Propone reclamar toda la deuda de golpe desde el primer impago

Hacienda quiere suspender el fraccionamiento del IRPF cuando los autónomos se retrasen en el pago

Hacienda ha sacado a consulta pública un proyecto de Real Decreto que incluye, entre otras medidas, una modificación para eliminar el fraccionamiento del IRPF y exigir toda la deuda a los autónomos en cuanto incumplan un plazo. 
Hacienda controla transferencias autónomos
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero
Hacienda quiere suspender el fraccionamiento del IRPF cuando los autónomos se retrasen en el pago

El Ministerio de Hacienda ha sacado a consulta pública una propuesta para reformar distintos reglamentos de la Ley General Tributaria e introducir varias novedades que afectan a los principales impuestos. Una de las medidas que aparece en el proyecto de Real Decreto es eliminar el fraccionamiento de IRPF y exigir toda la deuda de golpe a los autónomos que hayan dividido en dos el pago de su liquidación de la RENTA pero hayan incumplido el primer plazo

Cada año, al finalizar la campaña anual de la Renta, miles de autónomos se ven obligados a pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) porque su declaración ha salido a pagar. Una de las opciones que tienen es optar por el fraccionamiento, que permite abonar el tributo en dos plazos. Con el primer plazo se afronta el 60% del importe, mientras que en el segundo plazo se paga el 40% restante. 

Un autónomo cuyo resultado de la declaración de IRPF le salga a pagar por un importe de, por ejemplo, 1.000 euros, tendría que abonar el 30 de junio 600 euros y el 7 de noviembre 400 euros. Lo más habitual es que este fraccionamiento se haga por domiciliación bancaria. Sin embargo, si el autónomo no dispusiera en ese momento de dinero y la entidad bancaria devolviera el cobro, la Agencia Tributaria daría inicio a la fase de periodo ejecutivo, para reclamar la deuda. 

Hasta ahora, "la actuación normal de la Agencia era reclamar toda la deuda -tanto el primero como el segundo plazo- y los intereses sobre ese total. El problema es que como este procedimiento no estaba expresamente regulada en la Ley General Tributaria, o al menos no lo suficientemente aclarado, se podía dar pie a que los tribunales entendiera que en la fase ejecutiva no se podía reclamar todo el pago, sino sólo el primer plazo. Ahora, con este proyecto que está en audiencia pública, Hacienda aclara que, al incumplir el primer plazo, se va a exigir todo el resultado de la liquidación", explicó José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha).

El retraso en el primer pago de un fraccionamiento del IRPF podría dar lugar a la reclamación de todo el impuesto  

Según el texto que ha sacado a audiencia pública el Gobierno, se modificará el artículo 62.2 del Reglamento de IRPF para establecer que en el procedimiento especial de fraccionamiento del ingreso resultante de la autoliquidación anual del IRPF, "la falta de ingreso del primer pago fraccionado determinará el inicio del período ejecutivo para el importe total autoliquidado". Pero, además, precisa el proyecto de Real Decreto, "sólo se podrá disfrutar del beneficio de este sistema de fraccionamiento si se hubiese ingresado del 60% la deuda tributaria resultante de la autoliquidación en el plazo fijado para la presentación de la declaración -es decir, el 30 de junio-".

Hacienda argumenta que esta modificación va a constituir un "acicate" para que los contribuyentes no incumplan los plazos de pago de sus declaraciones cuando hayan fraccionado la autoliquidación.  Y, además, "en caso de que no se efectúe ese pago fraccionado se acelerará su ingreso por la vía ejecutiva", ya que se empezará a reclamar desde el 1 de julio.

¿En qué consiste el fraccionamiento del IRPF anual?

Aquellos contribuyentes cuyo resultado de la autoliquidación sea positivo y, por tanto, deban dinero a Hacienda, pueden afrontar el pago de forma fraccionada. En concreto, pueden dividir el pago en dos plazos sin intereses ni recargo alguno, tal y como establece el artículo 97.2 de la Ley de IRPF y el artículo 62.2 de su Reglamento.

  • Primer pago: el primer plazo corresponde al 60% del importe resultante de la declaración. Puede pagarse mediante adeudo en cuenta, tarjeta, en efectivo y a través de otras formas especiales de pago. En caso de que se domicilie, la cantidad será cargada en cuenta el último día del plazo de presentación de la declaración, el 30 de junio. Esta fecha es la misma independientemente de la fecha en la que se presente la autoliquidación.

  • Segundo pago: el segundo plazo corresponde al 40% restante y se paga cuatro meses más tarde, concretamente el 7 de noviembre de 2022. Puede pagarse mediante la domiciliación bancaria o realizando un ingreso.

Un autónomo que obtenga un resultado a pagar de 1.000 euros de impuestos en la autoliquidación de la Renta, y quiera fraccionar la deuda, puede seleccionar la domiciliación bancaria como forma de pago. En ese momento dispondrá de dos plazos para abonar el impuesto sin intereses. El 30 de junio de 2022 se cargará en su cuenta el 60% del importe, es decir, 600 euros. Pasados cuatro meses, concretamente el 7 de noviembre de 2022, se cargará el 40% restante, un total de 400 euros.

Se trata del único impuesto estatal que ofrece la posibilidad de fraccionar el pago sin intereses. Cuando se presenta la declaración de la renta a través de la página web y sale un importe positivo, automáticamente se selecciona la opción del pago fraccionado. El contribuyente que desee abonarlo en un solo pago, deberá cambiar la casilla, ya que el fraccionamiento se marca por defecto-

Una de las novedades de este año es que el pago puede realizarse a través de distintos métodos, no solo a través de domiciliación bancaria. Ahora también puede hacerse mediante transferencia bancaria o acudiendo a una entidad para abonar el importe correspondiente.