Habilitado en el País Vasco y Cataluña

La Ley permite a los autónomos pagar impuestos a través de Bizum y dos CCAA ya lo están haciendo

El Reglamento General de Recaudación permite el pago de impuestos por medios electrónicos entre los que se incluye el Bizum, de hecho, dos comunidades autónomas ya tienen habilitado este sistema.
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La Ley permite a los autónomos pagar sus impuestos con un Bizum
La Ley permite a los autónomos pagar impuestos a través de Bizum y dos CCAA ya lo están haciendo

Los autónomos de, por ahora, dos comunidades autónomas, ya pueden abonar sus impuestos a la Administración a través de Bizum. La propia Ley que regula el Reglamento General de Recaudación (RGR) abre la puerta al fomento de la utilización de medios telemáticos y electrónicos entre los que ya tiene cabida esta plataforma, que permite transferir o recibir dinero de forma instantánea. Si bien hasta el momento sólo las CCAA del País Vasco y Cataluña han implementado este sistema de pago, "parece ser que los constantes avances tecnológicos harán proliferar esta pasarela entre las demás administraciones", explicó José María Salcedo, abogado tributario y socio del despacho Ático Jurídico.

Según este experto, lo que ha hecho el Ministerio de Hacienda es "establecer un cauce muy general y abierto de forma que cada Administración autonómica, por medio de la aprobación de una orden, puedan instaurar el Bizum como herramienta para que tanto los autónomos como el resto de contribuyentes pueda abonar sus impuestos". Una novedad especialmente importante en estas fechas para los trabajadores por cuenta propia, ya que a principios de año se abre el plazo para presentar varios impuestos municipales y autonómicos.

El pago por medio de Bizum se asimila al de transferencia bancaria, con la singularidad que se realiza desde un dispositivo móvil, vinculándose tanto la cuenta del ordenante como del beneficiario a un número de teléfono móvil o un código. Una de sus principales características es la rapidez y facilidad a la hora de reenviar o recibir dinero, por lo que a partir de ahora relacionarse con la Administración sería "menos tedioso para los autónomos. El hecho de que ya dos comunidades autónomas lo hayan implantado sin duda abre la puerta a que otros organismos públicos del resto de España se unan también a esta forma de pago", aseguró el abogado.

Cada Administración regula el medio de pago

El Real Decreto 203/2021 por el que se aprobó el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, llevó a cabo el desarrollo reglamentario de la Leyes donde se consagra el derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración. Los expertos tributarios señalaron que la intención de esta Ley "no es otra que la de reforzar el empleo de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las Administraciones Públicas, con el fin de mejorar la eficiencia de su gestión y hacerlas más accesibles a los contribuyentes".

Así, en uno de sus artículos referidos a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) en relación con los medios de pago, establece que "las entidades autonómicas y locales podrán dictar reglas especiales para el ingreso del producto de la recaudación de los recursos, que podrán realizarse en las cajas de efectivo o en las entidades de crédito colaboradoras mediante efectivo, transferencias, cheques o cualquier otro medio o documento de pago, sean o no bancarios, que se establezcan".

De esta forma, y tal y como explicó Salcedo, "las Administraciones tienen en su poder la opción de regular, generalmente mediante órdenes, las formas de pago que consideren más oportunas o mejores para a recaudación de los impuestos que sean de su competencia".

Los impuestos en País Vasco y Cataluña ya se pagan por Bizum

La Hacienda foral de Guipúzcoa ha sido la pionera en implantar el pago de los impuestos, tasas de matriculaciones y todo tipo de recibos emitidos por la Comunidad Autónoma del País Vasco a través de la pasarela de pago de Bizum. Según fuentes oficiales, el objetivo del Gobierno autonómico con esta resolución es “facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales con seguridad y ahorro de tiempo y dinero mediante la adaptación de las nuevas tecnologías”.

Su uso es bastante sencillo: los profesionales que deseen pagar alguno de sus impuestos a través de esta herramienta deben primero acceder a la web de la Administración y ahí seleccionar el método de pago por el que quieren abona la cuantía, en este caso, el de Bizum. La Hacienda vasca ha asociado a cada impuesto un código único e intransferible al que se debe dirigir el bizum, por lo tanto únicamente se tendrá que introducir el código en el sistema y proceder al pago. 

También la Comunidad Autónoma de Cataluña se ha unido a este novedoso sistema de pagos, aunque en este caso se ha establecido un límite de dinero. Los trabajadores por cuenta propia y contribuyentes catalanes podrán pagar por Bizum hasta 150 euros de tributos propios y cedidos de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC). Fuentes de esta Administración aseguraron que la medida beneficiará a unos 2 millones de particulares y empresas. “Podrán utilizar este sistema de acceso responsivo desde cualquier dispositivo móvil los ciudadanos que están pendientes de abonar deudas al ATC, así como todos los contribuyentes que deban presentar una liquidación de hasta 150 euros, correspondiente a cualquiera de los impuestos que gestiona actualmente la Agencia, que van de los de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados a sucesiones y donaciones o patrimonio”, explicaron.

Nuevas restricciones de Bizum que los autónomos pueden "saltarse"

El sistema de pago Bizum cuenta ya con más de 16 millones de usuarios en España, ha actualizado recientemente sus condiciones de uso y limitó el número de operaciones que tanto los autónomos como los particulares pueden hacer diariamente a través de este servicio. Sin embargo, existen soluciones para que los trabajadores por cuenta propia puedan seguir empleando sin restricciones esta herramienta para sus negocios.

Con el fin de evitar la economía sumergida, Bizum redujo de 150 a 60 el número de operaciones que se pueden llegar a recibir en una cuenta bancaria.  Esto podría ser una traba para muchos negocios que utilizan el servicio para pequeñas operaciones en las que Bizum sirve como alternativa a los datafonos en los pagos con tarjeta de crédito. De hecho, es cada vez más habitual encontrarse este medio de pago en pequeños negocios como fruterías, panaderías, puestos de venta ambulante u otras actividades que no tienen contratados los servicios bancarios habituales.

No obstante, los autónomos tienen posibilidad de aumentar el número de transferencias instantáneas permitidas. Para ello, desde la plataforma explican que para recibir pagos de los clientes a través de Bizum, el autónomo deberá ponerse en contacto con su banco para la contratación de este servicio”. En el caso de los autónomos se trata de "un servicio diferente al envío de dinero entre particulares", y en el que no se debería aplicar las anteriores restricciones. Lo que significa que aquellos autónomos que se den de alta a través de su banco como 'comercio electrónico' adherido a este servicio, deben dejar claro que no son particulares sino comercios para poder seguir operando sin la limitación a 60 operaciones.