Podrían perder hasta su pensión de jubilación

Los autónomos que mantienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social pueden tener serias consecuencias

Los autónomos que presenten algún tipo de deuda con Hacienda o la Seguridad Social podrían tener problemas hasta con su pensión de jubilación.

Estas son las consecuencias para los autónomos si mantienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
Estas son las consecuencias para los autónomos si mantienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
Los autónomos que mantienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social pueden tener serias consecuencias

Mantener deudas con la Seguridad Social o Hacienda puede acarrear serias consecuencias para los autónomos. Se trata de una cuestión bastante importante, y que muchos autónomos todavía desconocen a la hora de cumplir con sus obligaciones fiscales. En ocasiones, los efectos de deber dinero a la administración podrían traspasar al negocio, afectando al trabajador por cuenta propia, incluso, cuando llegue el momento de su jubilación.

Así, unos días después del final de uno de los meses más intensos para los autónomos en materia fiscal, y tras una subida de hasta el 8,6% en las cuotas que los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) sufrieron sin previo aviso el 31 de enero, recordar las consecuencias que los trabajadores por cuenta propia pueden sufrir si mantienen sus deudas con Hacienda o la Seguridad Social es especialmente importante.

En esencia, los efectos más perjudiciales que los autónomos que mantengan deudas con la administración pueden sufrir se articulan en dos frentes: por un lado, con respecto a las bonificaciones y ayudas a las que tienen acceso durante el desempeño de su actividad profesional; y, por otro, las relativas a las condiciones que deben cumplir para poder acceder a las prestaciones que tiene derecho.

¿A qué consecuencias se enfrenta un autónomo si tiene deudas con la Seguridad Social o Hacienda?

  • No podrá acceder a ninguna prestación, ni siquiera la jubilación

La principal consecuencia a la que se enfrentan los autónomos si tienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social es la imposibilidad para acceder a cualquier tipo de prestación pública, incluida la de jubilación. Así, el impago de una sola cuotas del RETA podría ser motivo suficiente para que se deniegue la pensión de un trabajador por cuenta propia, incluso en el supuesto de que éste hubiera estado al corriente de pago durante toda su trayectoria profesional. Actualmente los autónomos tienen derecho a las mismas prestaciones que un asalariado, desde la sanidad hasta la baja temporal, pasando por el accidente y la enfermedad profesional, maternidad y paternidad, hasta el cese de actividad o la jubilación.

El artículo 47 de la Ley General de Seguridad Social contempla la posibilidad de que los autónomos que adeuden alguna cuota puedan solicitar un aplazamiento sin perder el acceso a la prestación. Sin embargo, si se incumpliera cualquiera de los términos de éste, “se procederá a la suspensión inmediata de la prestación reconocida que estuviere percibiendo, la cual solamente podrá ser rehabilitada una vez que haya saldado la deuda con la Seguridad Social en su totalidad.”

  • Perderá el derecho a beneficiarse de cualquier bonificación

Por otro lado, los autónomos que deban dinero al fisco o a la Seguridad Social no podrán beneficiarse de ninguna bonificación. Entre ellas, la Tarifa Reducida a la que pueden acogerse los trabajadores por cuenta propia que se hayan dado de alta en el RETA desde el pasado 1 de enero, y que supone el pago de una cuota de 80 euros al mes durante el primer año de actividad (y el segundo, en caso de que los rendimientos sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional).

Se trata de un punto importante, ya que los autónomos que tengan deudas con Hacienda o la Seguridad Social tampoco podrán beneficiarse de ninguna de las bonificaciones en materia de incentivos a la contratación, lo que podría afectar directamente al crecimiento del negocio. Además, tal y como se recoge en todos los pliegos de acceso a estos beneficios, “si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se producirá la pérdida automática de las bonificaciones.”

  • Tampoco tendrá acceso a ninguna ayuda pública

Otro de los derechos que los autónomos pueden perder si mantienen deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social es el acceso a cualquier tipo de ayuda. En este apartado se incluyen dotaciones como las contempladas en el Programa Kit Digital o cualquier otro tipo de convocatoria que incluya una subvención directa para los negocios, tanto a nivel estatal como autonómico o municipal.

Los autónomos en concurso de acreedores pueden acceder al crédito público, pero sólo en algunos supuestos

¿Qué ocurre cuando un autónomo se encuentra en medio de un concurso de acreedores? En estos casos, el acceso a las ayudas, bonificaciones y prestaciones presenta algunas particularidades, aunque, en la mayoría de los casos, estar al corriente de pago de con Hacienda y la Seguridad Social sigue siendo una condición sine qua non para acceder a éstas.

La gran diferencia se encuentra en el acceso al crédito público, a través de los préstamos que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) concede a miles de autónomos cada año. Sobre este asunto, los expertos explicaron a este diario que la situación es diferente en función de la fase del procedimiento concursal en que se encuentre el negocio.

La fase preconcursal lo permite y la concursal no. Se entiende que, si está en concurso de acreedores, como alrededor del 90% termina en la liquidación del negocio, éstos tienen pocas posibilidades de ser viables. Es algo que intentamos evitar, porque es una especie de estigmatización, pero es una situación que se da de manera habitual”, valoró a este medio Alberto Velasco, secretario técnico del Registro de Economistas Forenses (REFOR) del Consejo General de Economistas (CGE).

¿Cómo puede un autónomo saber si tiene alguna deuda con Hacienda o la Seguridad Social?

A tenor de las graves consecuencias que puede acarrear tener algún tipo de deuda con Hacienda o la Seguridad Social, ambos entes públicos permiten a los autónomos consultar su existencia, solicitar aplazamientos o pagar las cantidades pendientes a través de sus páginas web. En el primer caso, la Agencia Tributaria permite realizar estos trámites utilizando el sistema de identificación Cl@ve Pin en su web.

Por su parte, la Seguridad Social, a través de su sede electrónica, permite a los trabajadores por cuenta propia solicitar un informe sobre la existencia -o inexistencia- de deudas. “Si se refleja una deuda con la Seguridad Social, se obtiene un segundo informe con los documentos de deuda, periodos e importes por los que se ha emitido”, explican desde el INSS.