Kit Digital, subvenciones al transporte, antiguo cese de actividad...

Estas son las ayudas y prestaciones por las que tendrán que tributar los autónomos en la RENTA de este año

Los autónomos persona física deberán declarar en la RENTA de este año casi todas las ayudas y prestaciones que cobraron en 2022. Éste es el tratamiento fiscal de cada una de ellas.
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Estas son las ayudas y prestaciones por las que tendrán que tributar los autónomos en la RENTA de este año
Estas son las ayudas y prestaciones por las que tendrán que tributar los autónomos en la RENTA de este año

Los autónomos ya encaran un nuevo año que viene cargado de novedades, y en muchos casos de sobrecostes. En 2023, volverá a subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o las cotizaciones por el mecanismo de equidad intergeneracional, entre otros. A ello se añade, como cada año, los impuestos. Esta campaña de la RENTA puede ser distinta a las demás ya que el Gobierno no ha deflactado las tarifas y es posible que muchos autónomos acaben pagando más que en otras ocasiones al subir de tramo.

El IRPF se declara a año vencido, es decir, que los ingresos obtenidos por los autónomos persona física desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022, se tendrán que declarar entre abril y junio de 2023- Dentro del apartado de 'ingresos', que es el que puede hacer que el resultado de la declaración salga a pagar, no sólo se incluye lo que los trabajadores por cuenta propia hayan generado a través de su negocio, sino también casi todas las ayudas, prestaciones o subvenciones que hayan podido percibir a lo largo de 2022, siempre que las hayan cobrado a su nombre y no al de la empresa.

Muchos de los trabajadores por cuenta propia que van a declarar el IRPF este año, seguramente hayan percibido alguna -o varias- de las ayudas que ha venido aprobando el Ejecutivo para paliar el incremento de los costes en 2022. Tanto las conocidas prestaciones -ya sean ordinarias o extraordinarias- por cese de actividad, que han seguido cobrando miles de autónomos durante la primera mitad del año pasado o las nuevas ayudas directas para compensar el incremento de costes que percibieron casi todos los transportistas y otros muchos sectores, así como cualquiera de las subvenciones que han dado las autonomías o ayuntamientos. Todas ellas tributan pero no de la misma forma

Tampoco hay que perder de vista que desde septiembre todos los autónomos -sin empleados o con menos de cincuenta trabajadores- pueden acceder al Kit Digital, y a final de año ya se habían pagado miles de cheques a los trabajadores por cuenta propia. Esta ayuda también tendrá que incluirse en la RENTA a declarar en 2023 si se percibió antes del 31 de diciembre de 2022. Habrá que declarar igualmente otras medidas más antiguas, como las ayudas a la solvencia que se empezaron a conceder en 2021 y que en algunos casos también se percibieron el año pasado.

Ayudas que han podido cobrar los autónomos y que habrá que incluir en la RENTA de este año

De cara a planificar y optimizar los impuestos que deberán pagar a mediados del año que viene, los autónomos deben contemplar todas y cada una de las ayudas autonómicas y estatales que hayan recibido a lo largo de este año ya que la mayoría tributan. A continuación, se detalla el tratamiento fiscal de cada una de ellas

  • Ayudas directas a sectores para paliar el incremento de costes

El Gobierno puso en marcha en 2022 dos paquetes distintos, uno en marzo y otro en junio, de ayudas directas para paliar el incremento de costes que han tenido que soportar todos los negocios, pero especialmente los autónomos de algunas actividades como el transporte, la agricultura, la ganadería, la acuicultura o la industria intensiva en consumo de gas.

El primero de los paquetes de ayudas incluyó una línea de subvenciones para los autónomos del transporte, como pueden ser transportistas de camiones ligeros y pesados, taxistas, VTC's o furgoneteros, entre otros.  Estas ayudas supusieron entre 500 y 1.250 euros por vehículo, dependiendo del CNAE al que perteneciera el trabajador por cuenta propia. También en el mismo decreto se incluyeron ayudas a los negocios de la industria intensiva en consumo de gas, como actividades de fabricación de productos para construcción o papel y cartón, que pudieron cobrar 2.600 euros por trabajador. 

Los ganaderos, los agricultores de determinados negocios como los cítricos o los pescadores también pudieron acceder a distintas líneas de ayudas que, en algunos casos como el de los armadores de buques pesqueros, ascendieron hasta los 35.000 euros por barco.

En el segundo paquete de ayudas directas, que se pudieron solicitar hasta septiembre, se abrió una segunda convocatoria para los autónomos del transporte o de la industria intensiva en consumo de gas que no pudieron acceder a las anteriores ayudas.

Los autónomos que hayan cobrado cualquiera de estas ayudas, tanto del Real Decreto ley 6/2022 aprobado en marzo, como la extensión de algunas líneas aprobada en junio, en principio y a expensas de que haya alguna matización distinta por parte de la Agencia Tributaria, tendrán que declarar en la RENTA 2022 que se presenta este año todo lo que hayan recibido. En este caso, como son subvenciones dirigidas a compensar las caídas de ingresos sufridas por un negocio, se deberían incluir como rendimientos de la actividad.

  • Cheque de 200 euros para autónomos con bajos ingresos

En el segundo paquete de ayudas directas que aprobó el Gobierno antes del verano pasado se incluyó también un cheque de 200 euros para colectivos vulnerables al que pudieron acceder los autónomos con bajos ingresos hasta finales de septiembre. En principio, esta ayuda tributaría como rendimiento de la actividad ya que va dirigida a compensar las pérdidas, en este caso de un negocio. 

Sin embargo, los expertos recuerdan que en la mayoría de los casos, aunque haya que incluir estos 200 euros, el efecto de la subvención en la RENTA sería mínimo porque los beneficiarios de esta ayuda tuvieron que tener muy pocos ingresos y patrimonio para poder acceder a ella y en casi todos los supuestos el resultado final de la declaración no saldría a pagar.

  • Bono de hasta 12.000 euros del Kit Digital

 A lo largo de 20222 el Gobierno ha abierto tres convocatorias distintas del Kit Digital: una para autónomos con menos de tres empleados, otra para negocios con entre tres y diez trabajadores y una última para los que tienen más de diez empleados. La subvención consiste en un bono que el autónomo puede gastar en implantar alguna solución digital en su negocio, como puede ser un software de facturación o el desarrollo de una página web, entre otras herramientas.

Aunque esta ayuda no es líquida, porque el autónomo no recibe directamente el dinero para él, sino que tiene que gastarlo en contratar a un profesional, el Kit Digital también tributará en la próxima RENTA, siempre que el negocio haya cobrado el cheque antes del 31 de diciembre de 2022.

Si el autónomo percibió este bono antes de final de año, según aseguran desde la empresa de facturación Getquipu, esta subvención se tendría que incluir en la declaración de IRPF a presentar entre abril y junio de 2023 como rendimientos del trabajo. 

  • Cese de actividad extraordinario en vigor entre enero y junio de 2022

Lo mismo ocurre con las distintas prestaciones por cese de actividad extraordinario que se extinguieron en junio de 2022. Entre enero y febrero hubo entorno a 110.000 autónomos que percibieron una prestación extraordinaria por bajos ingresos, una prestación ordinaria-extraordinaria (POECATA) o incluso el cese de actividad para trabajadores por cuenta propia afectados por el volcán de la Palma. Después entre febrero y junio desaparecieron casi todas las prestaciones y sólo quedaron acogidos alrededor de 1.000 trabajadores por cuenta propia afectados por la erupción del volcán.

En cualquier caso, todos los ingresos que obtuvieron los autónomos por el cese de actividad desde enero de 2022 deberán declararse en la próxima declaración de la RENTA a presentar en 2023 como rendimientos del trabajo. 

  • Antiguas ayudas directas a la solvencia que se hayan percibido en 2022

Otras de las ayudas que habrá que declarar son las conocidas subvenciones directas a la solvencia que aprobó a finales de marzo de 2021 el Gobierno central a través del Real Decreto Ley 5/2021. Aunque las convocatorias se abrieron hace ya más de un año, en algunos casos los autónomos no percibieron el dinero hasta 2022.

Aunque los autónomos hubieran solicitado en 2021 la subvención, si la han percibido en 2022 deberán declararla en la próximo RENTA ya que estas subvenciones también tributan. Según explicaron distintos expertos consultados, al no haberse dicho expresamente en ninguna parte de la ley que están exentas de tributar, se presupone que tendrán el mismo tratamiento que las demás subvenciones autonómicas para la compensación de pérdidas de la actividad. En principio, se deberían incluir como rendimiento de la actividad.

  • Subvenciones autonómicas

Las comunidades autónomas también han ofrecido diferentes subvenciones a los autónomos para paliar sus caídas de ingresos durante el COVID-19 o el incremento de costes, especialmente algunas comunidades como Madrid o Andalucía. Paralelamente, desde enero de 2022 se pagaron también -como cada año- diferentes líneas de ayudas autonómicas de fomento al trabajo por cuenta propia y al emprendimiento.

Tanto las unas como las otras, lo normal es que tributen y, "habitualmente, si van dirigidas a mantener los ingresos o paliar la caída de facturación, suelen tributar por rendimientos de la actividad económica", apuntó en anteriores declaraciones a este diario, José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de ATA. Así pues, tributarán en esta declaración de IRPF las ayudas que se percibieron entre enero y diciembre de 2022.  

Como norma general, salvo que la Ley expresamente lo indique, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. "Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda", explican desde la Agencia Tributaria.

En este caso, al ir estas subvenciones dirigidas a cubrir la bajada de ingresos por la crisis del coronavirus, compensar el incremento de costes o poner en marcha un negocio, lo más habitual es que  el autónomo las tenga que declarar como rendimientos de su actividad.

En cuanto a las ayudas para la inversión, añadió  el director del Área Jurídica de ATA, "se declaran de manera proporcional a la amortización de esa inversión. Es decir, si la ayuda es de 10.000 euros para comprar una máquina y la máquina se amortiza en 1.000 euros al año, como ingreso deben imputarse también 1.000 euros al año".

Prestaciones que los autónomos deberán incluir en la RENTA 2022

Los autónomos también pudieron percibir durante este año otras prestaciones que nada tienen que ver con la pandemia o el incremento de costes, pero que también tributan.  

Concretamente, la Ley de IRPF indica que habrá que tributar por todas "las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad o similares, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de esta Ley." 

Es decir, que habrá que incluir en la declaración de IRPF del próximo año todas las prestaciones -exceptuando algunas exentas- percibidas entre enero y diciembre de 2022 como: la jubilación, la Incapacidad Temporal, la viudedad, el favor de familiares o el cese de actividad ordinario. Todas ellas se deberán incluir en el apartado de rentas del trabajo.