Abonarán 17 días a los que ya cobraron y 47 a los que no

Los autónomos recibirán el segundo pago por el Cese de Actividad el 30 de abril

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya ha dado a conocer cuál será la fecha del segundo pago de la prestación por Cese de Actividad Extraordinario. Se hará a partir del 30 de abril. Los que ya cobraron el primer pago recibirán esta vez el importe correspondiente a 17 días. Los que no, cobrarán de golpe 47 días de prestación. 
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Los autónomos recibirán el segundo pago por el Cese de Actividad el 30 de abril

Cerca de un millón de autónomos cobraron el primer pago de la prestación por Cese de Actividad extraordinario el pasado viernes 17 de abril, según avanzó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Hace ya una semana que la tesorería ordenó a las mutuas que abonaran la prestación a los solicitantes cuyo acceso al Cese había sido aprobado, es decir, al 97%.

Las 19 mutuas colaboradoras con la Seguridad Social procedieron ese día al pago de la prestación de, al menos, 923.812 autónomos que la tenían reconocida y que recibieron en sus cuentas en los días siguientes el importe correspondiente al 70% de su base reguladora. Importe que ascendería a , por lo menos, 661 euros (en el caso de cotizar por la base mínima).  

De todos los autónomos que solicitaron acceder a esta prestación, desde AMAT (Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo) aseguraron que se les había reconocido al 97%. Esto significa que tan sólo un 3% de los que pidieron acceder al cese se quedaron sin cobrar por diversas circunstancias -como no estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Seguridad Social. Pero tampoco hay que olvidar que hay muchos que, a pesar de tener derecho, no accedieron a la prestación por diversas circunstancias, entre otras como no poder acreditar as pérdidas exigidas.

Sea como sea, tanto los que ya cobraron la prestación el pasado día 17 de abril, como los que no recibieron el pago pero ya la han solicitado o la van a solicitar, cobrarán el día 30 de este mes el segundo pago de la prestación por Cese de Actividad extraordinario. Ya se ha confirmado cómo se hará este pago y cuál será su importe

El día 30 se hará el segundo pago de la prestación 

Según informaron desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se va a efectuar un nuevo pago de la prestación extraordinaria por cese de actividad el próximo día 30 de abril. Los que percibieron el primer pago el pasado 17 de abril recibirán otro por la segunda mitad del mes que no habían cobrado. Pero también cobrarán aquellos cuya solicitud todavía no se había resuelto cuando se procedió al primer pago.

Así lo ha determinado la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social: quienes recibieron el primer abono el pasado día 17 (más de 919.000) percibirán la parte proporcional del mes de abril (17 días) y quienes tuvieron el reconocimiento posteriormente o lo tengan en los próximos días, recibirán el equivalente a 47 días.

Dicho de otro modo, los autónomos que ya cobraron el pasado viernes recibirán el jueves 30 de abril un nuevo pago por su prestación de, como mínimo, unos 370 euros (correspondiente a 17 días por la base mínima). Los que quedaron fuera del primer pago y todavía no han recibido nada, cobrarán a partir de ese mismo día un mínimo de alrededor de 1.035 euros (importe correspondiente a 47 días de base mínima). 

Más de un millón de autónomos accederán esta vez al segundo pago. Según el Ministerio, hasta el día 21 de abril se habían resuelto favorablemente 1.039.598 prestaciones y se habían denegado 38.605, incluidas 3.685 desistidas, por lo que la tasa de aceptación supera el 90%.

Cobro para los que tenían que acreditar pérdidas

No hay que olvidar que hubo otros muchos autónomos que no pudieron acceder al primer pago de la prestación, a algunos porque se les denegó el acceso -los menos-, y a otros porque no la pudieron solicitar ya que no cumplían los requisitos.

El motivo es que esta prestación es accesible para dos tipos de perfil: aquellos que hayan tenido que suspender su actividad por el Estado de alarma o, en su defecto, aquellos que hayan sufrido pérdidas iguales o mayores al 75%. Está claro que todos los del primer grupo -hostelería o comercio, entre otras actividades- solicitaron directamente la prestación, porque no tenían nada que acreditar: su negocio había quedado suspendido mediante Real Decreto y es la propia norma la que justifica su derecho a la prestación. 

El problema lo tiene el segundo grupo, aquellos autónomos de decenas de sectores que no han sido suspendidos y que tienen la obligación de acreditar un 75% de pérdidas. Todos estos deben justificar unas pérdidas que el pasado viernes podían no haberse producido todavía y esto les obligaría a tener que esperar un mínimo de un mes desde que se decretó el Estado de Alarma para poder reflejar la caída de ingresos cuando su mutua se lo solicite. 

A fecha de 22 de abril, la Seguridad Social había recibido más de 1,1 millones de solicitudes, lo que supone que el porcentaje de autónomos que han solicitado la prestación se sitúa en el 35,5% de los cotizantes, pero se espera que sean incluso más de un millón y medio los trabajadores por cuenta propia que la acaben solicitando.

Por otro lado, y tras haberse resuelto en los últimos días varias de las dudas que quedaban pendientes acerca de cuándo y cómo sería el cobro de la prestación, todavía queda por conocer detalles sobre la segunda parte del Cese de Actividad, es decir, la exoneración de la cuota que acompaña a la prestación. El mes de marzo todos los autónomos -incluidos los que ya habían solicitado el Cese o iban a solicitarlo- tuvieron que pagar su cuota de autónomos.

El Ministerio aseguró que se les devolvería a todos aquellos que, con el tiempo, fueran accediendo al Cese de Actividad y por tanto, estuvieran exentos del pago de sus cotizaciones. Lo que todavía no está claro es cuándo. ¿Cuándo cobrarán la cuota de la que están exentos estos más de un millón de autónomos a los que se les va a reconocer la prestación?

Fechas de devolución de las cuotas

Tal y como informó la Tesorería General de la Seguridad Social, las cuotas correspondientes a los días comprendidos entre el 14 y el 31 de marzo, de los trabajadores autónomos que sean beneficiarios de la prestación por cese en la actividad, serán devueltas de oficio en la segunda quincena del mes de mayo.

Es decir,  se devolverán automáticamente las cuotas que hayan ingresado los autónomos cuando se superpongan con la prestación extraordinaria por cese de actividad, sin que tengan que solicitarlo.  “Estamos agilizando los trámites todo lo posible pero la aplicación informática es la misma para las devoluciones y para los aplazamientos", explicaron desde la Administración.

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) estima que son unos 900.000 autónomos a los que se les cobró la cuota de marzo sin tener actividad ni ingresos. “Con lo fácil que hubiera sido ayudar a los autónomos y no haberla cobrado el 31 de marzo y hacerlo el 15 de mayo a quien no fuera beneficiario de la prestación. Al final  se ha hecho todo al revés”, explicó el presidente de ATA, Lorenzo Amor. Éste indicó que "es por cosas como estas por las que en marzo pedíamos la suspensión de la cuota". Los autónomos no están "para prestar al Estado y que se les devuelva su dinero dos meses más tarde". 

Por ello, la asociación pide que no se  “cometa el mismo error en abril: primero cobrar y luego esperar a que se devuelva”. Sin embargo, no se puede descartar que algunos se encuentren en la misma situación. En caso de que esto fuera así, y se les girara el cobro de la cuota a ciertos autónomos que ya están acogidos, o van a acogerse al Cese, desde el Ministerio aseguraron que se les devolvería también el pago de sus cotizaciones de abril pero, esta vez, en el mes de junio.