Liquidaciones del segundo trimestre

Estas son las obligaciones tributarias de los autónomos en el mes de julio

Los autónomos tienen hasta el próximo 20 de julio para presentar algunos impuestos referentes al segundo trimestre del 2021. Éstas son las obligaciones fiscales del colectivo para este mes.

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Estas son las obligaciones tributarias de los autónomos en el mes de julio

Ya ha concluido el segundo trimestre de 2021. Por ello, a partir del 1 de julio, los autónomos deben preparar y presentar las autoliquidaciones y declaraciones correspondientes a su ejercicio entre marzo y junio del presente año. Además, en el caso de los autónomos que tengan empresas, también deberán declarar el Impuesto de Sociedad del 2020. Obligaciones fiscales que deberán cumplirse antes del próximo 20 de julio a través del portal electrónico de la Agencia Tributaria.

¿Qué impuestos tienen que pagar los autónomos antes del 20 de julio?

Modelo 303 la autoliquidación del IVA del segundo trimestre 2021

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a la que están sujetos la gran mayoría de los autónomos. Consiste en el pago fraccionado del IVA, por el que deberás pagar a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de ventas y el IVA soportado por los gastos. Es decir, la diferencia entre el IVA que hayas cobrado a tus clientes y el que hayas pagado a tus proveedores a lo largo del trimestre. 

Modelo 111 del segundo trimestre de 2021

Esta liquidación va destinada a los autónomos empleadores o aquellos que contraten los servicios de otros autónomos que facturan con retenciones. En este modelo, los autónomos declaran las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios. Es decir, las cantidades que retuvieron a sus empleados en la nómina o a otros trabajadores por cuenta propia en las facturas.

Asimismo, estas retenciones se aplican en distintos casos:

  • Rendimientos de trabajo: nóminas o finiquitos, entre otros.
  • Rendimientos de determinadas actividades económicas: actividades profesionales a un asesor, actividades agrícolas y forestales, actividades empresariales en estimación objetiva (pertenecientes a módulos que están obligadas a retener el 1%), o propiedad intelectual o industrial
  • Premios de participación en juegos, concursos o rifas.
  • Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos.
  • Cesión de derechos de imagen.

Modelo 115 del segundo trimestre de 2021

Por otro lado, este impuesto está reservado a los autónomos arrendatarios. Con el modelo 115 se declaran las retenciones del IRPF de los alquileres. Es decir, el autónomo tendrá que devolver a Hacienda los porcentajes no abonados al arrendador, a cuenta del IRPF, por sus oficinas, talleres o espacios de trabajo alquilados.

Cualquier empresa, autónomo o profesional que tenga alquilado un local de negocio debe presentar el modelo 115. No obstante, existen ciertas excepciones:

  • Si el alquiler no supera los 900 euros anuales.
  • Si se trata de viviendas que paga a sus trabajadores.
  • Si es un leasing (arrendamiento financiero).
  • Si el arrendador acredita al arrendatario en uno de los epígrafes del grupo 861 en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), alquiler de bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Modelo 130 del segundo trimestre de 2021

Se trata de modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que han de presentar todas las personas físicas que desarrollan actividades económicas mediante estimación directa normal o simplificada. Es decir, una declaración trimestral de ingresos y gastos por la cual los autónomos van pagando anticipos del 20% a cuenta de su declaración de la renta.

Aquellos trabajadores por cuenta propia que apliquen retenciones en al menos un 70% de sus facturas no tendrán por qué presentar este modelo. Un autónomo desarrolla actividades económicas mediante estimación directa normal o simplificada cuando:

  • Estimación directa normal: se aplica a aquellos empresarios o profesionales que no estén acogidos a la estimación simplificada, siempre que el importe de la cifra de negocios de las actividades ejercidas el año anterior haya superado los 600.000 euros.
  • Estimación directa simplificada: se aplica a aquellos profesionales cuya cifra de negocio no haya superado los 600.000 euros el año anterior y no estén acogidos al régimen de estimación objetiva.

Modelo 131 del segundo trimestre de 2021

El modelo 131 es un modelo que los autónomos que se encuentren en estimación objetiva (módulos) tienen la obligación de presentar trimestralmente ante la Agencia tributaria. Es el documento que sirve para la declaración de pagos fraccionados a hacienda del IRPF. Sólo pueden tributar por módulos los profesionales que realizan determinadas actividades y siempre bajo un determinado umbral de facturación:

  • Agricultura y ganadería
  • Pesca
  • Comercio minorista
  • Hostelería
  • Transporte
  • Otros servicios
  • Industria panificadora
  • Construcción

Modelo 200 anual del Impuesto de Sociedades de 2020

El modelo 200 es la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS); aquel que se aplica sobre los beneficios que obtienen las empresas. Están obligados a presentar ante la Agencia Tributaria este modelo aquellas entidades con residencia en el territorio español y que tengan personalidad jurídica propia. Es el caso de:

  • Sociedades Mercantiles: Sociedad Anónima o Sociedad Laboral, entre otras.
  • Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales.
  • Agrupaciones de Interés Económico.
  • Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII).
  • Uniones temporales de empresas.
  • Fondos de Capital Riesgo (VC).
  • Fondos de Pensiones.

Cabe destacar que este modelo se puede presentar hasta el 26 de julio.