El Gobierno limitó el uso del dinero a 1.000 euros

Usar un billete de 500 euros en un negocio puede hacer saltar las alarmas a la Agencia Tributaria

Los inspectores de Hacienda siguen vigilando el dinero en efectivo en los negocios. Aunque el Gobierno limitó su uso a los autónomos a 1.000 euros, un sólo billete de 500 euros podría hacer saltar las alarmas de la Agencia Tributaria.

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Usar un billete de 500 euros en un negocio puede hacer saltar las alarmas a la Agencia Tributaria

Hace menos de un mes el Gobierno limitó a 1.000 euros el uso del dinero en efectivo en los negocios. La medida, que se incluye dentro del plan control contra el fraude fiscal, no minimiza los esfuerzos de vigilancia que realizan los inspectores de Hacienda sobre el efectivo entre los autónomos. De hecho, el sólo uso de un billete de 500 euros puede hacer saltar las alarmas dentro de la Agencia Tributaria.

El presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, aseguró que al margen de vigilar el cumplimiento efectivo de la bajada de 2.500 euros, a 1.000 euros en metálico en los negocios, “también hay otro tipo de controles en los que se vigila el uso del dinero. Se hacen a través de los movimientos de cuentas bancarias de los negocios. Algunas de las más comunes son, por ejemplo, la retirada o ingreso de cantidades superiores a 3.000 euros, cualquier transferencia entre cuentas que supere los 10.000 euros se notifica. También los ingresos bajos reiterados y constantes y el uso de billetes de 500 euros”.

Según Cruzado, basta sólo el uso de un billete de 500 euros en una actividad para poner en marcha todo el organismo inspector de la Agencia Tributaria. “Los bancos tienen la obligación de avisar a la Agencia Tributaria cuando un autónomo está utilizando un billete de 500 euros” apuntó el presidente de Gestha.

No obstante, el uso de un billete no basta para que se abra una inspección de Hacienda. “Para que se ponga en marcha el organismo inspector tiene que haber importantes indicios de que se está cometiendo algún tipo de infracción fiscal” dijo Cruzado. Que aclaró que la obligación que tienen los bancos de transmitir toda esa información a la Agencia Tributaria “no tiene utilidad por sí sola y aislada, sino que tiene valor dentro del conjunto de datos que posee la Administración, y a través de los cuáles sí que se pueden llegar a determinar actuaciones concretas contra una actividad”.

Cantidades y movimientos por los que el banco informa a Hacienda

La comunicación entre Hacienda y las entidades bancarias es constante, en todo lo relativo a ingresos, retiradas de efectivo y traspasos. Los bancos tiene la obligación de informar a la Administración cuando alguno de sus cliente realice alguna de los cuatro siguientes movimientos.

  • Las transacciones con el banco efectuadas con billetes de 500 euros.
  • Cualquier operación que supere los 10.000 euros.
  • Las transacciones con el banco por importe superior a 3.000 euros si se hacen en metálico.
  • Los préstamos y créditos de más de 6.000 euros.

Desde el momento en el que la entidad bancaria informe a la AEAT de la existencia de cualquiera de estas situaciones, Hacienda tendría un motivo más que suficiente para pedir explicaciones al autónomo, y éste, la obligación de justificar con los debidos documentos el motivo de estas operaciones, transacciones o préstamos. “Todo esto son datos que maneja la Agencia Tributaria y que al cruzarlos pueden levantar alguna sospecha fiscal. Se trata de información muy valiosa y que, en muchos casos, puede determinar el inicio de una investigación por parte de los órganos inspectores, para comprobar si verdaderamente se está cometiendo algún tipo delito” apuntó Cruzado.

La entidad financiera será la encargar de comunicar a Hacienda y al Banco de España el nombre del titular de la cuenta a la que se realizó el abono o de la que se retiró el dinero, y del importe concreto. Según la Ley 10/2010 del 28 de abril, las sanciones por no justificar debidamente dichos movimientos bancarios pueden ser de entre 60.000 y 150.000 euros.

Asimismo, hay que comentar que también hay una serie de límites en cuanto al efectivo que puede llevar una persona en España a la hora de entrar al país, y moverse dentro del mismo. Los límite en cada uno de los casos son: en el primero, para entrar a España no se pueden superar las cantidades iguales o superiores a 10.000 euros. Y en el segundo, para moverse dentro del territorio nacional sólo se pueden trasladar importes iguales o superiores a 100.000 euros.

Las primeras inspecciones vigilando el uso de 1.000 euros en efectivo

Aunque lleva apenas un mes en vigor la normativa que limita el uso del dinero entre autónomos a 1.000 euros, los inspectores ya han realizado visitas para vigilar el cumplimiento de la nueva obligación.

“El año pasado con el estallido de la emergencia sanitaria y con todas las consecuencias que eso ha conllevó para la plantilla de la inspección -que ha estado teletrabajando en su mayoría- se ha producido una intensificación menor sobre este tipo de controles del dinero en efectivo. Si bien, se han cubierto los objetivos” dijo el presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado. Sin embargo, esto no es razón para que no hayan empezado ya a vigilar el cumplimiento de este nuevo plan de control fiscal: “veremos como avanzan las inspecciones. Pero por el momento, no se puede avanzar aún nada” afirmó Cruzado.

El presidente de Gestha espera que los inspectores no se encuentren con muchos problemas y que los negocios cumplan con el límite de 1.000 euros. “Salvo los comerciantes, que denunciaron públicamente su negativa a esta reducción del uso de efectivo, lo cierto es que es raro que se produzcan ya operaciones en efectivo de este calibre. Incluso, de cantidad inferiores a los 1.000 euros, sobre todo a raíz de la pandemia. Que ha dinamizado el uso de la tarjeta:  se hacen ya compras de cantidades muy bajas”.

Por su parte, el abogado laboralista, Alberto Ara, no opina lo mismo. Según explicó varios de sus clientes autónomos se han quejado sobre esta limitación de pagos y sobre el perjuicio que le está suponiendo para su negocio. “Las pequeñas joyerías están muy enfadas. Han perdido muchas ventas de turistas extranjeros, principalmente de viajeros provenientes de Rusia o China, que solían comprar artículos de gran valor y pagar en efectivo" dijo.

Una limitación en los pagos, que como aseguró Ara, también está afectando a otras actividades como los sectores profesionales (médicos, abogados, dentistas, etc) yde las pequeñas reformas (electricistas u obreros) que ya no pueden ser pagados en efectivo.

Los sectores más afectados por estas actuaciones de la inspección

Según Gestha son muchos los negocios, y en especial de autónomos, que pueden verse afectados por este tipo de actuaciones de la inspección de Hacienda en cuanto al control del dinero efectivo. Debido especialmente a que éstas se suelen producir generalmente en aquellos sectores de actividad en los que se trabaja cara al público y que es justamente donde más trabajadores por cuenta propia hay.

En concreto, alguno de los sectores que mencionaron son:

  • El comercio.
  • La restauración.
  • El sector terciario.
  • Las actividades inmobiliarias.
  • Las reformas y arreglos.
  • La construcción.