Disminuyen las exoneraciones

Los autónomos con ERTE de limitación comenzarán a pagar este mes más cotizaciones por sus empleados

Los autónomos que solicitaron un ERTE porque su actividad sufre limitaciones comenzarán a pagar en diciembre más cotizaciones a la Seguridad Social por sus empleados. Las exoneraciones en estos expedientes disminuyen mes a mes.
Los autónomos con ERTE de limitación comenzarán a pagar este mes más cotizaciones por sus empleados

En España hay miles de autónomos al frente bares, restaurantes o cafeterías, y también comercios considerados no esenciales que se encuentran en determinadas comunidades autónomas con restricciones y que, por ello, pueden abrir pero han visto reducido su aforo y horario de apertura. Muchos de ellos han solicitado el llamado ERTE de limitación y este mes ya no tendrán una exoneración del 90%, sino del 85% de las cotizaciones a la Seguridad Social por sus trabajadores. Es decir, tendrán que pagar el 15% de las cuotas sociales de sus empleados en ERTE.

El Gobierno amplió desde octubre y hasta el próximo mes de enero tres modalidades de ERTE con diferentes exoneraciones en las cotizaciones de los empleados a la Seguridad Social. Sin embargo, los beneficios de algunos de estos expedientes van disminuyendo mes a mes.  

Los autónomos con empleados a su cargo pueden acceder desde octubre y hasta finales del mes que viene al ERTE por fuerza mayor -siempre que se encuentren en la lista de epígrafes de las actividades más afectadas- o al ERTE por impedimento, siempre que se hayan visto obligados a cerrar por decreto administrativo. Ambos expedientes mantendrán el mismo porcentaje de exoneración en las cuotas a la Seguridad Social por los empleados hasta el 30 de enero. 

En el caso de que el autónomo con empleados no forme parte de los negocios de la lista publicada por el Gobierno que pueden acceder al ERTE por fuerza mayor y que tampoco se haya visto obligado a cerrar, puede acogerse a una tercera modalidad: el ERTE de limitación.  Éste va dirigido a todas aquellos negocios cuya actividad se vea limitada -pero no impedida- a raíz de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria exclusivamente española.

Reducción de las exoneraciones en el ERTE por limitación

Según explicó el ministro de Inclusión Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, el Gobierno apuesta en esta modalidad por establecer “coeficientes decrecientes, pero altos” en cada mes, para animar a los negocios a abandonar los ERTE. 

Por tanto, a este expediente puede acogerse cualquier negocio, independientemente de cuál sea su sector o actividad, si ve restringida su actividad por restricciones sanitarias exclusivamente de autoridades españolas

En esta modalidad las exoneraciones irán reduciéndose a medida que pasen los meses.  

Menos de 50 trabajadores

  • En octubre: exoneración de cuotas del 100%
  • En noviembre: exoneración de cuotas del 90%
  • En diciembre: exoneración de cuotas del 85%
  • En enero: exoneración de cuotas del 80%

Más de 50 trabajadores o 50

  • En octubre: exoneración de cuotas del 90%
  • En noviembre: exoneración de cuotas del 80%
  • En diciembre: exoneración de cuotas del 75%
  • En enero: exoneración de cuotas del 70%

Los demás ERTEs se mantienen con las mismas exoneraciones 

Por otro lado, los autónomos con empleados a su cargo que vean impedida su actividad por algún tipo de restricción sanitaria pueden también acceder al ERTE de impedimento.

Bajo está modalidad, pueden afectar a sus trabajadores todos los autónomos o dueños de negocio empleadores de cualquier sector o actividad, que vean impedido el desarrollo de su negocio por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria, ya sea por parte de las autoridades españolas o extranjeras adoptadas a partir del 1 de octubre.

Las exoneraciones en el caso de los autónomos que tengan menos de 50 trabajadores serán del 100% de las aportaciones que hagan a la Seguridad Social por sus trabajadores. Es decir, no tendrán que pagar cotizaciones por sus empleados. En el caso de que tengan 50 trabajadores o más, serán del 90% de la aportación de los trabajadores.

Además, algunas actividades también tienen a su disposición el ERTE por fuerza mayor, que es la única modalidad de expediente de empleo -de las que se pusieron en marcha al inicio de la pandemia- que seguirá vigente hasta el próximo mes de enero de 2021. Se trata de una medida dirigida a los negocios y trabajadores afectados especialmente por la pandemia y que se encuentren el listado publicado por el Gobierno.

Las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE por fuerza mayor son del 85% de las cotizaciones de sus empleados para los negocios con menos de 50 trabajados y del 75% para los negocios con 50 trabajadores o más.