Lo mejor es su fiscalidad

¿Interesa realmente tener un vehículo en renting? Una fórmula con muchas dudas

El renting permite al trabajador por cuenta propia tener un coche sin necesidad de realizar una inversión inicial y con más ventajas fiscales que si lo adquiriera. Pero plantea muchas dudas.
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¿Interesa realmente tener un vehículo en renting? Una fórmula con muchas dudas

¿Comprar un vehículo o hacer un renting? Es una pregunta que se hacen muchos autónomos sobre una fórmula que lleva en España desde 1995.  Curiosamente, siguen siendo pocos los que conocen esta modalidad de arrendamiento, disponible para particulares pero, sobre todo, enfocado a empresas y autónomos, por sus ventajas fiscales.

El Renting es un alquiler de larga duración, que puede ser de entre 1 y 10 años pero que, habitualmente, oscila entre los 2 y los 5 años. Durante este tiempo, y pagando una cuota estipulada por contrato, el arrendatario puede disfrutar de un vehículo nuevo y olvidarse de todo el mantenimiento e, incluso algunas veces, del pago del seguro. Según Xtravans, empresa de renting instalada en las Islas Canarias, lo habitual es que el alquiler de un vehículo bajo esta modalidad no supere los" 300 euros más IVA, y que se haga con un contrato de cuatro años prorrogables ". 

En cuanto a sus ventajas, la principal -según la misma empresa- es que "no hace falta realizar una inversión -como sí sucede en el caso de la compra de un coche-, lo que hace al Renting una opción muy atractiva para autónomos y pequeños negocios. A pesar de ello, aún son pocos los profesionales y pymes que optan por esta modalidad, principalmente por desconocimiento". 

Según los últimos datos del Observatorio del Vehículo de Empresa (ARVAL), sólo el 13% de los pequeños negocios se deciden por el Renting, porcentaje que asciende hasta el 63%, en el caso de las grandes empresas. Algo sorprendente, teniendo en cuenta "las ventajas  fiscales de esta modalidad de arrendamiento. Mientras que al particular puede no interesarle tanto el renting, al autónomo o pequeño empresario le permite no sólo ahorrarse la inversión inicial, sino también deducirse el IVA e IRPF o el Impuesto de Sociedades" comentaron desde Xtravans.

Fiscalidad del renting para autónomos y pequeños negocios

Como sucede con los particulares, con el renting, los autónomos y empresarios tienen que pagar una cuota mensual por el uso del vehículo en cuestión y de su mantenimiento -casi siempre, incluido en el precio-. La diferencia es que, tanto los trabajadores por cuenta propia como las empresas, pueden desgravarse hasta el 100% de estas cuotas. En el caso de las empresas, se podría imputar como un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades, y en el caso de los autónomos tanto en IRPF como en IVA

Deducciones del renting en IRPF e IVA para autónomos

En el caso de elegir un renting, los autónomos se pueden deducir el 100% la cuota en el IRPF y -habitualmente- un 50% del IVA soportado en la mensualidad.

Las cuotas abonadas por el contrato de Renting se pueden desgravar completamente en la declaración de IRPF, como cualquier otro gasto soportado que afecte a la actividad empresarial o profesional.

En lo referente al IVA, éste también puede deducirse. Por defecto, la Agencia Tributaria aplica el criterio de la deducción del 50% del IVA soportado -al igual que sucede con la compra-. Desde Xtravans aconsejaron "no desgravar más de la mitad. Mientras que con el IRPF no habría ningún inconveniente, el Fisco suele poner mayores trabas con la deducción completa del IVA soportado en la cuota." En caso de querer deducirse el 100%, el autónomo deberá demostrar que no da ningún uso personal al vehículo alquilado. Para esto, sería necesario demostrar que el coche en cuestión permanece en el garaje durante los fines de semana;  poner rótulos del negocio en el vehículo, entre otras tantas cosas que, aún con todo, tampoco asegurarían por completo la justificación a la Agencia Tributaria. 

Por lo demás, para el autónomo, las ventajas fiscales del Renting de un vehículo superan con creces a las de la compra del mismo. Suponiendo que se deduzca el 50% del IVA y el 100% del IRPF de cada cuota mensual -cosa perfectamente viable-, desde la empresa de Renting aseguraron que la fiscalidad de esta modalidad sería más ventajosa para el trabajador por cuenta propia que la de la propia adquisición del vehículo. 

Lo ejemplificaron con el caso de un autónomo que factura  30.000 euros al año  y que necesita un vehículo que usará para trabajar y para su tiempo libre, por lo que alquila un turismo con una agencia de Renting por 300 euros mensuales más IVA -63 euros al mes- con un contrato de cuatro años prorrogables. "Fiscalmente, a final de año, se podrá desgravar 3.600 euros en el IRPF. Además, también es deducible la mitad del IVA que habrá pagado (378 euros de los 756 totales)" explicaron desde Xtravans

Por el contrario, si este autónomo se hubiera decidido por comprar el mismo vehículo, "suponiendo que éste cuesta 15.000 euros más IVA , la deducción no sería tan considerable. Podría desgravarse la mitad del IVA pagado (1.575 euros de los 3.150 totales), además de la mitad del coste del coche (7.500 euros), en una única declaración. Además, no será tan sencillo justificar que el resto de gastos asociados son deducibles."

Por lo tanto -concluyeron desde Xtravans-, " 50 meses de cuotas de Renting serían equivalentes a la adquisición del vehículo (sin contar con los gastos asociados al coche en propiedad). Después de esos cuatro años, si el usuario opta por seguir con el Renting podrá cambiar el automóvil por uno nuevo. En el caso del propietario, con suerte, conseguirá la mitad de lo que le costó el coche si decide venderlo".

Ventajas del renting para autónomos

  • No existe una inversión inicial, lo que significa que los pequeños negocios pueden acceder sin demasiados recursos y de forma fácil a uno o varios vehículos.
  • La mayoría de estos alquileres de larga duración van con todo incluido. Desde reparaciones hasta mantenimiento o seguros. Esto significa que, cualquier incidente en el vehículo correrá a cargo de la compañía de Renting, sin que el autónomo lo note en sus cuentas ni se vea obligado a paralizar su actividad.
  • Los autónomos y empresarios pueden deducirse el 100% de la cuota de Renting, ya sea en IRPF o en Impuesto de Sociedades. En el caso del IVA dependerá del uso que se le dé al vehículo, aunque la Agencia Tributaria no suele poner inconvenientes para deducir el 50%. 
  • Los pequeños negocios dedicados, por ejemplo, al sector del transporte pueden ampliar su flota en función de las necesidades que les vayan surgiendo y sin inversión inicial.

Inconvenientes del renting para autónomos

  • Quien formaliza un contrato de Renting no es propietario del vehículo que utiliza, cuestión que puede ser importante para algunos conductores
  • Es necesario cumplir con el plazo de alquiler estipulado en el contrato. No hacerlo suele implicar penalizaciones.
  • Normalmente, las empresas de Renting imponen un límite anual de kilómetros. De no respetarlo, el autónomo puede verse obligado a pagar un extra.
  • Cada mes hay que pagar una cuota fija lo que, a veces, retrae al autónomo que no sabe lo que va a ingresar mensualmente.