 100 euros, esos intereses correrán únicamente sobre la cantidad adeudada.

Además, según la AEAT, podría haber sanción si se entendiera que se dan las circunstancias. Y, en este caso, se valora tanto el importe erróneo como la culpabilidad del contribuyente a la hora de solicitar mal la devolución,

En cuanto a la valoración de la culpabilidad, se estudia "caso a caso y se comprobará qué es lo que ha sucedido en cada uno de los supuestos", explicaron estas fuentes. Según ejemplificaron desde la Agencia Tributaria, un caso de no culpabilidad podría ser que se aprecie un error manifiesto en la presentación, como puede ser, que el contribuyente haya cometido un error aritmético, es decir, que a la hora de meter los dígitos introduzca un número de más y se equivoque. 

Es decir, en el caso de que finalmente la Agencia Tributaria tenga que devolver al contribuyente dinero, pero que sea menos que el que se declaró en un principio, habría dos posibilidades: que pague intereses Hacienda y el autónomo no, o que el Fisco tenga que pagar intereses y el contribuyente una sanción.