Primero tendrán que abonarlo pero luego podrán deducírselo en su declaración

El IVA del Kit Digital: los autónomos deberán abonarlo a Hacienda pero luego también podrán deducírselo

Los autónomos que accedan al programa Kit Digital deben tener en cuenta que el IVA de los servicios que les presta el agente digitalizador no es subvencionable y tendrán que abonarlo, aunque después, podrán deducírselo en la declaración trimestral.
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El IVA del Kit Digital: los autónomos deberán abonarlo a Hacienda pero luego también podrán deducírselo
El IVA del Kit Digital: los autónomos deberán abonarlo a Hacienda pero luego también podrán deducírselo

A finales de 2022, más de 107.000 autónomos y empresas de hasta 50 empleados ya habían cobrado una ayuda de Kit Digital, un programa que permite a los pequeños negocios invertir en soluciones de digitalización. Ya hace un año que estas subvenciones están en marcha y miles de trabajadores por cuenta propia no sólo han recibido el dinero sino que también lo han invertido ya en soluciones digitales como una página web o Marketing online que les ha implantado un agente digitalizador.

Los agentes digitalizadores cobran el dinero que recibe el autónomo y, cuando implantan la solución en el negocio, emiten una factura. Sin embargo, no son pocos los trabajadores por cuenta propia que se han puesto en contacto con asesorías y organizaciones para saber qué ocurre con los impuestos de estas ayudas. En el Kit Digital, como en casi cualquier subvención, los tributos no están incluidos, ya que la Ley de Subvenciones limita expresamente subvencionar los impuestos en general, pero especialmente los indirectos, como puede ser el IVA.

Esto significa que, al no ser subvencionable este impuesto, cuando el agente digitalizador implante la solución en el negocio del autónomo, girará una factura en la que constarán todos los precios de los servicios que le ha prestado, además del IVA. Al recibir esta factura, el trabajador por cuenta propia no tendrá que abonar las soluciones que se le han instalado -como puede ser una página web-, porque el agente ya las habrá cobrado directamente con la ayuda, pero sí deberá pagar el IVA.

Este impuesto supone un 21% del coste del servicio que el autónomo deberá adelantar a Hacienda. Pero, en todo caso, según explican fuentes oficiales a este diario, el dinero no estaría "perdido" ya que el trabajador por cuenta propia lo podrá recuperar en la declaración de IVA del trimestre en el que haya recibido la factura.

Los autónomos tendrán que pagar un 21% del coste de los servicios que contraten con el Kit Digital

La Ley de subvenciones, en el artículo 31 indica que “en ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta”. En virtud de esta normativa, con el Kit Digital ocurrirá lo mismo: una vez que el agente digitalizador le haya prestado el servicio, la empresa le enviará al negocio que ha recibido la ayuda de Kit Digital una factura que incluirá tan sólo el importe a abonar por el IVA de la solución que se le ha implantado en el negocio. 

Así, por ejemplo, un negocio que tiene sólo un empleado pertenecería al segmento 3 y habría recibido un bono de 2.000 euros para digitalizar su negocio. Si este autónomo decidiera gastar todo el dinero en la creación de una página web, que tiene un límite de 2.000 euros, lo primero que tendría que ver es cuánto vale el servicio que ofrece el agente digitalizador y si ha incluido el IVA. Imaginemos que el servicio cuesta justo estos 2.000 euros. Lo que sucederá es que el agente digitalizador le prestará el servicio de forma gratuita pero le cobrará 420 euros por el IVA del servicio", explicaron fuentes oficiales a este medio.

Si, por el contrario, el IVA ya estuviera incluido en la solución que ofrece el agente digitalizador, el proceso sería el mismo, sólo que en este caso el autónomo deberá tener en cuenta que el Kit Digital sólo cubrirá una parte del precio del servicio.  

Los autónomos pagarán primero el IVA de la ayuda, pero después podrán deducírselo

Habitualmente, los autónomos declaran el IVA de manera trimestral:  del 1 al 20 de abril (para el primer trimestre del año);  hasta el 20 de julio (para el segundo trimestre) y del 1 al 20 de octubre (para el tercer trimestre). La autoliquidación del cuarto trimestre se realiza del 1 al 30 de enero del año siguiente. 

De este modo, volviendo al ejemplo anterior de un autónomo del segmento 3 que haya invertido 2.000 euros en soluciones digitales, podría darse el caso de que recibiera la ayuda a final de año, y en febrero el agente digitalizador le instalara el servicio en la empresa. Si el agente le envia la factura de este servicio en marzo y el trabajador por cuenta propia abona 420 euros en ese mes, podría deducirlo en la declaración del IVA del primer trimestre de 2023, a presentar en abril.

Una vez pagado este IVA e implantado el servicio en el negocio, el autónomo deberá guardar la factura y -en el modelo 303 que presentará en abril- podrá deducirse estos 420 euros. Esto hará, o bien que pague 420 euros menos o bien que Hacienda le devuelva dinero, dependiendo del resultado que haya tenido en su liquidación.

¿Cuánto dinero pueden destinar los autónomos a cada uno de los servicios?

Una de las cuestiones que deben tener en cuenta los autónomos es, en primer lugar, cuánto dinero se les va a conceder dependiendo del segmento al que pertenezcan. Según el número de empleados que tenga cada autónomo, éste podrá optar a una cuantía de la ayuda distinta en función del segmento al que pertenezca:  

  • Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados (Segmento I). Pueden cobrar un bono de 12.000 euros.  
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados (Segmento II). Pueden cobrar un bono de 6.000 euros 
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados (Segmento III). Pueden cobrar un bono de 2.000 euros 

Ahora bien, independientemente del dinero que se les haya pagado, el programa sólo permite destinar una determinada cantidad a cada uno de los servicios disponibles, que varía dependiendo del servicio del que se trate y del segmento al que pertenezca el autónomos. Éstos son los límites:​

  • Sitio web y presencia en Internet: Los autónomos del segmento 1, 2 y 3 pueden destinar hasta 2.000 euros de la ayuda de Kit Digital a este servicio
  • Comercio electrónico: Los autónomos del segmento 1,2 y 3 pueden destinar hasta 2.000 euros de la ayuda de Kit Digital a este servicio
  • Gestión de Redes Sociales: Los autónomos del segmento 1 y 2 pueden destinar hasta 2.500 euros a este servicio. Si los autónomos son del Segmento 3 (menos de tres empleados), sólo pueden destinar hasta 2.000 euros a esta solución
  • Gestión de clientes: Los autónomos del segmento 1 (más de diez empleados y menos de cincuenta) pueden emplear hasta 4.000 euros en esta solución -se incluyen hasta tres usuarios-. Sin embargo, los autónomos del segmento 2 y 3 (menos de diez empleados) sólo pueden destinar 2.000 euros -se incluye sólo un usuario-.
  • Bussiness Inteligence y Analítica: Los negocios del segmento 1 (más de diez empleados) pueden destinar hasta 4.000 euros a esta solución -se incluyen tres usuarios-. Los autónomos del segmento 2 (entre tres y diez empleados) pueden destinar hasta 2.000 euros a este servicio -se incluye un usuario.  Y los trabajadores por cuenta propia del segmento 3 (menos de tres empleados) sólo pueden destinar 1.500 euros a esta solución -se incluye un usuario-. 
  • Gestión de procesos: Los negocios del segmento 1 pueden destinar a este servicio 6.000 euros -incluye diez usuarios-. Los autónomos del segmento dos podrán destinar 3.000 euros a esta solución - incluye tres usuarios- y los del segmento 3 pueden emplear hasta  2.000 euros en este servicio -incluye un usuario-.
  • Factura electrónica: Los autónomos y negocios del segmento 1 y 2 (más de tres empleados) pueden destinar 2.000 euros a esta solución -incluye tres usuarios-.  Los autónomos del segmento 3 (menos de tres empleados) pueden destinar 1.000 euros a este servicio y sólo incluye un usuario. 
  • Servicios y herramientas de oficina virtual:  Los autónomos de los tres segmentos pueden gastar hasta 250 euros por usuario en esta solución. En el segmento 1 se permiten hasta 48 usuarios; en el segmento 2 hasta 9 usuarios; y en el tres sólo dos usuarios.
  • Comunicaciones seguras: Los autónomos de los tres segmentos pueden gastar hasta 125 euros por usuario en este servicio. En el segmento 1 se permiten hasta 48 usuarios; en el segmento 2 hasta 9 usuarios y en el tres sólo dos usuarios.
  • Ciberseguridad: Los autónomos de los tres segmentos pueden gastar hasta 125 euros por usuario en este servicio. En el segmento 1 se permiten hasta 48 usuarios; en el segmento 2 hasta 9 usuarios y en el tres sólo dos usuarios.
  • Presencia avanzada en Internet: Los autónomos y negocios del segmento 2 y 3pueden destinar hasta 2.000 euros a este servicio. Los autónomos del segmento 1 (más de diez y menos de 50 empleados) no tienen disponible este servicio.
  • Marketplace: Los autónomos del segmento 2 y 3 pueden destinar hasta 2.000 euros a este servicio. Los autónomos del segmento 1 (más de diez y menos de 50 empleados) no tienen disponible este servicio.

El IVA del Kit Digital: los autónomos deberán abonarlo a Hacienda pero luego también podrán deducírselo
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